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Derecho Conflictual


Enviado por   •  24 de Febrero de 2013  •  5.597 Palabras (23 Páginas)  •  1.159 Visitas

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CONCEPTOS GENERALES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.

El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son las normas internas de los estados en materia civil, los tratados internacionales, los convenios y acuerdos entre las naciones, así como el papel que desempeñan los organismos internacionales en materia de regulación del derecho de las personas.

El Derecho Internacional Privado es la rama del derecho que se ocupa del estudio del llamado derecho de gentes o derecho que regula la situación jurídica de las personas en el ámbito internacional.

El objeto de estudio del Derecho Internacional Privado son las normas internas de los estados en materia civil, los tratados internacionales, los convenios y acuerdos entre las naciones, así como el papel que desempeñan los organismos internacionales en materia de regulación del derecho de las personas.

CONCEPTO DE DERECHO INTERNACIONAL

Conjunto de normas que regula las relaciones reciproca de nación a nación, como personas morales que son y tienen, como los individuos el derecho de asegurar su existencia y su independencia. Resultados de los deberes y derechos reciproco que se derivan de esa relación entre los diversos estados y naciones, estos estipulan convenios o tratados por medio de los cuales se obligan unos respectos de otros.

El Derecho de gentes o Derecho Internacional Público se ocupa, esencialmente, de regular las relaciones entre los Estados o mejor entre los sujetos de derecho internacional, puesto que ambos términos no son sinónimos. Es decir que los únicos sujetos del Derecho Internacional Público nos son los Estados, han surgido otros como por ejemplo: El Vaticano y las organizaciones internacionales, los cuales son capaces de adquirir derechos y obligaciones de Carácter internacional.

PARTES EN QUE SE DIVIDE SU CONTENIDO

Antes de explicar las divisiones del Derecho Internacional Público es conveniente destacar que existe una división principal del Derecho Internacional, que es la que lo divide en Derecho Internacional Público y Derecho Internacional Privado:

Derecho Internacional Público:

Es el que regula las relaciones entre los Estados y demás sujetos de Derecho Internacional Público.

Derecho Internacional Privado:

Este se ocupa de la condición de las personas, cosas y actos considerados desde el punto de vista de la legislación nacional o extranjera.

En otras palabras, el Derecho Internacional Privado se ocupa de regular las relaciones entre particulares o entes que actúan a título particular y la Ley que debe prevalecer en las relaciones de Derecho Privado, preocupándose por organizar jurídicamente la vida privada de la comunidad internacional.

El Derecho Internacional Público esta dividido de la siguiente manera:

Las Divisiones Clásicas:

Una división clásica del Derecho Internacional Público es la que lo divide en tiempo de paz y en tiempo de guerra. Esta división proviene de hecho de que el Derecho Internacional Público es realmente muy diferente en una época y otra, porque sus normas y principios se aplican a realidades en efecto diferentes. Esta división, que aún en estos últimos años han conservado algunos autores, proviene de la que en la materia hizo por primera vez Hugo Groscio en su libro “De jure belli ac pacis”, o sea, del Derecho de la guerra y de la paz.

Otra igualmente clásica es la división del Derecho Internacional público en Derecho Internacional Público natural, ideal, y Derecho Internacional Público Positivo:

Derecho Internacional Público Natural:

Podemos definir a este Derecho como”el Derecho teórico, tal como lo concibe la razón, tal como debiera ser tomado en cuenta las mejores aspiraciones humanas y la convivencia de los Estados”.

Derecho Internacional Público Positivo:

Se puede considerar también como Derecho Efectivo o vigente, es el conjunto de reglas que se encuentran en vigor en la comunidad internacional en un momento determinado.

Las divisiones Modernas:

Según Antonio Sánchez de Bustamante (1934: 26-38) el Derecho Internacional Público se divide en:

Derecho Internacional Público Constitucional, que es aquel que se ocupa del nacimiento, formación y extinción de las personas jurídicas internacionales.

Derecho Internacional Público Administrativo, que es el que trata de las funciones de esta categoría, realizadas por dichas personas jurídicas.

Derecho Internacional Público Civil, es el que se refiere a ciertos actos e instituciones de carácter civil realizados por estas personas de Derecho Internacional.

Derecho Internacional Público Penal, que es el que se ocupa del estudio de las sanciones de este carácter aplicadas a dichos sujetos.

Derecho Internacional Público Procedimental, que es el que se ocupa del procedimiento que siguen los Estados en sus relaciones contenciosas o no, los organismos internacionales y los órganos judiciales de la comunidad internacional.

CARACTERISTICAS PRINCIPALES DEL DERECHO PRIVADO Y DEL DERECHO INTERNO

Es un Derecho nacional: Cada país dicta sus propias normas de derecho internacional privado, lo cual puede llevar a conflictos entre los países.

Es un Derecho positivo: Sus normas se encuentran en diversos textos legales, preferentemente en los Códigos Civiles. Pero también, y tal vez la más importante de las fuentes es la que se encuentran en los tratados en los que los países a través de esas convenciones determinan la forma de resolver los conflictos de leyes.

Contiene un elemento particularizante que es el elemento extranjero dentro de la relación.

Forum shopping: Consiste en la práctica de los abogados de plantear la solución de sus controversias internacionales ante aquel de entre los distintos tribunales que pueden ser competentes que, a tenor de la ley aplicable, le dará una respuesta jurídica más favorable a sus intereses.

El Derecho interno es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre individuos o instituciones o de éstos con el Estado. El término

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