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Suicidio Asistido


Enviado por   •  13 de Mayo de 2019  •  Documentos de Investigación  •  1.049 Palabras (5 Páginas)  •  89 Visitas

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LICENCIATURA EN DERECHO  

Cuatrimestre II              [pic 1]

                 

                   Derecho Penal 1

Lic. Diana Laura Carbajal Villegas

“Nullum crime, nullum poena sine lege"

Feuerbach

Alumna:

Fabiola Virginia Álvarez Gamboa

06/05/2019

INTRODUCCIÓN

Durante las últimas décadas, se han producido numerosos debates públicos nacionales e internacionales,  acerca de tan controversial tema como lo es: el Suicidio Asistido, tanto desde el punto de vista médico como  jurídico

En este breve ensayo analizaremos la situación legal del suicidio asistido y que planteamiento existe en nuestro orden jurídico acerca de este tema, pero para comprenderlo es fundamental que conozcamos  la diferencia entre Suicidio asistido, eutanasia y muerte digna.

Analizaremos diferentes puntos de vista de juristas reconocidos, así como también   la importancia en el área de la salud  y sanidad acerca de este tema.

Nos plantearemos si en realidad existe el derecho a una muerte digna como tal, como lo ven otros países en cuestión jurídica y por supuesto como lo contempla nuestra constitución y cual es el fundamento legal en el código penal federal.

SUICIDIO ASISTIDO

Antes de desarrollar el presente tema es fundamental entender y diferenciar entre los siguientes conceptos: Eutanasia, Muerte Digna y suicidio asistido.

Eutanasia es la acción que realiza un médico para producir la muerte de un paciente, sin dolor, y a petición de éste. Esta definición así de específica implica llamar eutanasia solo a la acción que es voluntaria, activa y directa.

La ortotanacia o Muerte digna: este termino data de 1950,  deriva de la raíz griega orthos que significa lo recto y thanathos muerte; es decir muerte correcta.

 Luis Fernando niño indica que la ortotanacia representa el derecho a morir de manera digna hablamos del carácter ético de auxiliar a quien procura hacer valer ese derecho.

Como punto importante el 17 de septiembre de 2018 entro en vigor la constitución capitalina la cual admite la muerte digna como parte del derecho a vivir dignamente ya que el art. 6 apartado A numeral dos no viola ni contradice o se antepone a la carta magna. Según esta ley el enfermo puede expresar su voluntad ante un notario y en caso de estar  imposibilitado ante un  fedatario  y dos testigos.

Ahora bien, Miguel Sánchez y López Romero definen el suicidio asistido como la acción de una persona, que sufre de una enfermedad irreversible, para acabar con su vida y  que cuenta con la ayuda de alguien más que le proporciona los conocimientos y los medios para hacerlo, cuando la persona que ayuda es un medico, hablamos de suicidio medicamente asistido sin embargo no son únicamente los médicos los que pueden asistir la muerte de una persona.

Ahora bién la eutanasia y el Suicidio asistido (las dos modalidades de muerte medicamente asistida) son acciones muy parecidas porque ambas tienen la clara intención de ayudar a causar la muerte de un paciente; sin embargo se distinguen entre si porque en el suicidio asistido el medico se limita a proporcionar a la persona los medios para que se suicide, pero no realiza la acción que causa la muerte.

 La Eutanasia y el suicidio médicamente asistido se permiten en Holanda, Bélgica y Luxemburgo

El suicidio médicamente asistido  (pero no la eutanasia) se permite en los estados de Oregón, Washington y Montana en EEUU prefieren referirse al término ayuda para morir ya que de otra manera es totalmente prohibido.

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