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Derecho De Obligaciones


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2014  •  4.883 Palabras (20 Páginas)  •  271 Visitas

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PROGRAMACIÓN DE CONTENIDOS

UNIDAD DE APRENDIZAJE I

TEORÍA GENERAL DE LAS OBLIGACIONES

1.1 Ubicación del Derecho de obligaciones dentro del Derecho.- La teoría de las obligaciones fue reconstruida, desde el siglo XV hasta el XVIII, con materiales romanos, pasando luego al Código Civil francés, y de este a los modernos códigos entre ellos el Código Civil Peruano de 1936 y 1984.

El derecho de obligaciones está ubicado dentro del derecho privado, y en el caso peruano, está codificado en el Código Civil de 1984 en el Libro VI LAS OBLIGACIONES, Artículos 1132 al 1350 del Código Civil.

Derecho público y Derecho privado.-

- Derecho público.- Comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan los intereses generales de la comunidad, su organización política, la estructura del Estado y su función y las relaciones entre el Estado y los integrantes de la comunidad.

- Derecho privado.- Comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan los intereses particulares de los miembros de la comunidad, es decir, las relaciones entre los individuos, las relaciones de los particulares entre sí.

Derecho civil: Derecho patrimonial y extra patrimonial:

- Derecho extra patrimonial.- A los derechos extrapatrimoniales pertenecen los de estado civil y los derechos de familia que no pueden avaluarse en dinero, aunque de dichas relaciones se pueden derivar consecuencias económicas. En estos derechos reflejan situaciones del hombre que la ley debe definir en concordancia con los intereses de la sociedad, donde la voluntad privada está limitada y, por su carácter personal, no son transferibles. Ejm. La filiación, patria potestad, adopción, Etc.).

- Derecho patrimonial.- Los derechos patrimoniales comprenden la idea de bienes, son valorables en dinero y son por esencia transmisibles. La ley, solamente interviene en forma mínima para regularlos, permitiendo un amplio espacio a la libertad individual y a la autonomía de la voluntad, ya sea para crearlos, regularlos, modificarlos o extinguirlos.

1.2 El Derecho de obligaciones.- En el derecho de obligaciones el objeto del derecho lo constituyen las prestaciones ajenas en cuanto pueden proporcionar una cierta utilidad al acreedor. Donde la relación se da entre el sujeto activo o acreedor y el sujeto pasivo o deudor. El derecho obligacional puede consistir en un dar, hacer o no hacer.

1.3 Definición de obligación.- «La obligación es un vínculo de derecho por el cual somos constreñidos a dar, hacer o prestar algo».

De GIORGI, expresa que la obligación es: «El vínculo jurídico entre dos o más personas determinadas, en virtud del cual, una o varias de ellas (deudor o deudores) quedan sujetas respecto a otra u otras (acreedor o acreedores) a dar, hacer o no hacer alguna otra cosa».

Para J. Arias Ramos, en sentido amplio la obligación es “una relación jurídica en virtud de la cual el sujeto llamado creditori o acreedor, tiene la facultad de exigir de otra persona llamada debitori o deudor un determinado comportamiento positivo o negativo”.

Para Ruggiero es “la relación jurídica en virtud de cual una persona (deudor), debe una determinada prestación a otra (acreedor), que tiene la facultad de exigir constriñendo a la primera a satisfacerla”.

De todo esto podemos colegir que la obligación es el vínculo o relación jurídica que se crea entre dos o más personas y por la cual una o unas pueden exigir a la otra u otras una determinada prestación positiva o negativa.

1.4 Estructura general de la relación obligacional. Elementos de las obligaciones.

La obligación implica necesariamente una situación en la que el deudor se encuentra ligado, atado o constreñido a realizar una conducta a favor del acreedor.

Elementos de las obligaciones:

- Sujetos: Sujeto Activo = Acreedor y sujeto pasivo = Deudor.

- Objeto de la obligación: La prestación: Dar, hacer o no hacer alguna cosa.

1.5 Clasificación de las obligaciones.

1. Según los sujetos de la obligación:

a. Obligaciones singulares.- Cuando existe un sólo deudor y un sólo acreedor.

b. Obligaciones Plurales:

b.1 Activa.- Hay varios acreedores.

b.2 Pasiva.- Hay varios deudores.

b.3 Mixto.- Hay varios acreedores y deudores.

c. Obligaciones solidarias.

d. Obligaciones mancomunadas.

2. Según el objeto de la obligación:

a. Obligaciones de dar.

b. Obligaciones de hacer.

c. Obligaciones de no hacer.

d. Obligaciones positivas.

e. Obligaciones negativas.

f. Obligaciones divisibles.

g. Obligaciones indivisibles.

h. Obligaciones alternativas.

i. Obligaciones facultativas.

3. Según el vínculo de la obligación:

a. Obligaciones naturales.- Cuando no existe coerción jurídica.

b. Obligaciones civiles.- Cuando si existe coerción jurídica.

b.1 Obligaciones simples.

b.2 Obligaciones condicionadas.

Existen otros criterios para clasificar las obligaciones: unas teniendo en cuenta su origen, el número de sujetos, por razón del objeto y por razón de la propia relación; otras teniendo en cuenta los elementos intrínsecos de la obligación, es decir: según los sujetos, el objeto y el vínculo jurídico.

Otras clasificaciones se hacen mucho más complejamente así: por la naturaleza del vínculo, por el tiempo del cumplimiento de las prestaciones, por su modalidad, por la prestación, por el sujeto, por la razón de la prestación por su interdependencia, por

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