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CAPITULO II. REFERENTES GENERALES SOBRE LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE AUTOR EN CHILE, SAMOA, COREA DEL SUR Y MÉXICO.


Enviado por   •  26 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  1.270 Palabras (6 Páginas)  •  294 Visitas

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CAPITULO II.

REFERENTES GENERALES SOBRE LA PROTECCIÓN DE DERECHOS DE AUTOR EN CHILE, SAMOA, COREA DEL SUR Y MÉXICO.

El presente trabajo de investigación tiene como finalidad exponer la evolución de las regulaciones jurídicas sobre los derechos de autor en Chile, Samoa, Corea del Sur y México a través de sus acontecimientos más significativos durante la historia de manera particular e individual en cada uno de ellos. Con ello se pretende contribuir al enriquecimiento de datos así como de aspectos relevantes de su marco jurídico que han contribuido a su mejora.

2.1. Parámetros para realizar el análisis histórico.

Para la realización de la investigación sobre los antecedentes históricos de las regulaciones jurídicas de derechos de autor se determinaron los siguientes parámetros.

1. Alcance de la regulación jurídica sobre derechos de autor.

2. Características de la regulación jurídica de derechos de autor.

3. Identificar las modificaciones que ha tenido la regulación jurídica de derechos de autor.

4. Organismos que han apoyado la regulación jurídica de derechos de autor (nacional/internacional).

5. Nivel de mejora que han causa las modificaciones a las regulaciones jurídicas de derechos de autor.

2.1.1.1. Etapas del desarrollo de las regulaciones jurídicas sobre la protección de derechos de autor en Chile.

2.1.1.2. Análisis de etapas.

Inicio de la regulación sobre derechos de autor.

1834 – 1849 Una característica notable en la creación de la regulación jurídica sobre derechos de autor es que controlo y ayudo a dirimir controversias entre los mismos autores.

Reformas a la regulación jurídicas.

1850 -- 1869 Se identifica la modificación de la regulación jurídica Ley 9.549 de derechos de autor, se extendió el plazo a cincuenta años luego de la muerte del autor, para que la familia del autor ya fallecido tenga una mayor explotación económica sobre las creaciones que a ya elaborado el autor.

Creación –Organizaciones de protección.

1870 –1946 El organismo que ha apoyado la regulación jurídica de derechos de autor nacionalmente fue el Departamento de Derechos Intelectuales, tiene a su cargo el Registro de Propiedad Intelectual, la atención de las consultas e informes que formulen o soliciten los particulares y los servicios públicos y el asesoramiento del Gobierno en todo lo relativo a derechos de autor, derechos conexos y materias afines.

Convenios internacionales.

1947 - 1991 Convención interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas. Que permite crear una mejora en cuanto a las regulaciones jurídicas de los derechos de autor con muchas naciones creando leyes de manera universal.

Adhesión a convenios.

1992 – 2009 Un alcance contundente que ha creado la regulación sobre derechos de autor es que se ha creado un Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, que Chile firmó y ratificó, esto es internacionalmente, para proteger las creaciones de los autores.

Eliminación de plazos-normas.

2010 – 2013 Se identifica la modificación de la regulación jurídica sobre derechos de autor en la cual se elimina una norma excepcional que establecía la extensión del plazo de protección más allá de los 70 años, ya que anteriormente se estaba causando controversias entre familias de los autores ya fallecidos.

Modificaciones.

2014 –2015 Las modificaciones a la regulación jurídica de derechos de autor se deriva a la norma 3 para las autorizaciones de hacer determinados usos de obras protegidas requiriendo de la autorización del titular, de esta manera se protegen de cualquier tipo de plagio o de cualquier tipo de daños a su obra.

2.1.3.1.Etapas del desarrollo de las regulaciones jurídicas sobre la protección de derechos de autor en Samoa.

2.1.3.2. Análisis de etapas.

Primera ley de derechos de autor.

1998- 2010 Conocimientos tradicionales, Derecho de autor, Expresiones culturales tradicionales, Observancia de las leyes de PI y leyes conexas. Por primera vez se regulan los derechos de autor en Samoa, implementando una mejora en su marco jurídico interno.

Modificación de ley sobre

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