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Sujetos Atipicos


Enviado por   •  23 de Octubre de 2019  •  Resúmenes  •  448 Palabras (2 Páginas)  •  633 Visitas

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SUJETOS ATIPICOS:  

        Los sujetos atípicos se definen básicamente como aquellos sujetos que se encuentran inmersos en las relaciones de derecho internacional, pero que no cumplen con alguno de los requisitos esenciales de un Estado Soberano, es decir, territorio, población y gobierno. Una vez definido los sujetos atípicos se puede decir que estos son:

        En primer lugar la Nación, que es diferente al Estado ya que este posee elementos esenciales: territorio, población y gobierno; mientras que la Nación posee territorio, población y en lugar de gobierno con un fin social predeterminado, existe un sentimiento histórico, religioso, étnico o de otro orden que es muy difícil de precisar.

        En segundo lugar los Organismos Internacionales los cuales son sujetos del derecho internacional público,  creados mediante un tratado con personalidad jurídica diferente a la de sus miembros, con la finalidad de gestionar intereses colectivos de un grupo de Estados o de la comunidad internacional.

        Luego en un tercer lugar está El Vaticano, pero actualmente es un Estado reconocido desde el Tratado de Letras en 1.929, que tiene los elementos necesarios para ser considerado como Estado (territorio, población y gobierno), es reconocido por otros Estados y participa en organizaciones. Por tanto surge la controversia en si es sujeto atípico del derecho internacional público.

        Y finalmente el individuo cuya distinción como sujetos del derecho internacional público depende mucho del momento histórico y de la evolución misma del sistema. Pero sabemos que no cumple con algunos de los requisitos esenciales de Estado Soberano.

        Por otro lado hay un estudio de casos sobre tipificación de insurgentes y beligerantes, la guerrilla y el terrorismo. Por ejemplo la comunidad beligerante que ha sido reconocida, posee ciertos derechos y obligaciones emanadas del orden jurídico internacional, como por ejemplo, la posibilidad de construir bloqueos, tomar presas, cobro de impuestos, etc. Esto evidencia que la comunidad internacional beligerante posee el carácter de un sujeto del derecho internacional ejerciendo supremacía de hecho en el territorio bajo su control. En cuanto a los insurrectos constituyen una aproximación a los beligerantes, con la diferencia de que los insurrectos solo poseen algunos  elementos materiales para la rebelión sin contar con el dominio del territorio. Los insurrectos solo gozan de subjetividad internacional si consiguen apoyo territorial, y de obtenerlo se transforman en beligerantes.

        Un movimiento de liberación nacional es un sujeto atípico que se distingue de otros por los objetivos que persigue.

        

        

        

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