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REGLAMENTO INTERNO LEY 20 922


Enviado por   •  18 de Abril de 2022  •  Ensayos  •  13.131 Palabras (53 Páginas)  •  47 Visitas

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I.    MUNICIPALIDAD

TORRES DEL PAYNE

                                                VILLA CERRO CASTILLO, __ de junio de 2018.

DECRETO ALCALDICIO Nº ________/  (Sección "A")

VISTOS

  1. Ley Nro. 20.922 publicada el 25.05.2016 el cual dispone modificaciones relativas a funcionarios municipales y otorga nuevas competencias a la Subdere.

  1. Decreto Alcaldicio N° ___ que aprueba Reglamento de Organización Interna de la I. Municipalidad Torres del Payne.
  1. Decreto Alcaldicio N° ___ que crea nuevos cargos y grados municipales, y fija la nueva planta municipal de Torres del Payne.
  1. Acuerdo N° ___ del Concejo Municipal adoptado en la Sesión Ordinaria N° ___ del __.___.2018, mediante el cual se aprueba el Reglamento Interno de la Municipalidad.
  1.         Las atribuciones que me confiere la ley 18.695 "Orgánica Constitucional de Municipalidades".

CONSIDERANDO

        La necesidad de reglamentar las labores y funciones específicas en cada una de las unidades de I. Municipalidad Torres del Payne.

DECRETO

1.        APRUÉBASE, el siguiente Reglamento de Estructura y Organización Interna de la Ilustre Municipalidad Torres del Payne:

REGLAMENTO DE ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN INTERNA

De conformidad a lo establecido por el Art. 31 de la ley N° 18.695, en relación al Art. 65, letra k), de la citada Ley, el presente reglamento, tendrá como objetivo, fijar las directrices a seguir por parte del Municipio, en relación a un nuevo orden funcional, el cual reacomoda funciones, crea nuevos cargos, en los cuales, este municipio deberá fijar su horizonte. Sobre la base de esto y teniendo en cuenta la necesidad de una reestructuración básica y funcional del ente Municipal, se darán nuevos bríos a departamentos y funcionarios que se regirán bajo este ordenamiento.

El presente reglamento municipal, fijará la organización interna de la Municipalidad Torres de Payne, como así mismo, regulará las funciones específicas que se asignen a las direcciones, departamentos, unidades y oficinas que se establezcan y sus subdivisiones. Es en este marco, en que nacen las oficinas municipales y sus funciones establecidas por ley, más las asignadas por el presente reglamento.

Se incorpora en este reglamento los nuevos cargos y grados y la nueva planta municipal fijados mediante decreto alcaldicio N° de fecha _____

Se establece la siguiente estructura interna de la Municipalidad, a través de Direcciones, Departamentos, Oficinas, Sección y Unidades:

DIRECCIONES

  • Administración Municipal
  • Secretaría Municipal
  • Control Interno
  • Administración y Finanzas

DEPARTAMENTOS

  • Obras Municipales
  • Desarrollo Comunitario
  • Secretaría Comunal de Planificación
  • Departamento de Educación y Salud

OFICINAS

  • Gabinete Alcaldía
  • Relaciones Públicas y Comunicaciones
  • Rentas, Patentes y Permisos de Circulación
  • Tesorería Municipal
  • Oficina de Partes y Archivo - OIRS

SECCIONES

  • Cultura y Deportes
  • Medio Ambiente y Fomento Productivo
  • Seguridad Pública
  • Biblioteca Pública
  • Informática y Transparencia
  • Turismo y Museo Municipal
  • Recursos Humanos
  • Contabilidad y Presupuesto
  • Inspección y fiscalización
  • Adquisiciones e inventario
  • Asesoría Jurídica
  • Servicios Generales y Externos

Las direcciones, departamentos, oficinas y secciones municipales dependerán directamente del alcalde.

1.- ADMINISTRACION MUNICIPAL

ARTICULO 1°: La Unidad de ADMINISTRACION MUNICIPAL estará a cargo de un (a) Administrador (a) Municipal que tendrá el grado más alto de la Planta “Directivos” del municipio.

FUNCIONES ESTABLECIDAS POR LEY (Art. 30 Ley 18.695)

  1. Será el colaborador directo del Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio;
  2. Será el colaborador del alcalde en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal
  3. Ejercerá las atribuciones que señale el reglamento municipal y las que le delegue el Alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo.

FUNCIONES ESPECIFICAS

  • Firmar resoluciones o decretos alcaldicios que le hayan sido delegadas por el la firma del Alcalde bajo la fórmula de “Por orden de”.
  • Será el responsable de mantener el orden y aseo interior y exterior del edificio municipal, de salud y educación, disponiendo para ello, del espacio horario que va desde las 08:00 Hrs. a las 09:30 Hrs. del personal auxiliar y auxiliar chofer del municipio o de los servicios externos de aseo para estos efectos.
  • Estará a cargo de los contratistas externos, debiendo hacer cumplir las tareas encomendadas en cada uno de los contratos firmados con el prestador de servicios externos, tales como;

  1. Supervisar la mantención y operación de la calefacción a través de calentadores y calderas municipales, salud y educación
  2. Supervisar la mantención de áreas verdes y extracción de residuos sólidos
  3. Supervisar la mantención y operación de la planta de tratamiento de aguas servidas.
  4. Supervisar la mantención y operación del sistema de regadío y agua potable.
  • Deberá extender un certificado de cumplimiento de las tareas realizadas por los servicios externos para el cobro de los mismos.
  • Deberá establecer las multas que considere según las labores no realizadas según contrato de servicios con los contratistas externos.
  • Coordinar la logística para las actividades municipales. Esto incluye el movimiento de cada uno de los vehículos.
  • Cumplir las demás funciones que la Ley o el Alcalde le señale.

2.- SECRETARIA MUNICIPAL

ARTICULO 2°: La SECRETARIA MUNICIPAL estará a cargo de un Secretario (a) Municipal, el que tendrá las sgtes. funciones establecidas por ley y funciones específicas:

FUNCIONES ESTABLECIDAS POR LEY:(Letras a, b, c y d, Art. 20 Ley N° 18.695)

  • Dirigir las actividades de secretaria administrativa del Alcalde y Concejo Municipal.
  • Desempeñarse como ministro de fe en todas las actuaciones Municipales.
  • Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecidas por la Ley N°18.575.-
  • Cumplir las demás funciones que la Ley o el Alcalde le señale
  • Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 6° de la Ley 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.

FUNCIONES ESPECIFICAS

  • Transcribir las resoluciones del Alcalde y acuerdos del concejo
  • Redactar las Actas y Oficios del concejo municipal y del alcalde cuando se le requiera.
  • Redactar decretos y circulares que se le encomiende
  • Confeccionar todos los Decretos Alcaldicios de nombramiento y los contratos de trabajo de la municipalidad y de los Honorarios según Subtítulo 21, y sus respectivos anexos.
  • Certificar los acuerdos del Concejo municipal y la asistencia de los concejales.
  • Confeccionar Certificados de Trabajo y de antigüedad laboral
  • Autentificar las copias del original de los documentos municipales que tenga a la vista, bajo la fórmula “Copia Fiel del Original que he tenido a las vista”.
  • Supervisar y dar su aprobación a las respuestas que por Transparencia Pasiva lleguen a la municipalidad.
  • Según Código del Trabajo, actuar como Ministro de Fe en Finiquitos y renuncias voluntarias de trabajadores de la comuna.
  • Cumplir con las funciones establecidas en la Ley 19.418 en su calidad de secretario municipal.
  • Tramitar ante el Registro civil e identificaciones la constitución de organizaciones comunitarias y sus modificaciones.
  • Realizar los procedimientos de registro de Derechos de Marcas de Ganado Ovino, Bovino y equino de la comuna.
  • Encargarse de los procedimientos de sufragio, de cualquier naturaleza, que requiera de la votación de los funcionarios.
  • Responsable de las ceremonias y actos oficiales de carácter protocolar.
  • Registrar los viajes y audiencias como sujeto pasivo, según la Ley del Lobby.
  • Participar como Secretario Ejecutivo del Consejo Intercomunal de Seguridad Pública Natales – Torres del Payne.
  • Actuar como Ministro de Fe en el Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil – COSOC, manteniendo en archivo las actas del Consejo, el original de la ordenanza de participación ciudadana y del reglamento del Consejo (art. 94, Inciso 7mo., de la Ley 18.695).
  • Participar como ministro de fe en las recepciones de obras, por los cuales sea requerida su presencia.
  • Participar como Ministro de Fe en las aperturas de licitaciones públicas.
  • Actuar como contraparte del Sistema de Administración de personal – SIAPER de la Contraloría General de la República.
  • Encargado de relacionarse con la Unidad de Análisis Financiero – UAF, en virtud de la Ley N° 19.913 y N° 20.818.
  • Actuar como Martillero en las subastas municipales
  • Coordinar la instalación del Concejo Municipal cada cuatro años, debiendo dar lectura al fallo del Tribunal Electoral Regional y toma de juramento a cada concejal (a).
  • Colaborar con la Dirección de Control en su labor fiscalizadora
  • Demás labores que le encomiendo el alcalde

De  la Secretaría Municipal dependerá las sgtes. Oficinas:

  • OFICINA DE PARTES Y ARCHIVOS
  • OFICINA DE INFORMACIÓN, RECLAMOS Y SUGERENCIAS - OIRS

ARTICULO 3°:        OFICINA DE PARTES, ARCHIVO - OIRS

FUNCION GENERAL

Mantener el flujo constante, control, archivo y conservación de toda la documentación que ingresa y egresa de la municipalidad, proporcionando en forma rápida y expedita la información que se requiera para el accionar municipal.

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