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UNIDAD III EXCLUSIÓN SOCIAL


Enviado por   •  28 de Mayo de 2014  •  4.047 Palabras (17 Páginas)  •  275 Visitas

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Exclusión Social

La exclusión es la falta de participación en la vida social, económica y cultural de sus respectivas sociedades debido a la carencia de derechos y capacidades básicas (acceso a la legalidad, al mercado laboral, a la educación, a las tecnologías de la información, a los sistemas de salud y protección socia) factores que hacen posible una participación social plena. La exclusión social ha existido en las diferentes transformaciones para las que ha evolucionado la sociedad.

Exclusión Social, se entiende como la acumulación de decadencia que impide a las personas ejercen su ciudadanía, tales derechos civiles políticos y sociales. Este termino exclusión social multidimensional en el que se conjugan tres dimensiones generales (educación, trabajo y vivienda) otras dimensiones específicas (edades, género, salud y etnia). Los múltiples nuevos factores que influyen en ella son desde nuevos procesos demográficos, al impacto en el empleo de los cambios en la economía y el déficit de exclusividad del Estado de bienestar.

La exclusión social es un concepto clave en el contexto de la unión Europea para abordar la situación de la pobreza, vulnerabilidad y magnificación de parte de su población. El concepto se ha difundido, aunque más limitadamente, fuera de Europa. La unión Europea proclamó en el año 2010 como año europeo de lucha contra la pobreza y exclusión social.

DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo origen nacional o étnico, color, religión, lengua o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación, interdependiente e indivisible.

Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, e través de los tratados, el derecho internaciones consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional.

El derecho internaciones de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones o de abstenerse de actuar en determinada forma, a fin de promover los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos.

UNIVERSALES E INDIVISIBLES

El principio de universabilidad de los derechos humanos es la piedra de angular del derecho internacional de los derechos humanos.Este principio tal como se destacara inicialmente en la Declaración universal de los Derechos Humanos se ha reiterado en nuevos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la conferencia Mundial de los Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, se dispuso que todos los Estados tenían el deber independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

DERECGO SOCIAL

El modelo capitalista, el estado sus políticas publicas y medios de comunicación, su papel como medio determinante de la exclusión.

LA SALUD COMO DERECHO SOCIAL FUNDAMENTAL.

La salud es considerada como derecho ciudadano fundamental, formando parte del derecho a la vida, desde el 10 de diciembre de 1948, cuando se celebró en París la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobando la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela de 1999, reconoce como un derecho social fundamental, al mismo tiempo que consagra como derecho la mayoría de los determinantes y responsabiliza al Estado de garantizarla, así como organizar al sistema público nacional de salud, vinculado al sistema de seguridad social para garantizar este derecho supremo de salud, el Estado debe promover y desarrollar políticas orientadas a elevar el bienestar colectivo, acceso a servicios y calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas. Significa esto la universalidad de los derechos sociales. Su garantía efectiva de acceso a las políticas, acciones servicios y recursos eliminando de esta manera discriminaciones o barreras que puedan negarlos, impedirlos a limitados.

Aun cuando este consagrado en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en cierta manera de derecho que se conquista día a día con hechos y acciones concretas en la población.

ORDENAMIENTO JURÍDICO VENEZOLANO VIGENTE

Es el conjunto de normas jurídicas que rigen en un lugar determinado en una época concreta. En el caso de los estados democráticos, el ordenamiento jurídico está formado por la Constitución del Estado, que se ejerce como la norma suprema, por las leyes como normas emanadas del poder legislativo (en sus diversos tipos y clases), las manifestaciones de la potestad reglamentaria del poder ejecutivo, tales como los reglamentos, y otras regulaciones como: los tratados, convenciones, contratos y disposiciones particulares.

No se debe confundir el ordenamiento jurídico con el orden jurídico, que se traduce en el conjunto de normas que rigen una determinada área del ordenamiento jurídico.

TRATADOS INTERNACIONALES Y CONVENIOS INTERNACIONALES

Tratados: es el cierre o la finalización de una negociación o disputa, tras haberse debatido y alcanzado un acuerdo.

Tratado internacional: se usa para nombrar a aquel que suscriben actores de derecho internacional y que puede estar formado por una o más herramientas jurídicas vinculadas. Esta herramienta suele utilizarse para fijar límites territoriales o poner fin a un enfrentamiento bélico. Es el instrumento privilegiado e inherente de las relaciones Internacionales. Suponen frente a la costumbre un factor de seguridad. Las obligaciones que expresan por las partes de una forma muy precisa.

Ventajas de los Tratados

• Frente a la costumbre los tratados permiten que todos los Estados que se van a ver comprometidos por él y participen en su elaboración.

• Otra ventaja de los tratados es que sus normas se elaboran con más rapidez que las consuetudinarias aunque estas cristalizan con más rapidez.

Convenio de Acuerdo Internacional: Cuando se unen las opiniones o puntos de vista de sujetos de orden jurídico internacional, sobre cuestiones o problemas que surgen en sus relaciones internacionales se crean los acuerdos internacionales.

Por ejemplo: el Convenio para la Protección de los Derechos

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