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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO . En la ciudad de Guatemala


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2015  •  Biografías  •  927 Palabras (4 Páginas)  •  230 Visitas

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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO

En la ciudad de Guatemala, el veintiocho de febrero del dos mil quince (28/02/2015),  nosotros: por una parte, KEVIN ANTHONY REJOPACHI PIVARAL, de 20 años de edad, de sexo femenino, casado, guatemalteca, Comerciante, de este domicilio y vecindad, me identifico con el documento personal de identificación – DPI- con código único de identificación número mil seiscientos nueve, treinta mil ochocientos veinte, cero ciento uno (1709 42820 0101) expedido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, actúo a título personal, en mi calidad de propietaria individual de la empresa Transportes Fr-Eddy, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la República de Guatemala, a quien en el curso de este instrumento se le podrá denominar "La Empleadora", cuyas oficinas principales se encuentran ubicadas en sexta calle y sexta avenida, del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; y por la otra parte MARÍA CLAUDIA VICENTE DÍAS), a quien en el curso de este instrumento se me podrá denominar "El empleado", de 26 años de edad, de sexo femenino, casada, guatemalteco, de este domicilio y vecindad, me identifico con el documento personal de identificación – DPI- con código único de identificación número 1781 15263 0101  expedido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Encontrándonos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles y en el pleno uso de nuestras facultades mentales y volitivas, celebramos el CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO que se contiene en las siguientes cláusulas:

I.        La relación de trabajo se inició el 28/02/2015.

II.        El Empleado por el presente contrato se obliga a prestar a favor de la Empleadora sus servicios como SECRETARIA, los cuales serán ejecutados

III.        Se establece un período de trabajo semanal alterno de la siguiente forma: a) Una semana el Empleado labora los días lunes, miércoles, jueves, viernes y sábado, descansando los días martes y domingo; y b) La semana siguiente el Empleado labora los días lunes, jueves, viernes, sábado y domingo, descansando los días martes y miércoles.  Los períodos de trabajo detallados en los literales a) y b) se repiten semanalmente en forma alterna. Por la naturaleza de las actividades que desarrolla el Empleado, y de acuerdo a lo que establece el artículo 124 del Código de Trabajo, éste no está sujeto a la jornada ordinaria de trabajo.

IV.        La duración del presente contrato de trabajo es por tiempo indefinido.

V.        En concepto de salario por la prestación de sus servicios, la Empleadora se obliga a pagar mensualmente al Empleado la cantidad de dos mil quinientos quetzales (Q.2500), que le será pagada en moneda de curso legal al final de cada mes calendario, en el lugar de desempeño de las labores.

VI.        El séptimo día, los días de asueto, la bonificación incentivo (Decreto Ley número 78-89 del Congreso de la República, y sus reformas) y demás prestaciones de Ley, se liquidarán al empleado de conformidad con lo establecido en el Código de Trabajo y demás leyes aplicables.

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