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Resumen "Pibes Chorros"


Enviado por   •  13 de Octubre de 2013  •  7.292 Palabras (30 Páginas)  •  610 Visitas

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ENFERMEDADES POR DAÑO AMBIENTAL

INTRODUCCION

El crecimiento económico y la globalización han originado evidentes beneficios pero al mismo tiempo han provocado la aparición de nuevos riesgos. Existen dificultades e incertidumbres para identificar con exactitud la relación causal entre medio ambiente y salud. La medición de la exposición a numerosos factores ambientales es compleja porque no disponemos de sistemas adecuados de información y vigilancia sanitaria que permitan valorar la magnitud y gravedad de los riesgos.

Pocas sociedades y gobiernos han actuado para disminuir este peligro creciente

A pesar de ello existen algunos trabajos que han identificado la relación entre determinados agentes ambientales y la salud humana.

Se ha estimado que en los países industrializados un 20 % de la incidencia total de enfermedades puede atribuirse a factores medioambientales. En Europa una gran proporción de muertes y años de vida ajustados por discapacidad (DALYs) en el grupo en edad infantil es atribuible a la contaminación del aire interior y exterior. Las enfermedades respiratorias, el asma y las alergias están asociadas con la contaminación del aire externo e interno. La relación entre la contaminación atmosférica y la salud es cada día más conocida. El asma y las alergias han aumentado durante las últimas décadas en toda Europa, aproximadamente un 10 % de la población infantil padece alguna de estas enfermedades. El clima puede estar influyendo en la prevalencia de los síntomas de asma, rinitis alérgica y eczema atópico en la infancia. Los agentes ambientales implicados son los óxidos de nitrógeno y azufre, las partículas en suspensión, ozono, metales, compuestos orgánicos volátiles (COV) y los hidrocarburos. En ambientes interiores el humo ambiental del tabaco (HAT) es el más frecuente. La OMS en un reciente informe se ha estimado que la contaminación ambiental debida a partículas es responsable de 1,4% de todas las muertes en el mundo. Los cambios climáticos, cambios de los suelos, etc. puede producir la implantación de vectores subtropicales adaptados a sobrevivir en climas cálidos y más secos, lo que podrá aumentar la incidencia de enfermedades como el dengue, enfermedad del Nilo Occidental, malaria y encefalitis transmitida por garrapatas. La disminución de la capa de ozono estratosférico y la exposición a radiaciones ultravioletas están asociadas a un aumento del cáncer de piel, cataratas y alteraciones del sistema inmunitario. La exposición solar aumenta el riesgo de padecer cáncer de piel (no melanoma), debido a los rayos ultravioletas. Se ha estimado que hasta un 90% de estos tumores son atribuibles a esta exposición. Las radiaciones ionizantes provocan cáncer, leucemia, quemaduras y lesiones radiológicas.

La exposición a sustancias y preparados químicos peligrosos, el uso de biocidas y plaguicidas fitosanitarios, las sustancias CMR (carcinógenas, mutágenas y tóxicas para la reproducción), los COV (compuestos orgánicos volátiles), las sustancias PBT (persistentes bioacumulables y tóxicas), las dioxinas y furanos, los PCB, los retardantes de llama, los alteradores endocrinos representan amenazas que deben ser objeto de medidas de evaluación, y de reducción y control del riesgo.

El agua de consumo puede transmitir numerosas enfermedades producidas por agentes microbiológicos y químicos. En nuestro país los brotes de enfermedades hídricas que se relacionan con abastecimientos de agua no apta para el consumo son de declaración obligatoria. La media de notificación anual es de 74 brotes. El problema emergente en nuestro entorno son las enfermedades causadas por contaminantes químicos, ya sea por contaminación del agua en origen o bien debido a las características químicas del abastecimiento, por los materiales instalados en contacto con el agua de consumo, por las sustancias formadas como subproductos de reacción por la utilización de tratamientos químicos necesarios para la potabilización del agua, o por el mal mantenimiento o diseño de las instalaciones. El denominador común de estas enfermedades es que en la mayoría de los casos el efecto sobre la salud no es inmediato.

LEY GENERAL DEL AMBIENTE Y DAÑO AMBIENTAL

La ley nacional nº 25 675 llamada Ley General de Ambiente de la República Argentina se crea con el fin principal de brindar presupuestos mínimos para la gestión del ambiente. Fue sancionada el 06 de noviembre de 2002 y promulgada el 27 de noviembre de 2002 y contiene normas del derecho civil en materia de responsabilidad por daños ambientales, de derecho procesal asentando las bases estructurales del ambiente y de derecho administrativo.

Los artículos 27 al 33 describen al daño ambiental de manera colectiva, definiéndolo como:

"Se define el daño ambiental como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos". (Artículo 27)

Así el responsable de causar daño ambiental será responsable por el restablecimiento al estado anterior del mismo y de no ser técnicamente posible, se le aplicará una indemnización sustitutiva determinada por la justicia ordinaria que deberá depositarse en el Fondo de Compensación Ambiental. La responsabilidad civil y penal es independiente de ésta, presumiéndose si existen infracciones a las normas ambientales establecidas.

Si un ambiente ha sido dañado el Defensor del Pueblo o las asociaciones no gubernamentales de defensa ambiental están facultadas a reclamar por el resarcimiento del mismo, conforme al artículo 43 de la Constitución y el Estado nacional, provincial o municipal podrán recomponer o indemnizar a la persona de su jurisdicción que haya sido directamente afectada. Igualmente, faculta a toda persona puede interponer una acción de amparo para la cesación de actividades de daño ambiental colectivo.

Si el daño lo cometen dos o más personas y no se puede determinar los grados de responsabilidades de cada una, todos serán responsables solidariamente. Y en caso de ser producido por una persona jurídica, la responsabilidad se extiende a sus autoridades y profesionales según su participación.

Como medida precautoria del ambiente pueden solicitarse medidas de emergencia, aún sin audiencia de la parte contraria, y el juez podrá disponer de ellas sin ninguna petición por alguna de las partes.

DAÑO AMBIENTAL Y ENFERMEDADES INFECCIOSAS

Para la mayoría de las personas, el cambio climático y el calentamiento

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