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Derecho De Las Obligaciones

ingridarevalo1 de Octubre de 2014

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CONCEPTO DE OBLIGACION

Es el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación.

.ELEMENTOS DE LA OBLIGACION

La obligación tiene tres elementos sujetos, objeto y causa

SUJETO: Los sujetos son dos:

• ACTIVO: es el acreedor, o sea, aquella persona que tiene la facultad de exigir el cumplimiento. El acreedor tiene un derecho personal que se encuentra en el activo de su patrimonio.

• PASIVO: es el deudor, o sea aquella persona que tiene la carga de cumplir la prestación convenida. Para el deudor existe un deber jurídico (deuda) que se encuentra en el pasivo de su patrimonio.

OBJETO: El objeto de la obligación puede consistir en dar una cosa; hacer, o sea ejecutar una determinada conducta; o no hacer, o sea abstenerse de realizar una conducta.

CAUSA: Es el fin de la obligación que persiguen y que se propusieron a la hora de establecer la obligación.

.QUE ES EL ACTO JURIDICO

Es un acto voluntario que tiene como finalidad producir un efecto de derecho.

.QUE ES EL CONTRATO

El artículo 1792, establece que es un acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o exigir obligaciones.

Este acuerdo de dos o más personas, hace alusión al consentimiento, que siendo un elemento esencial del contrato, se forma la oferta de una de las partes y la consiguiente aceptación de la otra, ambos unidos, integran la figura jurídica del consentimiento.

.ELEMENTOS DEL CONTRATO

ELEMENTOS ESENCIALES

Son aquellos sin los cuales el contrato no tiene valor.

CAPACIDAD: se subdivide en capacidad de goce (la aptitud jurídica para ser titular de derechos subjetivos) y capacidad de ejercicio (aptitud jurídica para ejercer derechos y contraer obligaciones sin representación de terceros).

CONCENTIMIENTO: se manifiesta por la concurrencia de la oferta y de la aceptación sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo.

OBJETO: pueden ser objeto de contratos todas las cosas que no están fuera del comercio humano, aun las futuras. Pueden ser igualmente objeto de contrato todos los servicios que no sean contrarios a las leyes o a las buenas costumbres.

CAUSA: en los contratos onerosos (como la compraventa), se entiende por causa, para cada parte contratante, la entrega o promesa de una cosa o servicio por la otra parte; en los de pura beneficencia (Ej. el de donación), la mera liberalidad del bienhechor.

FORMA: en algunos contratos es posible que se exija una forma específica de celebración. Por ejemplo, puede ser necesaria la forma escrita, la firma ante notario o ante testigos, etc.

ELEMENTOS NATURALES

Son aquellos que se entienden incorporados en el contrato, pero que las partes pueden libremente eliminar del mismo, sin que éste deje de ser válido.

ELEMENTOS ACCIDENTALES

Son aquellos que las partes establecen por cláusulas especiales, que no sean contrarias a la ley, la moral, las buenas costumbres o el orden público. Por ejemplo: el plazo, la condición, el modo, la solidaridad, la indivisibilidad, la representación, etc.

.QUE ES EL CONSENTIMIENTO

El consentimiento es el acuerdo de voluntades, de dos o más personas que puede tener por efecto el crear, transmitir, modificar o extinguir efectos de derecho, trátese de derechos subjetivos, deberes jurídicos u obligaciones de carácter convencional.

.QUE ES LA VOLUNTAD

La voluntad es la aptitud legal para querer disponer de algo y resulta ser uno de los requisitos básicos para la existencia de los actos jurídicos

.DIFERENCIA ENTRE VOLUNTAD Y CONSENTIMIENTO

La

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