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Derecho Laboral

victor856 de Marzo de 2012

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El Trabajo Humano

Concepto

El estado natural del ser humano es de indefensión ante la naturaleza que lo rodea.

El trabajo humano es la acción del hombre sobre la naturaleza para dominarla y servirse de ella.

El hombre no actúa sobre la naturaleza solo sino en comunidad. Algunas comunidades son obligatorias -necesarias- como la familia, pertenencia a una provincia o país, etc. Otras son voluntarias -no esenciales.

El objetivo del accionar del hombre sobre la Naturaleza es la producción de bienes y servicios, porque esa producción le permitir al hombre formar un sistema de provisión.

El sistema de provisión son cosas que permiten mejorar la calidad de vida: acopio de alimentos, abrigo, cultura, asistencia médica, seguridad, etc.

La acción del hombre sobre la naturaleza debe ser en cantidad y calidad suficiente, de tal manera de contribuir comunitariamente a esa producción de bienes y servicios que le permitir mejorar su calidad de vida.

El hombre actúa sobre la naturaleza para sí pero también para la comunidad (concepto de ajenidad). Comienza un proceso de capitalización del esfuerzo humano. No se produce sólo para el consumo sino también para la formación de un stock de capital.

Finalmente, podemos decir que el trabajo humano es el instrumento que el hombre usa sobre la naturaleza con el objeto de dominarla para procurarse una mejor calidad de vida.

Principales aspectos del trabajo

A) SOCIALES. Los hombres producen bienes y servicios para otros y, al mismo tiempo, consumen esos mismos bienes y servicios. En consecuencia, el trabajo que los genera es personal y social; tiene esta segunda característica por su fin (servicio comunitario), por su ejercicio (realizado en colaboración con otros) y por su aptitud (servir de lazo vital en una sociedad).

B) PSICOSOCIALES. El trabajo construye el mundo y libera al hombre de sus necesidades biológicas, de seguridad, psíquicas, de autosatisfacción y lo planifica. Sin embargo no siempre ha ocurrido así en la historia.

C) ECONOMICOS. A través de la producción de bienes y servicios que enriquece el sistema de provisiones, se facilita la posibilidad de que el hombre y la comunidad puedan alcanzar una mejor vida, y transmitir un acervo más copioso y rico a las generaciones futuras.

El problema no es ya cómo producir (gracias a la tecnología) sino cómo distribuir los bienes.

D) JURIDICOS. Jurídicamente, el trabajo humano debe ser analizado como un conjunto de derechos y obligaciones entre las partes de la relación laboral. Estas partes son el trabajador y el empleador. Se analiza -en el fondo- conductas de las partes. El derecho toma en cuenta todos los aspectos de la relación laboral.

Diferentes tipos de trabajo

Pueden caracterizarse dos modos fundamentales de trabajo:

• el "autónomo".

• el llamado dirigido, "dependiente" o en "relación de dependencia".

La diferencia entre ambas formas estriba en el "modo" de la relación. En un caso -trabajo autónomo- se lo realiza bajo el "riesgo económico" propio del que lo hace. La prestación consiste en brindar un resultado.

En cambio, en el trabajo dirigido no se compromete un resultado, sino un medio. El aprovechamiento de la labor corresponde al empleador, quien en compensación tiene que abonar una contraprestación económica, con prescindencia de que haya o no logrado "éxito" en la utilización de esa capacidad laboral. El empleador asume el riesgo económico.

Elementos Esenciales.-

Para la existencia del contrato de trabajo es necesario que concurran los tres elementos esenciales:

a) Prestación personal de servicios.

b) Subordinación.

c) Remuneración.

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