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Reglaentos Escolares

Salandr14 de Enero de 2015

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ÍNDICE

TÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I.- GENERALIDADES

TÍTULO SEGUNDO.- DE LOS ASPIRANTES

CAPÍTULO I.- GENERALIDADES

CAPÍTULO II.- TEST DE PROYECCIÓN DE LA FUNDACIÓN

TÍTULO TERCERO.- INSCRIPCIÓN.

CAPÍTULO I.- REQUISITOS, CRITERIOS Y LINEAMIENTOS

TÍTULO CUARTO.- DE LOS ALUMNOS

CAPÍTULO I.- CONDICIÓN DE ALUMNO

CAPÍTULO II.- DERECHOS DE LOS ALUMNOS

CAPÍTULO III.- SOLICITUD DE DOCUMENTOS

CAPÍTULO IV.- TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

CAPÍTULO V.- BAJAS

CAPÍTULO VI.- REINSCRIPCIÓN

CAPÍTULO VII.- JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS.

CAPÍTULO VIII.- DEL REINGRESO

CAPITULO IX.- OBLIGACIONES

CAPÍTULO X.- PAGOS

CAPÍTULO XI.- DE LA EVALUACIÓN

CAPITULO XII.- SERVICIO SOCIAL

CAPITULO XIII.- ACTOS ACADÉMICOS

CAPITULO XIV.- TITULACIÓN

TITILO QUINTO.- DE LOS EXALUMNOS

CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES

TITULO SEXTO.- PROHIBICIONES, RESPONSABILIDADES Y SANCIONES

CAPÍTULO I.- PROHIBICIONES

CAPÍTULO II.- SANCIONES

CAPÍTULO III.- PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES Y APLICACIÓN DE SANCIONES

ARTÍCULOS TRANSITORIOS

TÍTULO PRIMERO.- DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I.- GENERALIDADES

Artículo 1.- El presente reglamento es obligatorio y de observancia general para todos los alumnos de bachillerato y licenciatura del Centro Universitario UTEG y es obligación de los docentes, personal administrativo y directores académicos y/o administrativos aplicarlo y velar por su debido cumplimiento.

Artículo 2.- Esta norma tiene por objeto regular las relaciones entre el Centro Universitario UTEG y los alumnos, así como establecer los lineamientos a seguir desde que son aspirantes, su proceso de inscripción, ingreso y estancia del alumno dentro de ésta institución educativa, para que la labor de enseñanza-aprendizaje se lleve cabo en un ambiente de armonía y respeto mutuo entre el alumno, el docente, el personal académico y administrativo del Centro Universitario UTEG.

Artículo 3.- Las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento tienen su fundamento en el artículo 3º de la constitución política de los estados unidos mexicanos, así como en la normatividad de la Secretaría de Educación Pública, Secretaria de Educación Jalisco, reglamentos, decretos y demás disposiciones jurídicas aplicables, además de fundamentarse en la ley orgánica de la Universidad de Guadalajara, reglamento de validez oficial para escuelas incorporadas, reglamento general de evaluación y promoción de alumnos de la Universidad de Guadalajara, en el estatuto orgánico del Centro Universitario UTEG y demás reglamentos de esta institución educativa.

Artículo 4.- El Centro Universitario UTEG, es una institución educativa cuya función es la promoción, difusión e impartición de la enseñanza especial de capacitación para el trabajo, educación básica, media superior y superior; así como la promoción y difusión de toda clase de eventos culturales, educativos y deportivos, e imparte los servicios de preescolar, primaria, secundaria, bachillerato, licenciatura y posgrados. Los planteles en los que se ofrecen los servicios antes señalados, pueden ser consultados por el alumno en la página WEB oficial del Centro Universitario, en la liga: www.uteg.edu.mx

Artículo 5.- La estructura orgánica del Centro Universitario UTEG, es jerárquicamente la siguiente:

I. Consejo Directivo

Consejo legal

I.1. Rector,

Secretaria General

REVOES

I.1. a. Dirección de medición, análisis y mejora

A. Calidad

I.1.b. Dirección de planeación estratégica

A. Comunicación Social

B. Mercadotecnia

C. Planeación y desarrollo

D. Tecnología de la Información

E. Gestión Empresarial

I.1.c. Dirección del servicio educativo.

A. Biblioteca

B. Idiomas

C. Extensión universitaria

D. Egresados

E. Fundación UTEG

F. Control Escolar

I.1.d. Dirección de administración de los recursos

A. Análisis Financieros

B. Compras

C. Contabilidad

D. Ingresos

E. Tesorería

F. Activos

G. Costos

l.1.e Administración de Unidades e Infraestructura

A. El castillo

B. Alcalde, Cruz del Sur, Revolución, Zapopan

C. Campus, Olímpica, Pedro Moreno

D. Construcción y Mantenimiento

l.1.f Administración de Recursos Humanos

A. Recursos Humanos

Artículo 6.- Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:

I. Actos de deshonestidad académica: Cualquier tipo de engaño que produzca o en el que se vea involucrado el alumno, en relación con su desempeño académico entre los cuales se señalan de manera enunciativa más no limitativa los siguientes:

a. Hacer mal uso, divulgar y/o comerciar con información confidencial o reservada.

b. Contratar o encargar a otra persona para que realice los trabajos académicos que le corresponden, en su nombre.

c. Soborno, amenaza o cualquier falta de respeto a otros alumnos, docentes y personal académico o administrativo.

d. Falsificación de datos.

e. Mentir con respecto a permisos para faltar de forma justificada.

f. Plagio, entendido éste como la copia o empleo de ideas y textos de una obra o fuente, como si fueran propios sin la debida cita o referencia.

g. Utilizar durante una prueba información escrita no autorizada o cualquier material de apoyo no permitido.

h. Copiar las respuestas de otros alumnos en los exámenes, voltear a ver el examen de otro, proporcionar o recibir información de manera verbal y/o señales de otro alumno o de cualquier persona afuera del salón o por medio de llamadas o mensajes telefónicos.

i. Cambiar de examen con otro alumno sin la autorización del docente.

j. Cualquier otra actividad o conducta contraria a las establecidas en la normatividad interna de la institución.

II. Actos de indisciplina: cualquier actitud contraria a la misión, visión, valores, políticas y normatividad de la institución, las cuales pueden ser, de forma enunciativa más no limitativa las siguientes:

a. Cualquier actitud irrespetuosa o prepotente dirigida hacia docentes, compañeros y/o personal del Centro Universitario, tales como agresiones, uso de palabras altisonantes, apodos, motes o sobrenombres, así como no acatar las disposiciones y obligaciones que la normatividad universitaria confiere a los alumnos.

b. Realizar actividades ajenas a las clases durante las mismas, tales como: masticar chicle, maquillarse, contestar algún medio de comunicación celular o radial, dormirse, aventar papeles o realizar cualquier tipo de juego, no acatar las órdenes del docente y/o director académico o administrativo en cuestiones académicas, así como platicar durante las clases sobre asuntos no relacionados con ella.

III. Actos vandálicos.- todo tipo de actividades que atenten contra la integridad de las personas y/o tendientes a deteriorar el patrimonio de esta institución educativa, ya sea destruyéndolo o alterando su apariencia original sin importar su magnitud, así como el material o herramienta que sea empleado para ello.

IV. Alumno: toda persona formalmente matriculada en bachillerato o en las diversas licenciaturas que se imparten en el Centro Universitario UTEG, los cuales deben ser conscientes tanto de sus derechos, como de sus obligaciones establecidas en la normatividad de esta institución educativa y del resto de la normatividad que por el tipo de plan de estudios que se encuentre cursando y actividades que realiza le corresponde.

V. Alumnos irregulares: aquellos que adeuden una o más materias de ciclos anteriores.

VI. Alumno retenido: aquel alumno irregular que no avanza de ciclo escolar, de manera voluntaria o administrativa, para recursar alguna materia del ciclo anterior.

VII. Aspirante: Persona que desea ingresar al Centro Universitario UTEG, a cursar alguno de los programas educativos que oferta la institución.

VIII. Aspirantes a grado superior.- Se entiende a aquellos aspirantes con estudios parciales cursados en otra institución educativa, que pretendan finalizar el grado correspondiente, en el Centro Universitario UTEG.

IX. Bachillerato: a la educación media superior.

X. Baja administrativa: baja aplicada por el departamento de control escolar que consiste en la suspensión de la calidad de alumno del estudiante, por no reinscribirse, por falta de pago y/o por dejar de asistir. Los alumnos dados de baja de manera administrativa podrán reincorporarse en el siguiente ciclo escolar.

XI. Baja voluntaria temporal y definitiva: solicitud del alumno para la suspensión parcial o total de sus estudios.

XII. BIS: bachillerato intensivo Semiescolarizado.

XIII. Centro Universitario: al Centro Universitario UTEG A. C.

XIV. DGETI: Dirección General de Educación Tecnológica Industrial.

XV. Expulsión: es la separación definitiva de la condición de alumno del Centro Universitario UTEG. Aquellos alumnos que sean

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