REGLAMENTO INTERNO. AMBITO TERRITORIAL
CPINCHEIRA1Informe28 de Julio de 2017
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INDICE
NORMAS DE ORDEN
- PREAMBULO 3
- AMBITO TERRITORIAL 4
- VINCULACION A LA TOTALIDAD 4
- NORMA DE ORDEN, DISPOSICIONES GENERALES 4 – 5
- DEL INGRESO 6
- DEL CONTRATO DE TRABAJO 6
- LA JORNADA DE TRABAJO 7
- HORAS EXTRAORDINARIAS 8
- DE LAS REMUNERACIONES 8
- DE LAS OBLIGACIONES 9
- DE LAS PROHIBICIONES 10
- DEL FERIADO ANUAL 10
- DE LOS PERMISOS 11
- PERMISO POSNATAL PARENTAL 12 – 13
- LAS LICENCIAS 14
- DELEGADO DEL PERSONAL 14
- INFORMACION, PETICIONES, RECLAMOS 14
- TERMINO DEL CONTRATO DE TRABAJO 15 – 16
- PROCEDIMIENTO DE RECLAMOS POR TÉRMINO DEL CONTRATO 17
- REGULA EL PESO MAXIMO DE CARGA HUMANA 17
- LEY N° 20.660 EN MATERIAS DE AMBIENTES LIBRES DE HUMO DE TABACO 18
- DE LA PROTECCION DE LOS TRABAJADORES DE LA RADIACION 19 – 20
- LEY N° 2005 TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL 21
- LEY N° 20.358 RESGUARDA EL DERECHO A LA IGUALDAD EN LAS REMUNERACIONES 22
- IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD 22
- LEY N° 2951 LEY DE SILLAS 22
- LEY N° 19404 DESEMPEÑO DE TRABAJOS PESADOS 23
- LEY N° 20609 LEY ZAMUDIO 24 – 25 – 26- 27
- LEY N° 20684 ESTABLECE PLAZO PARA OTORGAMIENTO DEL FINIQUITO 28
- LEY N° 20.769 OTORGA PERMISO A TRABAJADORAS Y TRABAJADORES PARA 28 – 29
EFECTUARSE EXAMENES DE MAMOGRAFIA Y DE PROSTATA
- LEY N° 20764 ESTABLECE UN PERMISO POR MATRIMONIO DEL TRABAJADOR 29 – 30
- LEY N° 20.761 EXTIENDE A LOS PADRES TRABAJADORES EL DERECHO DE 30 – 31
ALIMENTAR A SUS HIJOS.
INDICE
NORMAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
- DISPOSICIONES GENERALES 32
- DEL CONTROL DE SALUD 32
- DE LAS OBLIGACIONES 32 – 33 – 34
- DE LAS PROHIBICIONES 35
- DEL MANEJO DE INCENDIOS Y USO DE EXTINTORES 36 - 37
- PROCEDIMIENTOS, RECURSOS Y RECLAMACIONES 38 – 39- 40
- ORGANIZACIÓN DE LA PREVENCION DE RIESGOS 41
- CIRCULAR 2.345 ACCIDENTE GRAVE Y FATAL 41 – 42
- LAS SANCIONES 42
- RIESGOS TIPICOS Y MEDIDAS PREVENTIVAS DERECHO A SABER 43–44–45–46–47
- VIGENCIA DEL REGLAMENTO INTERNO DE ORDEN, HIGIENE Y SEGURIDAD 48
- REGISTRO DE ENTREGA DE REGLAMENTO 49
PREAMBULO:
Se pone en conocimiento de todos los trabajadores de la empresa, xxxxxxxxxxxxxxxxx., que el presente Reglamento de Orden Higiene y Seguridad en el Trabajo se dicta en cumplimiento de lo establecido en el Título III del Código del Trabajo (DFL Nº 1) y en el Artículo 67º de la Ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales y el Reglamento sobre Prevención de Riesgos (Decreto N° 40 del MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, de fecha 11/02/69). El Artículo N° 67 ya mencionado, establece que: “Las empresas o entidades estarán obligadas a mantener al día los reglamentos Internos de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y los trabajadores a cumplir con las exigencias que dichos reglamentos les impongan. Los reglamentos deberán consultar aplicación de multas a los trabajadores que no utilicen los elementos de protección personal que se les haya proporcionado o que no cumplan las obligaciones que les impongan las normas, reglamentaciones o instrucciones sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo.”
La aplicación y reclamo de tales multas se regirán por lo dispuesto en el Artículo 157 del Código del Trabajo; el destino de las mismas se regirá por el Artículo 20 del citado D.S. 40.
Las disposiciones que contiene el presente reglamento han sido establecidas con el fin de prevenir los riesgos de Accidente del Trabajo o Enfermedades Profesionales que pudieran afectar a los trabajadores de la empresa y contribuir así a mejorar y aumentar la seguridad de la empresa.
Los Objetivos del presente Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad son los Siguientes:
- Dar a conocer a todos los trabajadores, todo lo concerniente a lo que el Contrato de Trabajo significa para ambas partes, en cuanto a obligaciones, prohibiciones y sanciones, en las que pueda incurrir, al no mantener una debida observancia del conjunto de normas estipuladas que lo regulan.
- Evitar que los trabajadores cometan actos o prácticas inseguras en el desempeño de sus funciones.
- Determinar y conocer los procedimientos que se deben seguir cuando se produzcan accidentes y sean detectadas acciones y/o condiciones que constituyan un riesgo para los trabajadores o daño a las máquinas, equipos, instalaciones, etc.
La empresa garantizará a cada uno de sus trabajadores un ambiente laboral digno, para ello tomará todas las medidas necesarias en conjunto con el Comité Paritario (en caso que el comité se encuentre constituido) de manera que todos los trabajadores laboren en condiciones acordes con su dignidad.
La empresa promoverá al interior de la organización el mutuo respeto entre los trabajadores y ofrecerá un sistema de solución de conflictos cuando la situación así lo amerite, sin costo para ellos.
El ámbito de aplicación del presente reglamento es toda la empresa a través de sus diversos estamentos, gerentes, jefes y trabajadores deben unir sus esfuerzos y aportar toda colaboración posible con el fin de lograr los objetivos propuestos que no son otros que alcanzar niveles competitivos de producción y comercialización de lo que produce, basándose en un control estricto de las normas que regulan las condiciones laborales y de seguridad en el trabajo evitando de este modo los problemas de trabajo por una parte y por otra, las causas que provocan accidentes y enfermedades Profesionales que van en perjuicio directo de las partes involucradas.
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