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Teoria del proceso


Enviado por   •  28 de Abril de 2016  •  Informes  •  1.506 Palabras (7 Páginas)  •  225 Visitas

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                                                                          Alfredo Caballero Lara

                                                                                       110023050

Poder y Mandato

Representación

La representación se estudia dentro del derecho privado, puede definirse como la facultad que tiene una persona para actuar, obligar y decidir en nombre y por cuenta de otra; permite que una persona actué simultáneamente y en distintos lugares, produciendo el milagro jurídico de la multiplicidad en la unidad.

La representación está restringida tratándose de actos personalísimos, como lo son el testamento, el voto público, etc.  

Representación y asistencia

Es representación cuando el incapaz no puede manifestar su voluntad o no actúa en lo absoluto y lo hace por medio de otra persona.

Es asistencia cuando el incapaz actúa bajo el control o con la colaboración de otra persona, como lo es en la curatela.  

Representación y legitimación

Los procesalistas estudian la legitimación activa y pasiva en los procedimientos juridiciales, en general la doctrina considera la legitimación como la idoneidad de la persona para realizar un acto jurídico eficaz.

Representación y personalidad

“Personero” El constituido procurador o mandatario para desempeñar o solicitar el negocio ajeno.

Representación y procura

“Procurador” El que en virtud de poder o facultad de otro ejecuta en su nombre alguna cosa, aquel realiza algunos pleitos o cosas ajenas por mandato del dueño de dichas cosas.

Representación y ejecución forzosa

Cuando un juez firma una rebeldía como resultado de un procedimiento de remate judicial, acción proforma o el cumplimiento de un contrato de promesa, no representa el vendedor o rematado, sino que actúa por el imperio que le otorga la ley para ejecutar sus sentencias.

Datos históricos de la representación

  • Roma.- En Roma no podía darse la representación, ya que existía el principio “Nadie puede contratar por el otro”. Sin embargo existía la representación indirecta, era la figura del mandato pero sin representación, fiducia y prestaba sus servicios.
  • Derecho canónico.- Una persona podría actuar en nombre de otra y sus actos afectaban directamente el patrimonio de aquella, quien quedaba obligada, en forma directa, con el tercero.
  • Alemania.- La representación se encuentra más estructurada entre los alemanes, ellos consideran que el invento jurídico más importante que haya aportado a la doctrina universal es el “poder representativo”.

Clasificación de representación

La representación se clasifica en directa o indirecta; voluntaria, legal y orgánica.

  • Directa.- Cuando una persona actúa en nombre y por cuenta de otra.
  • Indirecta.- Cuando actúa una persona en nombre propio y por cuenta de otro.
  • Voluntaria.- Cuando una persona autoriza a otra para actuar en su nombre y representación, como en el poder, fideicomiso.
  • Legal.- Cuando una persona por ser incapaz es representada por otra señalada por disposiciones legales.
  • Orgánica.- Personas jurídicas.

Representación voluntaria

Por medio de la representación voluntaria una persona faculta a otra para que actué y decida en su nombre y por su cuenta.

Clasificación de la representación voluntaria

Se ha clasificado a la representación voluntaria en directa e indirecta:

  • Directa.- Actuación de una persona en nombre y representación de otra, los efectos jurídicos y patrimoniales les recaen sobre el representado, estableciendo entre él y el tercero, una relación directa e inmediata.
  • Indirecta.- Cuando una persona actúa en nombre propio y por cuenta de otra, quien frente a terceros adquiere personalmente los derechos y obligaciones como en el mandato, la presentación de servicios, el fideicomiso.  

Mandato

También llamado procuración es un acto por el cual una persona da poder a otra en su nombre, tiene como objeto obligaciones de hacer, consistentes en la celebración de actos jurídicos.

Clasificación del mandato

  • Principal.- El mandato existe por si solo y tiene como objeto propio, la realización de los actos jurídicos que le encomienda el mandante al mandatario.
  • Bilateral.- Por obligarse ambas partes, el mandate a entregar las expensas, honorarios y gastos realizados por el mandatario y este a ejecutar los actos encomendados y rendir cuentas a él.
  • Oneroso.- Consiste en la prestación de servicios y excepcionalmente se puede convertir en que sea gratuito.

Elementos de existencia del mandato

  1. El contenido de la conducta debe ser la consumación de uno o varios actos jurídicos.
  2. Deben ser lícitos.
  3. Posibilidad jurídica.
  4. Establecer la remuneración y las expensas cuando así se haya convenido.  

Poder

El poder es el otorgamiento de facultades que da una persona llamada poderdante a otra denominada apoderado para que actué en su nombre o representación.

Diferentes significados que se le han brindado a “Poder”

  1. Documento por medio del cual se acredita la representación que ostenta una persona en relación con la otra.
  2. Acto por el cual una persona queda facultada por otra para actuar en su nombre y representación.
  3. Institución por medio de la cual una persona puede representar a otra en virtud de un acto derivado de la autonomía de la voluntad.

Elementos de validez

  1. Capacidad del mandante: Para la celebración del contrato de mandato, el mandante requiere
  • La mayoría de edad
  • Que no exista prohibición expresa por la ley
  • Que no tenga que actuar personalmente o se requiera clausula especial
  1. Capacidad del mandatario: El mandatario también tiene que gozar de la capacidad general y especial como el mandante; especial, según el acto de que se trate.
  2. Vicios del consentimiento: No debe existir dolo, mala fe, violencia, ni lesión.
  3. Formalidades: Debe ser ratificado por escrito.
  4. Licitud en el objeto, motivo o fin del acto jurídico: Los actos jurídicos que se realicen en ejercicio del mandato, deben ser lícitos. La sanción por falta de licitud en el objeto, motivo o fin, provoca la nulidad absoluta.

La representación en materia cambiaria

La representación para otorgar y suscribir títulos de crédito puede ser necesaria, voluntaria o exoficio.

Necesaria.- Se ejerce sobre los incapaces, por quienes tiene la patria potestad o por el autor.

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