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DERECHO DE INTELECTUALES


Enviado por   •  14 de Junio de 2013  •  2.114 Palabras (9 Páginas)  •  224 Visitas

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MARCAS TRIDIMENSIONALES

Son aquellas que se representan de manera volumétrica en tres dimensiones, las más comunes son envoltorios, envases, contenedores y formas de presentación del producto, este tipo de marca es el más complejo para conseguir el reconocimiento al uso exclusivo, la característica principal que se debe demostrar al solicitar su registro es la distintividad de sus dimensiones particularmente cuando se trata de formas o envases carentes de motivos gráficos, de ahí que este tipo de registro es el menos solicitado y con mas índices de rechazo, no solo en México sino también en aquellos países que forman parte o que han uniformado sus leyes nacionales a los principios del Convenio de París.

El carácter distintivo de las Marcas Tridimensionales es constantemente confundido con la función técnica del producto, es decir con un diseño industrial y en ocasiones el registro se obtiene después de constantes solicitudes de registro demostrando que en efecto la forma tridimensional de un producto ha quedado identificada plenamente por el público consumidor, lo más difícil es que naturalmente la marca se aleje lo más posible de su forma habitual o natural, es decir que por ejemplo una botella o contenedor se alejen lo más posible de la forma ordinaria de un contenedor.

DEFINICION

Antes de dar una definición de lo que es marca tridimensional, recordemos que el artículo 134º, literal f) de la Decisión Andina 486º, señala que pueden constituir marcas, entre otros signos, las formas de los productos, sus envases o sus envolturas.

La relación de signos contenidos en el artículo 134º de la Decisión, tiene un carácter enunciativo y no un carácter taxativo; es decir, puede haber otros signos que se consideren marcas, que no están expresamente mencionados en dicho artículo. En general, la Doctrina y la Jurisprudencia nacional y andina, define la marca tridimensional como aquella marca constituida por la forma particular o arbitraria del producto o de su envase; se entiende que se trata de un cuerpo con volumen, que como tal, ocupa las tres dimensiones del espacio: altura, anchura y profundidad.

Así tenemos por ejemplo, que el Tribunal del Indecopi “entiende que, de acuerdo con la Doctrina, marca tridimensional es aquella constituida por formas particulares de los envases, recipientes, embalajes, u otro acondicionamiento de los productos o de la forma de los mismos.”

La definición ha sido evidentemente útil, especialmente si se tiene en cuenta que la forma de los productos o sus envases, son el primer tipo de forma tridimensional que ha sido usado en el comercio con fines distintivos, razón por la cual en un momento dado, se vio por conveniente su protección.

En efecto, entre las primeras marcas tridimensionales protegidas, están aquellas que consistieron en la forma del producto o su envase, como es el caso de la forma tridimensional de la botella Coca Cola.

DISEÑO INDUSTRIAL

El diseño industrial es la disciplina orientada a la creación y al desarrollo de los productos industriales (que pueden ser producidos en serie y a gran escala). Como toda actividad de diseño, se pone en juego la creatividad y la inventiva.

Actualmente el diseño industrial es un campo fundamental en áreas tales como la automoción, la juguetería, la industria electrónica o el sector del mueble, entre otras. En este último caso, por ejemplo, el diseño industrial es esencial a la hora de poder crear mobiliario ergonómico, funcional y cómodo que permita que cualquier usuario no sólo pueda hacer uso del mismo de una forma sencilla sino también que sea confortable.

El diseño forma parte del desarrollo humano. Con la aplicación de nociones del diseño, el hombre ha podido evolucionar y satisfacer sus necesidades. El surgimiento de la industria implicó la aparición de una nueva área de aplicación para el diseño.

LA PROTECCIÓN COMO PROPIEDAD INDUSTRIAL

Es una protección más completa, pero de duración más reducida, pues según los convenios internacionales, como por ejemplo el Tratado sobre los Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) la duración mínima es de 10 años. La mayor parte de los países ofrece una duración máxima de 25 años.

Para que un diseño industrial pueda ser protegido mediante propiedad industrial ha de cumplir una serie de requisitos, estando fijada por el ADPIC las condiciones de los requisitos. Así se suele pedir novedad y carácter singular. El primero de los requisitos es que no exista nada igual, mientras que el segundo establece que no exista nada parecido.

Para la mayor parte de las legislaciones, el diseño no debe poseer una función técnica, sino que su objetivo debe ser únicamente la estética. En el caso de poseer una función técnica, se protegerá mediante una patente o un modelo de utilidad.

Otro requisito no tan generalmente aceptado es el de visibilidad, es decir, que la parte donde se aporta el diseño se vea en el uso normal del producto.

ELEMENTOS CONCORDANTES Y DIFERENCIAS ENTRE LAS MARCAS TRIDIMENSIONALES Y EL DISEÑO INDUSTRIAL

Ley de Propiedad Industrial decreto legislativo N 823 prescribe en el articulo 102 lo siguiente

ARTÍCULO 102.-SERÁN REGISTRABLES LOS NUEVOS DISEÑOS INDUSTRIALES.

Se considerará como diseño industrial, cualquier reunión de líneas o combinación de colores o cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, que se incorpore a un producto industrial o de artesanía para darle una apariencia especial, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto y sirva de tipo o patrón para su fabricación. No serán registrables los diseños industriales referentes a indumentaria, ni aquellos que sean contrarios a la moral, al orden público o a las buenas costumbres.

Artículo 128.- MARCAS DE PRODUCTOS Y DE SERVICIOS

Se entiende por marca todo signo que sirva para diferenciar en el mercado los productos y servicios de una persona de los productos o servicios de otra persona. Podrán registrarse como marcas los signos que sean perceptibles, suficientemente distintivos y susceptibles de representación gráfica, entre ellos los siguientes:

a) Las palabras reales o forjadas o las combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar a las personas;

b) Las imágenes, figuras, símbolos,

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