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DE LA OBLIGACIÓN EN GENERAL


Enviado por   •  5 de Julio de 2013  •  944 Palabras (4 Páginas)  •  474 Visitas

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Las Institutas de Justiniano, en donde se expresaba: “Obligatio est iuris vinculum quo necessitate adstringimur alicuis solvenda rei secundum nostrae civiatis iura”, lo cual significa: “La obligación es el vínculo jurídico por virtud del cual una persona denominada deudor, se encuentra constreñida a ejecutar algo a favor de otra persona, denominada acreedor de acuerdo a las leyes de nuestra ciudad”.

La palabra “obligatio” se integra por el prefijo “ob”, que significa: por causa, en virtud de, alrededor de; así como por la raíz “ligatio”, que expresa: atadura, ligamen; por lo cual, con esta palabra latina se daba a entender originalmente la acción y efecto por los cuales un “hombre libre”, en virtud o por causa de una deuda, quedaba “ligado o vinculado” a su acreedor, hasta en tanto tuviera lugar su pago o cumplimiento.

“Según la teoría de BONFANTE, la obligación romana nació –en tiempos arcaicos-, dentro del terreno de los delitos. La comisión de un delito hacia surgir, a favor de la victima o de su familia, un derecho de venganza,…el cual mediante una “compensación”, podía transformarse en el derecho de la víctima o su familia, para exigir cierta prestación, un miembro de la familia del culpable quedaba “ob-ligatus”, o sea, “atado” en la domus de la víctima, como un especie de rehén”.

El empleo del vocablo “vinculo”, par asociar o relacionar a los sujetos de la misma, resultaba bastante acertado, toda vez que éstos se encontraban la íntima e indisolublemente ligados entre sí, que la única forma de extinción de la obligación distinta de la del pago, la constituía la muerte del deudor.

ROJINA VILLEGAS: “Se ha considerado que la idea de vínculo jurídico correspondía al concepto de la obligación primitiva en el derecho romano, por cuanto a que efectivamente el deudor estaba vinculado al acreedor. Este ejercía un verdadero poder jurídico sobre su persona, libertad y patrimonio. Por esto, en el caso incumplimiento, tal poder jurídico podía llegar al extremo de hacer coacción sobre la persona misma del deudor, someterlo a trabajos forzados o privarlo de la vida, en determinadas circunstancias. Como medida de precaución, el incumplidor permanecía en casa de acreedor, atado de cadenas. Se llamaba obligati, aludiendo a su estado material. El obligado es, un individuo encadenado por otro a quién le debe algo en forma de nexum”.

La rigidez original del vínculo existente entre el acreedor y el deudor, en su evolución histórica, gradualmente sufrió modificaciones: “Según se fue intensificando la vida comercial, se simplificó el nexum: el deudor se ofrecía a sí mismo como responsable, pero el acreedor posponía la “atadura” hasta el momento del incumplimiento. Si el deudor no pagaba puntualmente, entonces seguía la manusinectio… El acreedor se llevaba entonces al deudor a una cárcel privada, donde lo retenía durante sesenta días, mostrándolo tres veces en el mercado, para ver si alguien quería liberarlo, pagando la suma debida”.

Radicalmente

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