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TRABAJO FINAL DERECHO CIVIL


Enviado por   •  3 de Marzo de 2020  •  Apuntes  •  6.120 Palabras (25 Páginas)  •  144 Visitas

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INDICE

1. INTRODUCCIÓN        1

2. ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y LAS PERSONAS JURÍDICAS COLECTIVAS        2

2.1 Persona Física        2

2.2 Persona jurídica colectiva        3

3. LIBRO TERCERO DEL REGISTRO CIVIL        5

3.1 Título Primero        5

4. ACTOS Y HECHOS RELATIVOS AL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS        6

4.1 Características del Registro Civil        7

4.2 Naturaleza del Registro Civil        7

4.3 Objeto del Registro Civil        7

4.4 Valor Social Del Registro Civil        8

4.5 Importancia del Registro Civil en la Actualidad        8

4.6 Hechos y actos inscribibles en el Registro Civil.        8

4.7 Resoluciones sobre estado civil.        16

5. CLASES DE DOMICILIO        18

6. CONCLUSIONES        20

7. AUTOEVALUACIONES        21

8. BIBLIOGRAFÍA        41

1. INTRODUCCIÓN

El Derecho Civil es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas.

Como primera parte se observara el derecho y atributos  de las personas, que regulan el inicio y fin de la existencia de las personas naturales y jurídicas, la capacidad jurídica y la administración de los bienes de los incapaces, los derechos de la personalidad, los atributos de la personalidad, es decir, los elementos que determinan las condiciones de cada individuo en su relación jurídica con los demás, tales como el estado civil, el domicilio, la nacionalidad, y ciertos derechos calificados.

A modo de cuadro comparativo se muestran de los distintos tipos de domicilio en cuanto a las personas físicas y las personas jurídicas colectivas. Un análisis acerca del Libro Tercero del Código Civil del Estado de México, enfocado al Registro Civil.

Se contempla por ultimo una serie  de preguntas, a modo de autoevaluación con su respectiva repuesta acerca del derecho de las obligaciones y los contratos, que regula los hechos, actos y negocios jurídicos, y sus consecuencias y efectos vinculantes, el derecho de cosas o de bienes, que regula lo que se conoce como derechos reales y, en general, las relaciones jurídicas de los individuos con los objetos o cosas, tales como la propiedad, los modos de adquirirla, la posesión y la mera tenencia, el derecho de familia que regula las consecuencias jurídicas de las  relaciones  de familia, provenientes  del matrimonio y del parentesco. Sin perjuicio, que parte de la doctrina la considera una rama autónoma del Derecho, el derecho de sucesiones o sucesorio, que regula las consecuencias jurídicas que vienen determinadas por el fallecimiento de un individuo en cuanto a las formas de transmisión de sus bienes y derechos a terceros.

2. ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS FÍSICAS Y LAS PERSONAS JURÍDICAS COLECTIVAS

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CONCEPTOS

2.1 Persona Física

se dice que una persona es todo ser susceptible de tener derechos y obligaciones, los seres humanos en derecho reciben el nombre de personas físicas y se les considera como titulares de derechos y obligaciones desde que nacen hasta que mueren.

Nombre: Es un atributo de la persona humana que se divide en dos partes fundamentales; el nombre propio que sirve para distinguir a los miembros de una familia y el patronímico, que es lo que se conoce como apellido y que sirve para distinguir a una familia de otra. Este último en México se integra con el apellido paterno y materno actualmente independiente del orden que siga.

Domicilio: Es el lugar donde reside con el propósito de establecerse en el, a falta de este, el lugar donde tiene su principal asiento de sus negocios y a falta de uno u y otro el lugar donde se halle según queda dispuesto en el código civil.

Capacidad jurídica: Es la aptitud natural legal que tiene la persona física para ser titular de derechos y obligaciones y poderlos ejercer por sí mismo o por sus representantes teniendo la libre administración de sus bienes y persona.

Estado civil: Es la situación que tiene el individuo dentro de la familia y la sociedad, situación que engendra efectos jurídicos, el estado civil se traduce en derechos y obligaciones, dentro de la familia determina el parentesco y el derecho que tienen los menores de edad de recibir alimento de sus progenitores.

Patrimonio: Es el conjunto de derechos y obligaciones apreciables en dinero, los elementos que constituyen el patrimonio son: los bienes como objeto de relaciones jurídicas, los derechos que pueden apreciarse en dinero, como elemento activo y las obligaciones y deudas, como el elemento pasivo del patrimonio.

Nacionalidad: Es el vínculo jurídico que existe entre el individuo y el estado al cual pertenece; dicho vinculo produce derechos y obligaciones recíprocos. La persona física forma parte de un grupo de individuos que el mismo origen, un pasado y aspiraciones comunes y viven en un mismo territorio erigido como estado independiente.

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