REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN
elizlongart3 de Octubre de 2013
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REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO ESTUDIANTIL DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR ADCRSTA A LA MISIÓN SUCRE JUNIO – 2006
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, puesta en vigencia el 15 de diciembre de 1999, sintetiza en forma concisa las nuevas perspectivas de desarrollo social, político, económico, cultural y jurídico, que han de conducir el destino de la nación. En este sentido, la Constitución Bolivariana como norma fundamental y estructural del estado venezolano, traza los linimientos básicos del actuar d la sociedad organizada jurídicamente, en función de los fines que éste persigue y donde la educación y el trabajo juegan un papel fundamental.
Al respecto, las instituciones de Ecuación Superior adscritas a la Misión sucre se conciben con un modelo educativo coherente con los principios y fines que persigue el Estado, el cual requiere de la formación de un nuevo profesional al servicio del desarrollo integral de su entorno.
Esta visión de Educación Superior según los criterios establecidos, quedan plasmados, cuando se alude a la responsabilidad y solidaridad con lo público y colectivo, la democracia participativa y administrativa, la responsabilidad compartida entre distintos actores que integran la comunidad académicas, y la adopción de metodologías que propicien la interrelación entre las distintas áreas del saber y la vinculación del hombre al mundo que le rodea con sus diversas manifestaciones ya sean de carácter cultural, social, política o económica.
En efecto el currículo requerido para materializar la formación profesional en distintos campos del saber debe incorporar contenidos básicos para la promoción de los valores y actitudes consustanciados con el proyecto social que impone el proceso histórico que se adelanta en el país. Esta premisa conduce a la implementación de estrategas de enseñanza y evaluación con carácter de flexibilidad, concebida para propiciar aprendizaje significativo.
La evaluación del rendimiento académico estudiantil en este contexto educativo, se entiende en términos generales como el proceso de valorar, el aprendizaje alcanzado por el estudiantado, según los criterios establecidos en los Programas de Formación , los cuales incluyen aspectos conceptuales, procedimentales, valorativos y actitudinales. La valoración a que se hace referencia, proporciona información respecto a la calidad del aprendizaje alcanzado y la calidad de la docencia impartida.
En este sentido, tomando en consideración que la evaluación conduce a la toma de desiciones tanto para el mejoramiento como para la certificación del aprendizaje, resulta de vital importancia particularmente en el ámbito institucional correspondiente a la educación formal, establecer un cuerpo de normas que garantice la validez y equidad de la práctica evaluativa.
De conformidad con lo expuesto, el Ministro de Educación Superior, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 109 de la constitución de la república Bolivariana de Venezuela.
Resuelve
Dictar el siguiente:
REGLAMENTO GENERAL DE EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO ESTUDIANTIL DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR ADSCRITAS A LA MISION SUCRE.
TITULO I
DISPOCISIONES GENERALES
OBJETO
Artículo 1.- El presente Reglamento General de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil de las Instituciones de Educación Superior adscritas a la Misión Sucre, tiene por objeto establecer las bases que regulan el proceso de evaluación del aprendizaje, concebido como la valoración integral del estudiante, según las competencias, objetivos y actitudes, desarrolladas por estos, durante el proceso de enseñanza-aprendizaje implementado por los Programas de Formación de Grado.
CONCEPCIÓN
Artículo 2.- La evaluación se concibe como la valoración integral del estudiante de acuerdo a las competencias, objetivos, valores y actitudes contemplados en los Programas de Formación de Grado, las cuales han de cumplirse a través de los procesos de enseñanza aprendizaje.
CRITERIOS
Artículo 3.- Los criterios para efectuar la evaluación del aprendizaje, son las competencias, objetivos, valores y actitudes, consustanciados con los perfiles profesionales de los distintos Programas de Formación de Grado.
FINALIDAD
Artículo 4.- La evaluación del aprendizaje, tiene como finalidad el mejoramiento continuo e integral del proceso formativo del estudiante a través de la valoración de las competencias, objetivos, valores y actitudes alcanzadas en el transcurso de un periodo académico determinado.
CARACTERÍSTICAS
Artículo 5.- La evaluación del aprendizaje se caracteriza por ser un proceso de valoración, continuo, integral, participativo, flexible y válido, del desempeño evidenciado por el estudiante en las distintas actividades de evaluación.
CAPITULO I
PRINCIPIOS QUE RIGEN LA EVALUACIÓN
PROPÓSITO
Artículo 6.- La evaluación del aprendizaje se efectúa con tres propósitos:
1. Exploratorio o diagnóstico: Se realiza al inicio del período académico y cuando el docente lo estima conveniente para identificar los conocimientos previos en términos de competencia, objetivos, valores y actitudes, a objeto de diseñar y adecuar lo planificado en la unidad curricular a las características, condiciones y necesidades del estudiante.
2. Formativo: Entendido como el reconocimiento las aproximaciones y avance del proceso de formación en concordancia con las competencias, objetivos, valores y actitudes. Este proceso de evaluación formativa procura fomentar el mejoramiento continuo del estudiante.
Debe considerar:
a) Opciones didácticas y posibilidades de elección a los estudiantes para establecer equidad en los colectivos de aulas.
b) Los logros individuales y colectivos de los estudiantes que permitan evidenciar la consecución de las competencias, objetivos, valores y actitudes establecidos en las unidades curriculares de los programas de formación de grado.
c) La participación de los estudiantes en las revisiones de resultados.
d) Las asistencias a tutorías.
e) La información oportuna a todos los estudiantes de los logros alcanzados, aprendizaje que ameritan consolidar, así como las posibles causas de errores.
f) Llevar registro de control que reflejen que tal proceso sea cumplido.
3. Sumativo o de Balance, al término de un periodo determinado de actividades de enseñanza aprendizaje para ponderar los logros alcanzados, según las competencias, objetivos, valores y actitudes establecidos en las unidades curriculares de los programas de formación de grado. Tienen un doble carácter: cuantitativo porque se destaca la medida de la adquisición del conocimiento y cualitativo, porque subraya la valoración de las medidas en relación a la situación personal y académica de cada estudiante. Esta evaluación se cumple considerando los siguientes aspectos:
a) Se hace un juicio sobre los resultados de una etapa, un proyecto, un proceso.
b) Verifica si los alumnos dominan las competencias.
c) Proporcionan bases para asignar una calificación
d) Incide en la aprobación de las unidades curriculares y el componente Proyecto.
Artículo 7.- La comisión académica determinará según la naturaleza de los objetivos y/o competencia inherente a las unidades curriculares y condiciones contextuales, las evaluaciones formativas a incluir en los planes de evaluación.
PLAN DE EVALUACIÓN
Artículo 8.- En el transcurso de las primeras semanas de actividades los docentes deberán presentar, discutir y aprobar con los estudiantes el plan de evaluación sugerido para valorar el aprendizaje correspondiente a periodo académico en curso. Definido el mismo, deberá ser consignado ante la coordinación respectiva dentro de las primeras quince días de iniciado el periodo académico. En caso de reestructuración del plan de evaluación y en consenso con el estudiantado deberán consignarse de inmediato ante la coordinación respectiva.
APECTOS DEL PLAN DE EVALUACIÓN
Artículo 9.- El plan de evaluación correspondiente a cada unidad curricular y a proyecto, deben contemplar los siguientes aspectos:
1. Los datos generales del programa (estado, municipio, aldea, institución, unidad curricular).
2. Competencias, objetivos, valores y actitudes a evaluarse durante el lapso a que corresponda el plan.
3. Áreas temáticas o contenidos.
4. Actividades de evaluación contempladas para valorar las competencias, objetivos, valores o actitudes.
5. Actividades de evaluación relacionada a proyecto.
6. Propósito evaluativo para cada actividad establecida.
7. Ponderación porcentual, en el caso de las actividades de evaluación de carácter sumativo.
8. Cronograma de las actividades de evaluación
9. Participantes en el proceso evaluativo.
PONDERACIÓN DE LA EVALUACIÓN SUMATIVA
Artículo 10.- La ponderación de cada actividad de evaluación de carácter sumativo no será superior al 25%.
MODALIDAD DE EVALUACIÓN
Artículo 11.- La evaluación del aprendizaje se realiza considerando las siguientes modalidades:
1. Autoevaluación,
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