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Sobre el régimen de los extranjeros en México


Enviado por   •  23 de Mayo de 2019  •  Documentos de Investigación  •  7.146 Palabras (29 Páginas)  •  127 Visitas

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Sobre el régimen de los extranjeros en México

David CIENFUEGOS SALGADO

SUMARIO: I. Introducción. II. La calidad migratoria. III. La calidad

de no inmigrante. IV. La calidad de inmigrante. V. La calidad de

inmigrado. VI. La documentación migratoria. VII. Principales

obligaciones de los extranjeros. VIII. La falta de calidad migratoria.

IX. Comentario final.

I. INTRODUCCIÓN

El tema de este ensayo surgió al concluir la coordinación del libro La migración

en perspectiva.TPF

1

FPT En aquella ocasión escribía sobre la legislación española de

extranjería y la cuestión que surgió fue ¿Cuál es el régimen de extranjería en

nuestro país? Resultaba curioso que dedicáramos sendos ensayos a la

legislación de extranjería de otros países, pero no recaláramos en la legislación

nacional sobre el mismo tema. Se hacía exigible tal estudio, máxime al observar

las cifras estadísticas: en 2006 se registraron 38 millones de entradas y salidas

de extranjeros en territorio nacional; para 2007 las cifras aumentaron hasta 40.7

millones.TPF

2

FPT

La exigencia de analizar este régimen jurídico se fortaleció a raíz de una

participación en una mesa redonda en la cual se trató el tema de los menonistas

(más conocidos como menonitas) en México. Poco a poco se hicieron presenten

TP

1PT David Cienfuegos Salgado, Julieta Morales Sánchez y Humberto Santos Bautista, coords., La migración en

perspectiva: fronteras, educación y derecho, México, Secretaría de Asuntos Indígenas del Gobierno del Estado

de Guerrero, Fundación Académica Guerrerense, El Colegio de Guerrero, Universidad Pedagógica Nacional,

2008.

TP

2PT Los datos que se manejan en este trabajo fueron tomados del registro estadístico y control migratorio 1990-

2007 publicado por el Instituto Mexicano de Migración. Consultado el 15 de diciembre de 2008 en

HTUhttp://www.inm.gob.mx/estadísticas/2007/registro.mhtUTH

TEMAS DE MIGRACIÓN Y DERECHO

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otros, muchos otros, casos en los cuales quedaba evidenciado el

desconocimiento propio del régimen jurídico de los extranjeros.

Al menos desde una óptica jurídica quiero describir aquí, a grandes trazos, ese

régimen. Como es casi “normal”, en nuestro país el ingreso, permanencia y

salida de los extranjeros se sujeta a la normativa interna, específicamente la Ley

General de Población, publicada hace más de tres décadas,TPF

3

FPT y en parte a la Ley

de Nacionalidad.TPF

4

FPT Estos son nuestros puntos de partida para el análisis que

propongo.

Es en la Constitución federal y en la mencionada ley de población donde se

establecen las diversas situaciones jurídicas en que se encuentra una persona

que no es nacional del Estado mexicano. Si bien en dicho ordenamiento

secundario encontramos las condiciones y modalidades para la admisión,

estancia y salida de los extranjeros, debe señalarse que el objeto de esta Ley es

mucho más amplio.

En efecto, la Ley General de Población (LGP) tiene por objeto “regular los

fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen, dinámica y

distribución en el territorio nacional, con el fin de lograr que participe justa y

equitativamente de los beneficios del desarrollo económico y social” (art. 1º).

El tema migratorio aparece definido en el artículo 3º LGP, específicamente en la

fracción VII, al atribuir a la Secretaría de Gobernación la competencia para

dictar y ejecutar (y en su caso promover ante las dependencias o entidades

correspondientes) las medidas necesarias para “sujetar la inmigración de

extranjeros a las modalidades que juzgue pertinentes, y procurar la mejor

asimilación de éstos al medio nacional y su adecuada distribución en el

territorio”.

De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española, se define como

extranjero a quien es o viene de país de otra soberanía; una segunda acepción

más común considera al extranjero como el natural de una nación con respecto a

los naturales de cualquier otra. La expresión deriva del francés antiguo

TP

3PT La Ley General de Población fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1974. La

última reforma fue la del 21 de julio de 2008, de la cual da cuenta en esta obra colectiva el ensayo

“Despenalización de la migración irregular en México. Análisis y perspectivas de la reforma a la Ley General de

Población

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