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TURISMO COMO MEDIO DE INTERCAMBIO CULTURAL Y FUENTE DE DIVISAS


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2020  •  Apuntes  •  2.203 Palabras (9 Páginas)  •  482 Visitas

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Turismo

  • TURISMO COMO MEDIO DE INTERCAMBIO CULTURAL Y FUENTE DE DIVISAS
  • Para muchos países importantes en su balanza de pagos, por la entrada de divisas de extranjeros y beneficio a su economía.
  • El país visitado explota una riqueza que no se menoscaba nunca y no experimenta desgaste económico directo, estructuras arquitectónicas, museos, etc.
  • El Estado, debe proveer el impulso de las corrientes turísticas, para turismo interno o atrayendo turistas extranjeros
  • Con campañas de publicidad y protegiendo una estancia tranquila y racional en los lugares de servicios turísticos.
  • Aunado a la tarea de ejecutar inversiones en infraestructura, alentando a los sectores social y privado, de manera estratégica.
  • Se han reducido las tasas de crecimiento turístico internacional hacia México, por la creciente competencia internacional y:
  • El cambio de los gustos de los turistas se han sofisticado.
  • En consecuencia, la competencia mundial obliga a una política para fortalecer la identidad de sus productos turísticos en nuestro mercado.
  • DEFINICION DE TURISTA
  • El que se interna en el país temporalmente con permiso de la SEGOB.
  • Con fin de recreo/salud/actividades artísticas, etc. no remunerado ni lucrativo, máximo por 6 meses improrrogables (LGP, Art. 42, frac.1).
  • LEY GENERAL DE TURISMO
  • Corresponde al ámbito administrativo y al Ejecutivo, a través de la SECTUR (Art. 1o).
  • Esta Ley tiene por objeto establecer(Art. 2o):
  • Bases generales de coordinación de las facultades concurrentes entre el Ejecutivo Federal, Estados, Municipios y los sectores social y privado.
  • Bases para la política/planeación nacional, basándose en beneficio social/sustentabilidad/competitividad, a corto/mediano/largo plazo.
  • Mecanismos para conservar/mejorar/promover/aprovechar recursos/atractivos turísticos, y contribuir a crear nuevos.
  • Reglas/procedimientos para establecer el ordenamiento turístico Nacional.
  • Promover/vigilar el desarrollo del turismo social, propiciando el acceso de todos los mexicanos al descanso y recreación mediante esta actividad.
  • Facilitar a las personas con discapacidad las oportunidades necesarias su participación dentro de los programas de turismo accesible.
  • Las bases para la defensa los derechos/obligaciones de extranjeros y nacionales.
  • La SECTUR y el CPTM son autoridades facultadas para desarrollar la promoción turística, así como el FONATUR.
  • Art. 44. El FONATUR tiene las siguientes funciones:
  • Elaborar proyectos para identificar zonas y servicios susceptibles de ser aprovechadas en proyectos productivos y de inversión.
  • Crear/consolidar planes de desarrollo, considerando diseños urbanos, ecología y garantizar la comercialización de servicios.
  • Adquirir, fraccionar, vender, arrendar, bienes muebles/inmuebles para el fomento sustentable de la actividad.
  • Con sectores público/social/privado constituir fomentar/desarrollar/operar fideicomisos/empresas.
  • Realizar la promoción y publicidad de sus actividades.
  • Adquirir valores emitidos para el fomento a la actividad turística,
  • Por institución del sistema financiero o empresas dedicadas a la actividad turística.
  • Operar con los valores derivados de su cartera.
  • Vender/ceder/traspasar derechos derivados de créditos otorgados.
  • La Secretaría puede visitar y verificar a prestadores de servicios turísticos, para constatar el debido cumplimiento de obligaciones. (Art. 41)
  • Las infracciones a esta ley, reglamentos y normas oficiales mexicanas derivadas de ella, serán sancionadas por ésta (Art. 68).
  • El reglamento de esta ley fue publicado en el DOF el 2/5/1994 y reformado mediante los Decretos del DOF el 19/07/1994 y 9/11/1999.
  • PROGRAMA NACIONAL DE TURISMO (2013-2018)
  • Aprovecha el potencial turístico para generar una mayor derrama económica:
  • Estrategia 1: Impulsar el ordenamiento y transformación del sector.
  • Líneas de acción:
  • Actualizar marco normativo/institucional.
  • Promover unión de acciones gubernamentales de entidades federativas con las del Gobierno Federal.
  • Impulsar la transversalidad presupuestal y programática de las acciones gubernamentales.
  • Estrategia 2. Impulsar la innovación de la oferta y elevar la competitividad del sector turístico.
  • Líneas de acción:
  • Fortalecer la infraestructura y la calidad de los servicios y los productos turísticos.
  • Concretar un Sistema Nacional de Certificación para asegurar la calidad.
  • Fomentar colaboración/coordinación con el sector privado, gobiernos locales y prestadores de servicios.
  • Estrategia 3. Fomentar un mayor flujo de inversiones y financiamiento en el sector turismo y la promoción eficaz de los destinos turísticos.
  • Líneas de acción:
  • Incentivar las inversiones turísticas de los micros, pequeñas y medianas empresas.
  • Crear plan para conservar/consolidar/replantear el CIP y potenciar de las reservas territoriales.
  • Estrategia 4. Impulsar la sustentabilidad y que los ingresos generados por el turismo sean fuente de bienestar social.
  • Líneas de acción:
  • Crear programas para hacer accesible el turismo a todos.
  • Promover el ordenamiento territorial, así como la seguridad integral y protección civil.
  • LEY GENERAL DE POBLACIÓN
  • Objeto: Artículo 1o. Regula fenómenos que afectan a la población en cuanto a su volumen/estructura/dinámica nacional, para que participen justa/equitativamente de los beneficios del desarrollo.
  • Ley de Migración. D.O.F 25/05/2011. Última reforma DOF 07/06/2013.
  • Artículo 1o. Regular el ingreso/salida de mexicanos/extranjeros al territorio Mexicano, el tránsito/la estancia de extranjeros.
  • Artículo 3o. Para efectos de la presente Ley se entenderá por:
  • Apátrida: Persona no pensado como nacional por ningún Estado.
  • Condición de estancia: A la situación regular en la que se ubica a un extranjero en atención a su intención de residencia.
  • Cuota: Número máximo de extranjeros para trabajar en el país.
  • Estación Migratoria: Instalación física tempo para extranjeros que no acrediten su condición de entrada, mientras lo resuelve.
  • Presentación: Acuerdo del alojamiento temporal al que no acredita situación migratoria, para regularizarlo o asistencia en el retorno.
  • Protección complementaria: Extranjero no reconocido como refugiado, no se devuelve al territorio donde se vería amenazado.
  • Servicio Profesional de Carrera Migratoria: Garantiza igualdad  para ingreso/permanencia de servidores públicos con cargos de confianza del Instituto.
  • Situación migratoria: Situación de un extranjero en función del cumplimiento/incumplimiento de disposiciones migratorias para su internación/estancia.
  • Regula servicios migratorios y para la internación de extranjeros al país, establece los lineamientos para permitir su legal estancia.
  • A extranjeros que rechacen su ingreso por el servicio de migración, saldrán con la empresa de transportes que entró, sin sanción (artículo 27, LGP).
  • Regula la internación de acuerdo con las siguientes calidades:
  • No inmigrante.
  • Extranjero con permiso de la SEGOB entra al país temporalmente, dentro de alguna de las siguientes características (artículo 42):
  • Turista.
  • Sólo 6 meses.
  • Transmigrarte.
  • Tránsito hacia otro país, máximo 30 días.
  • Visitante.
  • Para alguna actividad lucrativa  o no, que sea lícita y honesta, máximo 1 año.
  • Ministro de culto o asociado religioso.
  • Para ejercer el ministerio del culto, o realizar asistencia social, máximo de 1 año y 4 prorrogas por el mismo tiempo.
  • Asilado Político.
  • Para proteger su libertad o su vida de persecuciones políticas en su país de origen, el tiempo que la SEGOB indique.
  • Refugiado.
  • Proteger la vida, de amenazas, violencia, en país de origen, que lo obliguen a huir, el tiempo que SEGOB indique.
  • Estudiante.
  • Con permiso de ausentarse del país cada año, hasta por 120 días.
  • Visitante distinguido.
  • Hasta 6 meses a investigadores, científicos de prestigio internacional u otras personas prominentes
  • Visitantes locales.
  • Extranjeros que visiten puertos marítimos o ciudades fronterizas hasta por 3 días.
  • Visitante provisional.
  • Hasta 30 días el desembarco provisional a puertos de mar o aeropuertos
  • Corresponsal.
  • Para realizar actividades propias de la profesión de periodista hasta por 1 año.
  • Inmigrante.
  • Extranjero que se interna legalmente en el país para radicar en él mientras adquiere es inmigrado (Art. 44).
  • Hasta por 5 años (Art. 45).
  • Todo extranjero que se interne al país como no inmigrante podrá solicitar el ingreso de su cónyuge y familiares en primer grado.
  • Creación  de CONAPO, para  la planeación demográfica del país, y Registro Nacional de Ciudadanos y la Cédula de Identidad Ciudadana.
  • El reglamento de la Ley, DOF el 14/04/00,
  • El INM Órgano Técnico Desconcentrado de la Administración Pública Federal, dependiente de la SEGOB.
  • Le corresponde la aplicación de la legislación migratoria vigente
  • Creado por el Ejecutivo federal el 19/10/93.
  • Planear, ejecutar, controlar servicios migratorios/relaciones para coordinar con dependencias Administrativas Públicas Federales.

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