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Derecho Internacional Privado


Enviado por   •  30 de Marzo de 2013  •  1.983 Palabras (8 Páginas)  •  340 Visitas

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TEMA Nº 2

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

El Derecho Internacional Privado gravita entre el Derecho Público y el Derecho Privado y ha tenido su avance en virtud del aporte de la tecnología.

Hay leyes que invaden el campo del Derecho Internacional Privado y lo suplen.

La ley de derecho internacional privado está protegida por un sistema contractual que son los tratados internacionales.

EL CÓDIGO BUSTAMANTE

Este Código consta de 437 artículos divididos en un título preliminar y cuatro libros. El título preliminar se ocupa de las cuestiones generales relativas a la condición jurídica del extranjero; clasificación de las leyes; reglas y preceptos considerados como de orden público internacional; de la calificación de las leyes consideradas como personales; y del respeto de los derechos adquiridos. Por su parte, los libros restantes se ocupan, el primero, de Derecho Civil Internacional; el segundo, de Derecho Mercantil Internacional; el tercero, de Derecho Penal Internacional y, el cuarto, de Derecho Procesal Internacional.

La característica principal del Código Bustamante es su artículo 7, según el cual "cada Estado contratante aplicará como leyes personales las del domicilio, las de la nacionalidad o las que hayan adoptado o adopte en adelante su legislación anterior". El espíritu que informa esta disposición es el de adaptación.

Este código estará vigente entre los Estados partes que lo hayan ratificado y no lo estará entre aquellos Estados que habiéndolo ratificado hubiesen ratificado también cualquiera o todas las Convenciones del 1975, 1979 y 1984, porque estas constituyen una derogatoria tácita a las disposiciones del Código Bustamante en la materia o materias de que tratan las nuevas convenciones.

LEY DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

En 1975 comenzó la nueva fase de codificación interamericana, en la cual Venezuela participa activamente. Desde la proposición de los temas, pasando por la elaboración y discusión de los proyectos de convenciones, finalizando con la aprobación y ratificación de las mismas, Venezuela juega en este proceso un rol protagónico. Como resultado de esta actividad, se agregan al Acuerdo Boliviano y al Código Bustamante, un considerable número de convenciones interamericanas y de protocolos adicionales sobre diversos temas de Derecho Internacional Privado, ratificados por Venezuela.

En 1998 entra en vigencia la Ley de Derecho Internacional Privado que es la que rige las cuestiones de la materia.

Los objetivos primordiales de esta ley son:

resolver los antiguos problemas del sistema venezolano de Derecho Internacional Privado, caracterizado por sus contradicciones entre los artículos contenidos en el Título Preliminar del Código Civil (8, 9, 10, 11 y 26), por su carácter estatutario, por la dispersión de sus disposiciones en los códigos y en leyes especiales y por el inadecuado factor de conexión personal;

ajustar la legislación venezolana de Derecho Internacional Privado a la realidad social del país;

adaptar las soluciones internas a los avances consagrados en la codificación convencional, especialmente las convenciones de La Haya y las convenciones interamericanas sobre Derecho Internacional Privado;

adaptar las soluciones venezolanas al desarrollo universal de la materia y a las legislaciones más recientes, que se han convertido en instrumentos válidos para el armónico desarrollo de las relaciones jurídicas entre los particulares.

Una de las modificaciones más importantes de la Ley es la sustitución del principio de la nacionalidad por el principio del domicilio, como factor de conexión decisivo en materia de estado, capacidad y relaciones familiares y sucesorias.

Las leyes tienen eficacia extraterritorial siempre que exista consentimiento. La proyección de la extraterritorialidad debe tener aceptación.

LEY HELMS-BURTON, LEY PARA LA LIBERTAD Y LA SOLIDARIDAD DEMOCRÁTICA CUBANAS

Se ordenó su publicación el 1 de marzo de 1996. El 12 de marzo de ese año, el presidente de los Estados Unidos Bill Clinton firmó y puso en vigor la llamada Ley de la Libertad Cubana y Solidaridad Democrática, más conocida por los nombres de sus principales promotores, el senador por Carolina del Norte, Jesse Helms, y el representante por Illinois, Dan Burton.

Le ley se introdujo como consecuencia de un incidente sucedido un mes antes. El 24 de febrero de 1996, cuando un MiG-29 y un Mig-23 del Gobierno Cubano derribaron dos aviones privados operados por el grupo de cubanos emigrados en Estados Unidos "Hermanos al rescate" mientras intentaban violar nuevamente el espacio aéreo cubano. Esta organización de cubanos emigrados dice dedicarse a localizar a balseros cubanos para ayudarles a salvar la vida, aunque desde el gobierno cubano ha sido acusada de dedicarse a acciones de espionaje, sabotaje y propaganda antirrevolucionaria. De hecho, uno de los pilotos de la organización había participado en la invasión de Bahía de Cochinos y en acciones desestabilizadoras de la CIA.

La ley establece que cualquier compañía no norteamericana que tiene tratos con Cuba puede ser sometida a represalias legales, y que los dirigentes de la compañía pueden ver prohibida su entrada en Estados Unidos. Esto significaba que compañías internacionales debían elegir entre comerciar con Cuba o comerciar con los Estados Unidos, que son un mercado muchísimo mayor.

Los detractores de esta ley aducen que desde el punto de vista político, pretende perpetuar el clima de hostilidad en la política de los Estados Unidos hacia Cuba, para forzar la destrucción de la Revolución Cubana, y, desde el punto de vista económico, intimidar por todos los medios posibles a los empresarios extranjeros para tratar de evitar las inversiones y el comercio internacional con Cuba.

La sección III de la ley Helms Burton - con la que se pretendía que cualquier compañía estadounidense pudiese demandar a quien usase sus propiedades embargadas tras la Revolución cubana - fue "congelada" por el gobierno de Bill Clinton. Desde entonces los sucesivos gobiernos han ido prorrogando cada seis meses la suspensión temporal de esta sección

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