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Subdivisiones en la sociología jurídica según las categorías del derecho


Enviado por   •  24 de Febrero de 2017  •  Ensayos  •  654 Palabras (3 Páginas)  •  3.066 Visitas

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6 Aproximación entre la sociología jurídica y algunas disciplinas auxiliares en el derecho

El sociólogo historiador espera un poco del análisis de un texto general y abstracto, como una ley o un formulario, para él cuenta más un documento concreto de la práctica, aunque sea aislado o un testimonio puramente literario, pero vivo. Mientras que el sociólogo comparatista, por su parte, desdeña el collatio legum y posee sus propios instrumentos, como la estadística comparada o la encuesta comparativa, aunque la utilización de estos métodos sea todavía balbuceante.

7 Subdivisiones en la sociología jurídica según las categorías del derecho

Estas  Sociologías  Jurídicas  Especiales,  se  forman  sobre  dos  bisagras diferentes:  uno  se  inspira  en  calidades  de  derecho  y  otro  en  naturalezas   propiamente  sociológicas. En definitiva, su forma más simple consiste en proyectar en el plano sociológico cada una de las grandes masas del Derecho Dogmático. Se puede, así, suponer a priori, detrás del Derecho Civil, del Comercial, del Penal, del Tributario, del Internacional Público o Privado, etc., la existencia o, al menos, la posibilidad de  otras  tantas  Sociologías  autónomas.

8 Otras subdivisiones en la sociología jurídica: según las categorías sociológicas, la etnología jurídica

Lo que diferencia a la etnología de la sociologia jurídica no es la naturaleza de los fenómenos observados, que son fenómenos jurídicos tanto en una como en otra, sino el campo en el cual la observación se lleva acabo. Lo que caracteriza a la etnología jurídica es que su objeto son los derechos primitivos o, como se prefiere decir arcaicos. Hablando toscamente, se trata de fenómenos de derecho tal como pueden ser observados en los pueblos a los que se suelen llamar salvajes o, siguiendo una formula mas pulida, sistemas jurídicos preindustriales en las sociedades no europeas.

9 La etnología jurídica: La etnología en el interior de los sistemas de derecho moderno

Definitivamente, la distinción se trata de hacer frecuentemente por razón de una traba  de  disposiciones  psicológicas. Los  derechos modernos  se  reducen  por  la cordura y los derechos primitivos por la mentalidad pre lógica, mística o mágica.  Ello  ha  generado  que  frente  a  la  hipótesis  de  un  desatino  innato  de  las sociedades  primitivas,  numerosos  etnólogos  expresan  hoy  una  difícil  réplica extirpada  de  la  presencia  o  del  desarrollo  en  estas  sociedades  de  estipuladas étnicas.  A menudo son  de  una  extraordinaria  agudeza  y  sus  predisposiciones  comunitarias  no  les paralizan en modo alguno prever el proceso y en consecuencia, la argumentación interindividual.

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