Solucion De Conflictos Internacionales
nasharengifo4 de Julio de 2013
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El litigio suele ser sinónimo de juicio, es decir, el acto en el que las partes se encuentran debatiendo sus posiciones, por ello no debe confundirse con proceso judicial, lo cual es una serie de actividades jurídicas de carácter formal, encaminadas a resolver un litigio. El litigio internacional por ende hace referencia a la integración de entes y normas judiciales que son adoptadas por la comunidad internacional en pro de su sana convivencia y para la solución de los conflictos internacionales que puedan surgir.
Un Conflicto Internacional es definido como desacuerdos o divergencias sobre temas determinados; toda vez que cuando exista una contraposición de intereses u opiniones diferentes sobre un mismo tema que genere una polémica
Tipos de Conflictos Internacionales
• Conflictos de Orden Jurídico: Para el autor (Rousseau, 1966) estos conflictos "son aquellos en los cuales las partes están en desacuerdos sobre la aplicación o la interpretación del derecho existente
Estos conflictos provienen de:
a) la violación de un tratado o convención,
b) violación de un derecho o norma internacional que se traduce en un daño a un sujeto de Derecho Internacional.
La característica predominante de estos conflictos es que son susceptibles de ser solucionados por los medios del derecho.
• Conflictos de Orden Político: Concebidos como aquellos que se refieren a los conflictos de índole político, militar, diplomático, religioso y- o cultural que no son susceptibles de resolverse por la vía jurisdiccional, sino a través de los medios diplomáticos o políticos.
Medios de Solución de Conflictos Internacionales
El Derecho Internacional Público, establece los mecanismos idóneos que se deben utilizar para resolver un conflicto internacional. De esta manera, la doctrina internacional estudia dos tipos de medios de solución de conflictos como son los medios pacíficos (diplomáticos y jurídicos) y los medios violentos.
La Carta de las Naciones Unidas tiene como uno de sus propósitos y principios el arreglo pacífico de las controversias (art. 1º numeral 1 y art. 2º numeral 3) y la abstención del uso de la fuerza que ponga en peligro la paz y seguridad internacional (art. 2 numeral 4). En igual sentido lo dispone la Carta de los Estados Americanos en el literal b del art. 2º y en los literales f y g del art. 3º.
Medios de arreglo pacífico de controversias
La Carta y otros textos internacionales recogen expresamente distintos medios de arreglo pacífico de controversias
El principal criterio clasificatorio distingue entre:
A) Medios políticos y diplomáticos
Negociación, buenos oficios, mediación, investigación y conciliación
Negociación; Según el autor (Verdross, 1980) las diferencias entre los Estados pueden resolverse por la vía diplomática, a través de las negociaciones directas entre las partes en conflicto sin injerencias de terceras potencias.
Buenos Oficios: Este medio supone la acción amistosa de una tercera potencia que propone a los Estados en litigio un terreno de acuerdo y se esfuerza en llevarlos al mismo mediante una especie de discreta injerencia (Rousseau, 1966).
Mediación: Doctrinariamente existe mucha confusión a la hora de distinguir la mediación de los buenos oficios, e incluso, hay quienes señalan que pudieran ser lo mismo, por cuanto en ambas se caracterizan por la intervención de una tercera potencia en el conflicto con el ánimo de contribuir en la búsqueda de la solución del mismo.
Investigación: Este medio de solución es también conocido como "comisión de investigación, encuesta o determinación de los hechos” (Brotons, 1997)….fue concebida por la Convención de La Haya en 1899 recomendada para aquellos litigios que no comprometieran el honor ni los intereses esenciales,
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