ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Colectivo


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2012  •  8.281 Palabras (34 Páginas)  •  322 Visitas

Página 1 de 34

INTRODUCCIÓN.

El movimiento sindical frecuentemente practica la política de conciliación de clases. Por lo tanto, se puede afirmar que existe una vinculación entre dicho movimiento y los partidos políticos a la cual quedan subordinados los intereses de la clase obrera, ahora llamada clase trabajadora, expresión ésta que implica una distorsión conceptual, puesto que se generaliza, la condición del trabajo hacia todas aquéllas personas que pueden ser fuente de producción, pero no asalariado. Hasta ahora hemos podido constatar que los dirigentes obreros conservan el viejo lenguaje de la defensa de los "intereses de la clase obrera". De manera que en el seno del movimiento sindical persiste la concepción relacionada con que el movimiento sindical debe servir a los intereses de la clase obrera". Sin embargo, a lo largo de la historia del movimiento sindical podemos apreciar que la defensa de los intereses de la clase obrera son puramente económicos y muy restringidos, practicando de tal manera, una política de conciliación de clases, puesto que creen que la conciliación de clases es el fundamento mejor de la democracia y evita los riesgos inherentes al sistema democrático.

DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.

CONCEPTOS.

Es el que tiene por contenido principal la regulación de las relaciones jurídicas entre empresarios y trabajadores, y de unos y otros con el estado, en lo referente al trabajo subordinado, y en cuanto atañe a las profesiones y a la forma de prestación de los servicios, y también en lo relativo a las consecuencias jurídicas mediatas e inmediatas de la actividad laboral dependiente. (Guillermo Cabanellas).

Conjunto de los principios y normas jurídicas destinados a regir la conducta humana dentro de un sector denominado sociedad, el que limita al trabajo prestado por trabajadores dependientes, comprendiendo todas las consecuencias que en la realidad surgen de ese presupuesto básico y cuyo sentido intencional apunta a lo jurídico. (Ernesto Krotoschin).

Es el que establece normas sobre asociaciones profesionales, convenios colectivos, conciliación y arbitraje, huelga, desocupación y lock out, también incluye en el las normas sobre previsión social, si bien la doctrina discrepa sobre la exactitud de tal absorción. (Manuel Ossorio).

SUJETOS DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.

De forma expresa el Reglamento de la Ley Orgánica de Trabajo señala en su (art 114), que se consideran sujetos colectivos del derecho del trabajo y, por tanto, titulares de la libertad sindical a los siguientes:

1. Las organizaciones sindicales de primero, segundo y tercer grado.

2. Las coaliciones o grupos de trabajadores.

3. Los colegios profesionales y las cámaras patronales.

4. Las demás organizaciones de representación colectiva de los intereses de trabajadores y empleadores.

ASPECTOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO COLECTIVO

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contiene las bases que, en la relación con las que quedaron establecidas en la Constitución de 1961, o en la Constitución de 1947, representan un significativo avance. La Constitución de 1947 fue la primera en incorporar los derechos sociales que, luego de la interrupción y retroceso habidos en la Constitución de 1953, fueron retomados y mejorados en la constitución de 1961, siendo caracterizadores de una Constitución propia de un Estado Social de Derecho.

Esta Constitución Bolivariana fue sancionada por la Asamblea Nacional Constituyente el 16 de noviembre de 1999, aprobada en referendo popular del 15 de diciembre de 1999 y publicada en Gaceta Oficial N 36.860, del 30 de diciembre de 1999; fecha de su entrada en vigencia. Posteriormente ocurrió su segunda publicación en Gaceta (N 5.453 ext.), el 24 de marzo de 2000, para incorporar la Exposición de Motivos y subsanar errores gramaticales y de sintaxis en algunos artículos o simplemente mejorar su estilo. Citaremos en este punto las siguientes artículos y disposiciones contenidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Art 19 CRBV;( Protección de Derechos Humanos): el Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la Republica y con las leyes que los desarrollen.

Art 27 CRBV;( Recurso de Amparo): toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

Art 95 CRBV; (Sindicatos): todo trabajador sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tiene derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como a afiliarse o no a ellas, de conformidad con la ley.

Estas organizaciones no están sujetas a intervención, suspensión o disolución administrativa. Los trabajadores están protegidos contra todo acto de discriminación o de injerencia contrario al ejercicio de este derecho. Los promotores y los integrantes de las directivas de las organizaciones sindicales gozarán de inamovilidad laboral durante el tiempo y en las condiciones que se requieran para el ejercicio de sus funciones.

Así como los siguientes artículos 96, que nos hace referencia a los contratos colectivos y el art 97 al derecho a la huelga y las disposiciones transitorias cuarta (numerales 3y4 de la CRBV) la cual nos reza al mandato Constituyente a la Asamblea Nacional, para que en el transcurso del año de la instalación de esta última proceda a sancionar la reforma de la LOT para un nuevo régimen, para el cálculo de prestaciones sociales y una nueva regulación de la jornada de trabajo, por una parte; y por la otra, para que proceda a la sanción de una nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo orientada por los principios de gratuidad, celeridad, oralidad, inmediatez, prioridad de la realidad o de los hechos, la equidad y rectoría del juez en el proceso.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (55.3 Kb)  
Leer 33 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com