ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Trabajos Especiales


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2014  •  1.767 Palabras (8 Páginas)  •  403 Visitas

Página 1 de 8

En el presente análisis, se dan a conocer de manera concreta y consisa el acontecer de los trabajos especiales, que no son sino aquellos trabajos en las cuales se requiere una atención o una priorización de acuerdo a su grado de riesgo o su giro laboral.

Es por esro que la Ley Federal del Trabajo hace un parte aguas riguroso para explicar como se describen estos trabajos y están plasmados en la Ley Federal del Trabajo en los artículos 181 al 353-U, los cuales se clasifican en:

• De confianza

• De los buques

• De las tripulaciones aeronáuticas

• Ferrocarrilero

• De autotransportes

• De maniobra de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal

• Del campo

• Agentes de comercio y otros semejantes

• Deportistas profesionales

• Actores y músicos

• A domicilio

• Domésticos

• En hoteles, restaurantes y otros establecimientos análogos Industria familiar

• De médicos residentes en periodos de adiestramiento en una especialidad

• En las universidades e instituciones de educación superior autónomo por ley.

En el presente análisis se abordaran de manera clara cada uno de los trabajos especiales para tener una visión mas objetiva de lo que tratan estos:

1) Trabajadores de confianza

La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.

Asimismo, serán trabajadores de confianza los directores, administradores, gerentes y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento, serán considerados representantes del patrón y en tal concepto lo obligan en sus relaciones con los trabajadores.

Existen restricciones para estos trabajadores, como por ejemplo:

 No podrán formar parte de los sindicatos.

 No serán considerados en los recuentos que se efectúen para determinar la mayoría en los casos de huelga.

 No podrán ser representantes de los trabajadores en los organismos que se integren de conformidad con las disposiciones de la ley.

Es preciso esclarecer que la categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones.

2) Agentes de comercio y otros semejantes

A este tipo de trabajadores la Ley Federal del Trabajo los clasifica en los artículos 285 al 291 y son:

“Los agentes de comercio, de seguros, los vendedores, viajantes, propagandistas o impulsores de ventas y otros semejantes, son trabajadores de la empresa cuando su actividad sea permanente, excepto que no ejecuten personalmente sus actividades o que únicamente intervengan en operaciones aisladas”.

Los salarios de estos trabajadores serán por comisión, se pagará en cuanto se perfeccione la venta del producto, es decir, cuando se ejecute la compra-venta del bien mueble o inmueble, en los casos de que la transacción no se ejecute por causas ajenas al trabajador, el patrón tiene la obligación de pagarle la comisión.

El artículo 291 de la Ley Federal del Trabajo, señala la causa de rescisión de este tipo de contratos, a causa de la disminución importante y reiterada del volumen de las operaciones, salvo que concurran circunstancias justificativas.

3) Deportistas profesionales

Se consideran deportistas profesionales a los jugadores de fútbol, baseball, frontón, box, luchadores y otros semejantes.

Este tipo de contratos se podrán suscribir por tiempo determinado, por tiempo indeterminado, para una o varias temporadas o para la celebración de uno o varios eventos o funciones, solo a falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.

El artículo 294 de la Ley Federal del Trabajo señala el tipo de salario que podrán percibir este tipo de trabajadores y serán por unidad de tiempo, para uno o varios eventos o funciones, o para una o varias temporadas.

Un aspecto controvertido de la reglamentación especial de los deportistas profesionales es lo concerniente a las transferencias, en la Ley Federal del Trabajo se establece que ningún deportista puede ser transferido sin su consentimiento y se fija el pago de una prima al trabajador, que se sujeta a las siguientes normas:

 La empresa o club dará a conocer a los deportistas profesionales el reglamento o cláusulas que la contengan.

 El monto de la prima se determinará por acuerdo entre el deportista profesional y la empresa o club, y se tomarán en consideración la categoría de los eventos o funciones, la de los equipos, la del deportista profesional y su antigüedad en la empresa o club.

 La participación del deportista profesional en la prima será de un veinticinco por ciento, por lo menos. Si el porcentaje fijado es inferior al cincuenta por ciento, se aumentará en un cinco por ciento por cada año de servicios, hasta llegar al cincuenta por ciento, por lo menos”.

También existen obligaciones para este tipo de deportistas, los cuales se encuentran contemplados en el artículo 298 de la Ley Federal del Trabajo, y son:

• Someterse a la disciplina de la empresa o club

• Concurrir

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (10.9 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com