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Sistema pensional en Colombia, necesidad de igualar el requisito de edad entre hombres y mujeres


Enviado por   •  5 de Octubre de 2019  •  Ensayos  •  951 Palabras (4 Páginas)  •  84 Visitas

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Sistema pensional en Colombia, necesidad de igualar el requisito de edad entre hombres y mujeres, así como la redistribución de la administración en los fondos privados[1].

Pilar Astrid Lizarazo Macías[2]

De acuerdo con el Departamento Administrativo Nacional de Estadística – DANE, Colombia un país con aproximadamente 48.258.000 habitantes[3], de las cuales el 51,2 por ciento somos mujeres y el restante hombres. La mayoría de la población (68,2%) nos encontramos entre los 15 y 65 años de edad, el 22,6% entre los 0 y 14 años y un 9,1% de 65 años en adelante[4].

De acuerdo con nuestras normas pensionales, contamos con dos regímenes, el primero, Régimen de Prima Media[5] cuyos requisitos son edad más tiempo, edad para las mujeres de 57 años y para los hombres 62 años, y contar con un mínimo de semanas cotizadas al sistema de 1.300 semanas. Y el segundo, Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad[6] donde debe cumplirse también, con el requisito de edad (57 mujeres y 62 hombres) y un ahorro individual a capital del 110% de un salario mínimo legal mensual vigente, para el pago de la mesada pensional. Si observamos las diferencias mundiales entre hombre y mujeres, y aunque el panorama ha tenido una gran evolución, seguimos siendo una población vulnerable y afectada por la irregularidad y las brechas laborales, donde hacerse cargo de los hijos y la maternidad,  hace que se deteriore en muchos casos, las cotizaciones pensionales, inclusive, que sea menos apetecida la mujer para ser vinculada laboralmente que los hombres, sin contar que a nivel mundial percibimos salarios menores, cargos menores por nuestra condición de mujer[7]. Circunstancias que afecta a la mujer pero también al Sistema, las mujeres somos más longevas que los hombres, y actualmente, nos pensionamos cinco años antes que los hombres, viviendo en muchos casos, más años que ellos, por lo que considero que una de las modificaciones que debería tenerse en cuenta es el igualar la edad requisito de pensión, que aunque tengo claro que no solucionaría de fondo el déficit que presenta nuestro sistema pensional, si abonaría en algo los aportes. Y aunque causa mucha inquietud, este tipo de sugerencias, estaría más ajustado a la realidad de muchas mujeres colombianas, que, aunque cumplen los 57 años de edad sus aportes en ahorro o en semanas no son suficientes y deben seguir cotizando y en otros casos, las asesoran de manera errada y solicitan la indemnización sustitutiva[8] o devolución de saldos[9].  

La segunda propuesta, es optimizar las inversiones de las Administradoras de Fondos Pensionales, como estamos en reforma pensional y no de sus objetivos es terminar con el Régimen de Prima Media para el año 2030, debemos garantizar que los dineros del público trabajador sean bien invertidos, de manera eficiente, buscando y garantizando los beneficios económicos a sus afiliados. Las AFP´s motivadas por captar más afiliados y percibir las cuotas de administración, pueden estar centrados en la consecución de sus propios recursos, dejando de lado las inversiones inteligentes, eficientes y que generen los resultados esperados. Actualmente, no hay norma o Ente de vigilancia y control que puntualmente, valide y verifique las inversiones y garantice la garantía de la rentabilidad mínima, establecida en el artículo 101 de la Ley 100 de 1993[10]. Y como lo menciona el Dr. Arellano (2013)[11], en caso de que se obligue al trabajador al ahorro para su pensión, deberá ser el Estado quien asuma los costos de Administración y no el Afiliado como lo es actualmente, pues incrementa el costo y disminuye el aporte.    

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