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Autoevaluaciones De Teoría General Del Proceso


Enviado por   •  8 de Julio de 2013  •  2.107 Palabras (9 Páginas)  •  1.329 Visitas

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AUTOEVALUACIÓN DEL TEMA I

1.- Diga usted el concepto de litigio.

Carnelutti. Expresa respecto del litigio, lo siguiente: Llamo litigio al conflicto de interesas calificado por la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia del otro

Alcalá,-Zamora y Castillo, nos dice: ….ha de implica… trascendencia jurídica.

Concluye, más adelante, en el sentido de que el concepto de litigio: ….ha de dilatarse, en el sentido de rehuir específicamente contrarias a su verdadero alcance y, por tanto, que por litigio debe entenderse, sencillamente….el conflicto jurídicamente trascendente, que constituya el punto de partida o causa determinante de un proceso, de una auto composición o de una autodefensa.

2.- ¿Cuáles son los medios que para solucionar un litigio registra la doctrina?

El medio de la comunicación procesal, por tanto, es el vínculo, forma o procedimiento por el cual se trasmiten ideas y conceptos (peticiones, informaciones, órdenes de acatamiento obligatorio, etc.) dentro de la dinámica del proceso y para la consecución de los fines de éste

3.- Explique la clasificación de los medios para solucionar litigios.

La conciliación es una figura sin vida propia, pues si llega a triunfar, es decir, si a través de la conciliación se resuelve el litigio.

El arbitraje, si es un genuino equivalente jurisdiccional, es o constituye un verdadero proceso, llevado ante jueces privados no profesionales, ni estatales

Alcalá-Zamora, señala la autodefensa o auto tutela

4.- A que medio para solucionar un litigio corresponden el desistimiento, el allanamiento y la transacción

La autocomposición, es el segundo gran grupo de formas de solución de los conflictos de intereses. Carnelutti distingue entre “ ….la composición del litigio que efectúen las partes, o autocomposición, de la que lleve a cabo el juez, o heterecomposiciòn

5.- Diga usted a que medio corresponden el arbitraje y el proceso jurisdiccional

La heterocomposiciòn, y es una forma evolucionada e institucional de solución de la conflictiva social e implica la intervención de un tercero ajeno e imparcial al conflicto.

6.-¿En qué consiste el Desistimiento y su clasificación?

El Desistimiento puede ser definido como una renuncia procesal de derechos o de pretensiones. Al efecto, es necesario que nos refiramos a los tres tipos de desistimiento

- desistimiento de la demanda

- desistimiento de la instancia, y

- desistimiento de la acción

7.- Mencione los conceptos de Allanamiento, Transacción y Desistimiento, indicando las especies de ésta última figura jurídica.

El allanamiento es una conducta o acto procesal que implica el sometimiento por parte del demandado o de quien resiste en el proceso, a las pretensiones de quien acciona. Es una conducta característica del demandado o resistente respecto de las pretensiones del actor dentro del proceso

La transacción: El Código Civil para el D.F. prescribe “es un contrato por el cual las partes haciéndose recíprocas concesiones terminan una controversia presente o previenen una futura.

Desistimiento: El CPC para el D.F. expresa que el desistimiento de la demanda (debería decir de la instancia), que se realice con posterioridad al emplazamiento, requerirá el consentimiento del demandado (rectius, derecho o pretensión), distingue ésta aun sin consentirlo el demandado. Los arts. 230, 192 y 194 de los Códigos de Procedimientos de las Entidades Federativas se refieren a ésta problemática

8.- ¿En que consiste el Arbitraje y su diferencia respecto del Proceso?

El arbitraje sì es un genuino equivalente jurisdiccional, , además constituye un verdadero proceso llevado ante jueces privados, no profesionales, ni estatales, queda todavía el problema relativo a desentrañar si lo que hacen ahí los jueces privados es o no jurisdicción.

Alcalà-Zamora y Castillo “…La sustanciación de un litigio ante jueces privados origina, no ya un equivalente sino un auténtico proceso jurisdiccional…” Es de admitirse que el arbitraje sea la figura más para procesal de todas las imaginables, puesto que es el fenómeno mas cercano a lo procesal y a lo jurisdiccional, y, lo es tanto, que se ha llegado a sostener su carácter plenamente jurisdiccional y procesal.

9.- ¿Cuál es la diferencia que existe entre la auto tutela y la autodefensa?

La legítima defensa reglamentada por el Código Penal, posiblemente la figura más típica de la auto tutela, puede ser como lo expresa el precepto comentado, para defensa de bienes jurídicos propios o ajenos. Por lo demás, el término auto tutela, y otro tanto sucedería con el vocablo autodefensa implicarían que quedasen fuera de la figura”… no pocas de las manifestaciones que en la misma se incluyen…” como lo serian la defensa o el patrocinio personal, los casos en que la defensa presuponga un ataque, y la hipótesis citada por el mismo autor, referida al duelo.

Conceptos como litigio, autocomposición, autodefensa, etc. De hecho se pueden dar fuera e independientemente del proceso, lo cual no le resta legitimación a la ciencia procesal para ocuparse de ellos, por la íntima relación que presentan con el proceso y con los fenómenos procesales.

AUTOEVALUACIÓN TEMA II

1.- Diga donde aparece la organización judicial.

R.-Aparece en España consignada, más que en los cuerpos de legislación general, más o menos influidos por ideas romanas, en los fueros de las ciudades, donde el derecho se manifiesta con mayor espontaneidad.

2.- Mencione algunos de los ordenamientos de la evolución del derecho Español.

R.-Código de las partidas de 1265

-Ordenamiento de Alcalá de 1348

-Ordenamiento Real de 1485

-Las ordenanzas de Medina 1489

-Las ordenanzas de Madrid 1502

-Las ordenanzas de Alcalá 1503

-Las Leyes de Toro 1503

-La

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