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Procedimiento De Derecho De Autor


Enviado por   •  9 de Febrero de 2015  •  1.741 Palabras (7 Páginas)  •  267 Visitas

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OFICINA JURÍDICA PÉREZ MATOS Y ASOCIADOS

Manz. 4691, edif. 1, apto. 4D del sector invivienda, Santo Domingo este

Teléfonos No. 809-728-2303 y 809-467-0207

Al : LIC. NOEL BÁEZ

Honorable Magistrado Procurador Fiscal del Distrito

Nacional

De la : LIC. SONNIA PÉREZ MATOS

Abogado del querellante

Querellante : VICTOR MANUEL LEBRÓN JIMENEZ

Querellado : ATELIER PICTÓRICO DE SANTIAGO

Contra Violación : Ley 65-00, de Derecho de Autor

Anexos 1- fotografías reproducidas

2- copia de la cédula del querellante

Honorable Magistrado:

Quien suscribe, la LIC. SONNIA PEREZ MATOS, Abogado de los Tribunales de la República, dominicano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad y electoral No. 069-0004116-8, con estudio profesional abierto al público en la manz. 4691, edif.1, apto. 4D, invivienda, Municipio Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo, con teléfono número (809)728-2303, oficina de abogados donde se hace formal elección de domicilio para todas las consecuencias legales del presente acto, actuando a nombre y en representación de VICTOR MANUEL LEBRON JIMENEZ, dominicano, mayor de edad, fotógrafo, titular de la cédula de identidad y electoral número No.049-0013825-8, de este domicilio y residencia, tiene a bien querellarse en materia de derecho de autor con constitución en actor civil, en vistas a lo cual expone lo que sigue:

DESCRIPCION DE LOS HECHOS

POR CUANTO: que en fecha 15 de enero el señor VICTOR MANUEL LEBRON JIMENEZ, realizó una sección de fotografía en la Autovía de Semana, las cuales luego en fecha posterior fueron reproducidas por el señor ATELIER PICTÓRICO DE SANTIAGO, otorgándose el derecho de propiedad de las mismas.

POR CUANTO: que en fecha 23 de diciembre del 2009 el señor VICTOR MANUEL LEBRON JIMENEZ (parte querellante), compareció a la vista de violación de derecho de autor contra el señor ATELIER PICTÓRICO DE SANTIAGO, por haber violado la ley 65-00, sobre derecho de autor.

POR CUANTO: En la edición de marras figura como autor al querellante, VICTOR MANUEL LEBRON JIMENEZ. Respecto del autor, la citada ley 65-00 dispone que se tendrá como tal, salvo prueba en contrario, a la persona cuyo nombre, seudónimo, iniciales o cualesquier otras marcas o signos convencionales que sean notoriamente conocidos como equivalentes al mismo nombre, aparezcan en dicha obra o en sus reproducciones, o se enuncien en la comunicación o cualquiera otra forma de difusión pública de la misma.

POR CUANTO: que se sancione con una indemnización por daños y perjuicios al señor ATELIER PICTÓRICO DE SANTIAGO, por haber violado el art. 2 numeral 8 de la ley 65-00, el cual establece que “las obras fotográficas a las cuales se asimilan las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía”

POR CUANTO: que se ordene al señor ATELIER PICTÓRICO DE SANTIAGO, a pagar la suma de quinientos mil pesos oro (RD$ 500.000), a favor y provecho del señor VICTOR MANUEL LEBRON JIMENEZ, según lo establece el Art. 177, párrafo III de la ley 65-00.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ATENDIDO: A que en los términos del artículo 154 de la Ley de Derecho de Autor, citada, La protección al derecho de autor y los derechos afines es independiente de toda formalidad y, en consecuencia, la omisión del registro no perjudica los derechos reconocidos en esta ley,

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