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Situacion Juridica


Enviado por   •  19 de Febrero de 2015  •  879 Palabras (4 Páginas)  •  249 Visitas

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. CONCEPTO.

Cualquier intento de conceptualizar una figura supone la existencia de obstáculos difíciles de franquear, pues se impone un nivel de generalización tal que no siempre se logra. El concepto de responsabilidad no escapa a este particular, ya que en él se deben englobar distintas categorías como la responsabilidad civil, penal, por hecho ilícito, por riesgo, por culpa, absoluta, etcétera. "Los problemas se agudizan en materia de responsabilidad internacional, ya que esta comprende responsabilidad internacional de los Estados y de las Organizaciones Internacionales y por otro lado, la responsabilidad por hecho ilícito y la llamada responsabilidad por actos no prohibidos por el Derecho internacional".No obstante, parafraseando un poco a Lennin es imposible tratar el estudio o polémica de tema alguno sin antes aclarar el concepto a analizar. Intentemos, pues, deslindar qué debemos entender por responsabilidad internacional.

En este sentido D´Estefano, al hablar de responsabilidad, se centra en la que es exigible al Estado. No obstante hace distinciones y en dependencia del sujeto en cuestión que realice el acto, es el grado de responsabilidad del Estado; pero este es siempre el que resultará implicado ante el Derecho Internacional Público¨.

Para Tunking la responsabilidad jurídica internacional son las "consecuencias jurídicas que recaen sobre el sujeto de Derecho Internacional como resultado de la infracción jurídica internacional cometida por él". Estas consecuencias pueden afectar al Estado infractor, al Estado perjudicado, a otros Estados y a Organizaciones Internacionales.

Manuel Becerra Ramírez defina la responsabilidad como "la institución de Derecho Internacional por medio de la cual se establece que cualquier violación de un compromiso contenido en una norma internacional trae por consecuencia una obligación de efectuar una reparación moral o material".

Esta concepción, con más menos variaciones, es la línea general seguida por la doctrina mexicana.

Al referirse a la responsabilidad jurídica internacional, Jiménez de Aréchaga ha manifestado que: "Siempre que se viola, ya sea por acción o por omisión, un deber establecido en cualquier regla de Derecho Internacional, automáticamente surge una responsabilidad jurídica nueva.

Esta relación se establece entre el sujeto al cual el acto es imputable, que debe responder mediante una reparación adecuada, y el sujeto que tiene derecho a reclamar la reparación por el incumplimiento de la obligación".

Como hemos podido apreciar, muchos han sido los intentos por definir la responsabilidad jurídica internacional, cada uno de ellos con aciertos y desaciertos. No obstante, hay elementos comunes en todos los conceptos. Por ejemplo: la responsabilidad a la que nos referimos es una institución de Derecho Internacional, es decir, el Derecho Internacional Público se ha dado a la tarea de estructurar una serie

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