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Sizaha18 de Noviembre de 2014

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INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

UNIDAD PROFESIONAL “LÁZARO CARDENAS”

ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN SANTO TOMAS.

MARCO LEGAL

2NV2.

UNIDAD 3: MARCO NORMATIVO DEL DERECHO ADUANERO MEXICANO

INTEGRANTES:

• Aguilar Hernández Valeria Sizaha

• Contreras Contreras Carlos Yair

• García Marañón Diana

• García Cruz Geovanny Samuel

• Lacayo Linares Guadalupe

• Valencia Vázquez Jennifer

“La técnica al Servicio de la Patria”

18 de Noviembre del 2014.

Introducción

En la unidad tres se tiene como objetivo aplicar los lineamientos generales que establece la operación aduanera mexicana cumpliendo con los requisitos que marca la legislación vigente, para que cumplan en tiempo y forma las actividades comerciales de las empresas importadoras y exportadoras, comprendiendo las reglas y requerimientos que estas manejan.

Comprender mejor los pasos y procedimientos que se requieren para apoyo a la carrera de negocios internacionales, manejando tanto las leyes aduaneras como las cuotas y los papeles que se necesitan, también una introducción a términos técnicos que la carrera emplea como lo son los recintos fiscales, métodos de valoración, regímenes aduaneros, entre otros.

La unidad llamada “Marco normativo del derecho aduanero mexicano”

Explica como ya se dijo todos los procesos para llevar correctamente una importación o exportación y los puntos que se deben tomar en cuenta para su realización exitosa.

Índice:

Introducción

3.1 Marco constitucional del derecho aduanero mexicano, tratados internacionales

3.2 Entrada y salida de las mercancías del territorio nacional.

3.2.1 recintos fiscales y fiscalizados

3.2.2 Depósitos ante la aduana y abandono

3.2.3 Despacho aduanero y reconocimientos aduaneros

3.3 Distribuciones y cuotas compensatorias.

3.3.1 Métodos de valoración.

3.3.2 Fechas de causación de pago.

3.3.3 Responsabilidades y obligaciones de contribuyentes y operadores.

3.4 Regímenes aduaneros definitivos, temporales, depósito fiscal, transito elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico.

3.5 Franja y región fronteriza

3.6 Autoridades fiscales y atribuciones.

3.6.1 facultades, infracciones y sanciones.

3.6.2 Agentes y apoderados aduanales.

3.6.3 Infracciones o sanciones.

3.6.4 Embargo precautorio.

Conclusiones finales

Bibliografía 

UNIDAD TEMÁTICA III “MARCO NORMATIVO DEL DERECHO ADUANERO MEXICANO”

3.1 Marco constitucional del derecho aduanero mexicano. Tratados Internacionales.

El derecho aduanero es importante para el país dado a que su legislación por la cual se integra este orden jurídico determina y da dirección a una gran parte de la economía nacional, tan es así que una norma jurídica aduanera decide que mercancías y efectos entran al país, así como los impuestos y medidas arancelarias que deberán cubrir estos.

Por lo anterior, considere necesario dejar en claro algunos conceptos los cuales he tomado, de acuerdo al incipiente criterio de un servidor, que son los más explícitos, excluyendo, de tal forma los que tienen un enfoque diferente, considerando que de los conceptos que se analicen servirán de punto de partida para entrar de lleno al papel que juegan las aduanas en el ambiente jurídico económico del país.

El profesor chileno Octavio Gutiérrez Carrasco manifiesta que el derecho aduanero es "el conjunto de normas legales que determinan el régimen fiscal a que deben someterse los intervinientes en el tráfico internacional de mercancías a través de fronteras nacionales o aduaneras, por la vía marítima, terrestre, aérea, y postal; que organiza el servicio público destinado a su control, le fijan sus funciones, señalan las clases y formalidades de las operaciones sobre tales mercancías y establecen por último los tribunales especiales y el procedimiento de las causas a que dichos tráficos dieren lugar".

Al respecto Efraín Polo Bernal, afirma; derecho aduanero es un conjunto de normas jurídicas, instituciones, y principios de derecho público que se aplican al tráfico y desempeño de los bienes, mercancías o efectos que entran y salen del país, determinado, al gravamen, así como a su afectación económica y social.

De lo anterior se desprende:

• Que el derecho aduanero comprende normas coactivas.

• Que regulan actividades dentro del comercio exterior.

• Regula las actividades de importación y exportación, así como las operaciones con las diferentes mercancías y efectos.

• Regula los procedimientos de la materia en comento.

Y el último y el más importante considerando el tema en tela de juicio:

• La relación que tiene tanto directa como indirectamente con la afectación económica y social del país desprendido de su orden jurídico.

Como podemos apreciar el derecho aduanero, necesita de una herramienta, de un organismo por medio del cual se ejerza este poder coactivo y esa institución es lo que llamamos aduana, la cual veremos a continuación en el siguiente capítulo, para su mejor entendimiento.

MARCO CONSTITUCIONAL DEL DERECHO ADUANERO

1. Faculta al Presidente de la Republica, a establecer toda clase de puertos, aduanas, Marítimas y Fronterizas; (Art. 89 Fracc. XIII)

2. Faculta al Congreso de la Unión a establecer contribuciones sobre el Comercio Exterior. (Entendiéndose como comercio exterior la compra-venta de mercancías en el extranjero) (Art. 73 Fracc. XXIX)

3. Obliga los mexicanos a contribuir con el Gastos Públicos de la Federación. (Art 31 Fracc IV)

4. Prohíbe a los Estados gravar directamente o indirectamente la entrada o salida de mercancías de procedencia extranjera; así como gravar la circulación o consumo de efectos nacionales o extranjeros con impuestos o derechos, cuya exacción (acción y efecto de exigir impuestos) se realice por aduanas locales; expedir o mantener en vigor leyes o disposiciones fiscales que importen por diferencia de impuestos o requisitos por razón de la procedencia de mercancía nacional o extranjera. Tampoco pueden sin consentimiento del Congreso de la Unión, establecer derechos de tonelaje, ni otro alguno de puertos ni imponer contribuciones o derechos sobre importaciones o exportaciones (Art. 117 Fracc. V, VI y VII)

5. Señala que es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten o que pasen de tránsito por territorio nacional, así como reglamentar y prohibir, por motivos de seguridad o de policía; (Art 131)

6. Establece que todos los tratados celebrados por el presidente de la republica con aprobación del senado, (junto con la Carta Magna y las Leyes Federales) serán la Ley Suprema de la Federación. (Art 133)

Ejemplo: Por ejemplo el Presidente de la república estableció al puerto de Altamira para Aportar valor a las cadenas productivas a través del desarrollo del complejo industrial y portuario de Altamira en forma sustentable ecológica, económica y socialmente, mediante la generación de infraestructura y servicios de clase mundial, para satisfacer oportunamente las demandas y necesidades de nuestros clientes y del mercado, fomentando la inversión pública y privada en el establecimiento de terminales especializadas e instalaciones industriales, que impulsen el comercio, la generación de empleo y el desarrollo de la región.

3.2 Entrada y salida de las mercancías del territorio nacional

Las mercancías podrán introducirse al territorio nacional o extraerse del mismo mediante los siguientes medios o tráficos:

• Marítimo

• Terrestre

• Aéreo

• Fluvial

• Por cualquier otro medio de conducción autorizado

• Vía Postal

La entrada o la salida de mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga transbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes deben efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábiles. Quienes efectúen su transporte por cualquier medio están obligados a presentar dichas mercancías ante las autoridades aduaneras, junto con la documentación exigible.

La autoridad aduanera, a petición de parte interesada, podrá autorizar que los servicios del despacho aduanero y servicios conexos sean prestados por el personal aduanero en lugar distinto del autorizado o en día u hora inhábiles. Las aduanas podrán proporcionar los servicios de despacho aduanero en lugar distinto del autorizado, así como días y horas inhábiles, en los casos en que el servicio lo amerite, siempre y cuando existan causas debidamente justificadas para ello.

Ejemplo: El puerto de Veracruz tiene una importante participación en el nivel Nacional de mercancías importadas tales como: Automóviles con un 75%, carga a granel de un 30%, carga agrícola a granel con un 47% y diversas mercancías transportadas en contenedores con una participación del 38%. Los destinos más usuales de las mercancías que llegan por el puerto de Veracruz son: Oaxaca, Jalisco, Michoacán, Chiapas, Tabasco, Guanajuato, Hidalgo, Puebla, Distrito Federal, Estado de México

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