ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Laboral

pelaoarancibia9 de Marzo de 2012

8.254 Palabras (34 Páginas)646 Visitas

Página 1 de 34

I UNIDAD

1. HISTORIA DEL DERECHO DEL TRABAJO

1.2 Concepto de Derecho del Trabajo n°1 : Es aquella rama del derecho que en forma principal se ocupa de regular tuitivamente la situación de las personas naturales que obligan total o parcialmente su capacidad de trabajo durante un periodo de tiempo apreciable, a un empleo señalado por otra persona, natural o jurídica, que remunera sus servicios.

1.3 Concepto de Derecho del Trabajo n° 2 : Es el conjunto de teorías, normas y leyes encaminadas a mejorar las condiciones económicas y sociales de los trabajadores de toda índole y que reglan las relaciones contractuales entre patrones y asalariados.

1.4 Derecho del Trabajo como Disciplina Jurídica : hay diversas formas de concebirlo :

1º.- Puede ser, encomendándolo dentro de los límites y esquemas del derecho tradicional

2º.- Como un simple desarrollo del mismo

3º.- Como disciplina dotada de una individualidad propia, de un objeto propio.

Derecho del Trabajo como Disciplina Jurídica Autónoma: como disciplina del conocimiento humano el derecho del trabajo está dotado de una triple autonomía :

1º.- Autonomía Conceptual

2º.- Autonomía Científica

3º.- Autonomía Jurídica

Antes de analizar esto, se debe estructurar dentro de los márgenes del genero próximo y de la diferencia especifica :

Genero Próximo : esta presentado por el derecho, que constituye la nota común a todas las disciplinas de carácter jurídico.

Diferencia Especifica : está conformado por el elemento diferenciador dentro del marco de lo jurídico, cual es el “Trabajo” como hecho social, susceptible de ser regulado por el derecho.

1.5 Triple Autonomía :

1º.- Autonomía Conceptual : se perfila al parecer el derecho del trabajo, integrando el derecho como ciencia y rama del saber humano, que se liga a un sentido determinado y se proyecta con una finalidad, concretamente se manifiesta esta autonomía al recoger el derecho del trabajo los conceptos jurídicos esenciales que le proporciona la Teoría General del Derecho, utilizándolos en su esfera propia de acción.

2º.- Autonomía Científica : el derecho del trabajo dispone de una autonomía científica al detectar un objetivo propio, principios especiales también propios y fuentes que no se dan en otras ramas del derecho, todo esto sin romper la unidad del derecho

3º.- Autonomía Jurídica : el derecho del trabajo la tiene esta autonomía, al regular una parte de la realidad social , la cual queda así comprendida dentro de su marco normativo y otorga a quienes quedan superditados a sus disposiciones, sendos derechos subjetivos con sus correspondientes contrapartidas (obligaciones, deberes jurídicos), conformando en definitiva relaciones jurídicas propias, que integran el contenido de dicha autonomía, su existencia como rama independiente del derecho, estas relaciones jurídicas admiten ser clasificadas en :

a.- Individuales

b.- Colectivas

Dando así origen a la distinción entre : Derecho Individual y Derecho Colectivo del Trabajo.

Objeto del Derecho del Trabajo : en la determinación del concepto de derecho del trabajo, esta la precisión de su objeto.

Genero Próximo y Diferencia Especifica : dentro del propósito de determinar la individualidad del objeto del derecho del trabajo, debemos recordar que su concepto viene dado por su género próximo, cual es el “Derecho” y por la diferencia especifica, cual es el “Trabajo” como un hecho social, que prestado en determinadas condiciones enmarca la realidad social a la cual se adscribe su esfera de acción, de lo anterior surge que el derecho del trabajo está construido sobre 2 pilares :

a.- El Derecho

b.- El Trabajo

Derecho del Trabajo como Derecho : al constituir una especialidad o rama del derecho, estará constituido por un conjunto de relaciones jurídicas, éstas involucran la existencia de un sector de la vida social, dentro de la cual entran en contacto determinadas personas, y a la cual el derecho le otorga el carácter de categorías jurídicas, normalizándolas (normar) y reconociéndole determinados efectos de tipo jurídico.

El derecho del trabajo , es en cuanto a derecho, un conjunto de relaciones jurídicas vinculadas a un sector determinado de la realidad social, al cual dicho derecho le reconoce consecuencias jurídicas y por ello las regula, creando en el seno de las mismas un conjunto de derechos y deberes recíprocos entre los sujetos de las relaciones de que se trata.

Realidad Social normada por el Derecho del Trabajo : el sector de la realidad social normado por el derecho del trabajo viene dado :

1º.- El trabajo como hecho social, el cual si es ejecutado en determinadas condiciones y con ciertas características pasa a integrar su objeto.

2º.- Este trabajo prestado en dichas condiciones, enmarca la parte de la realidad social que se adscribe al marco normativo, conformado por dicho derecho del trabajo.

1.6 La Relación Jurídica como concepto esencial jurídico, como integrante del derecho del trabajo : Se define a la relación jurídica como un vinculo entre personas, en virtud del cual una de ellas puede pretender algo a lo que la otra está obligada.

1.7 Condiciones de Existencia o Elementos de la Relación Jurídica Laboral :

1º.- Existencia de una norma jurídica : la noción de norma jurídica se relaciona con la de derecho objetivo, en efecto, la noción de derecho objetivo se vincula al concepto de normas jurídicas y corresponde al concepto de derecho en general.

Los supuestos jurídicos los observamos en las normas jurídicas porque es en estas en que se contienen los hechos condicionantes o supuestos jurídicos que entrega la realidad social y que están representados por todos los acontecimientos, estados y situaciones que conforman tal realidad, estos supuestos jurídicos pueden tener la condición de hechos materiales, de hechos jurídicos o de actos jurídicos :

2º.- Actos Jurídicos : Hechos provenientes de una manifestación de voluntad del hombre consciente y encaminado a producir efectos jurídicos predeterminados y queridos por su autor, son los actos jurídicos, dentro de los cuales se encuentran los Contratos de Trabajo, en estos contratos las partes manifiestan su voluntad, con un fin predeterminado y querido por su autor.

A su vez , estos actos jurídicos para ser tales, deben cumplir ciertos requisitos esenciales :

1º.- La Voluntad : debe ser del hombre, entendida como la actitud que lo impele a actuar o querer algo.

2º.- El Objeto : el actor jurídico debe tener un objeto, entendiéndose para este caso, como un conjunto de derechos y obligaciones que el actor crea, modifica o extingue.

3º.- La Causa : conceptualizada como el motivo que induce a actuar un acto o contrato.

4º.- Las Solemnidades : son las formas externas que la ley o las partes contemplan para la celebración del acto jurídico y que sin ellas este acto jurídico no nace a la vida del derecho.

Omisión de estos requisitos : la omisión de cualquiera de ellos produce la inexistencia del acto jurídico, teniendo en la practica el mismo efecto que la nulidad absoluta, de momento que nuestro ordenamiento jurídico no contempla la sanción de la inexistencia, que debería ser mayor y distinta a la nulidad absoluta.

Pero no basta, que los actos nazcan para que tengan plena eficacia, además no deben adolecer de vicios y asimismo deben contemplar las exigencias legales básicas y especificas que para cada acto puede establecer la ley.

1.8 Requisitos de Validez del Acto Jurídico :

1º.- Voluntad exenta de Vicios : debe estar exenta de error, fuerza y dolo.

2º.- Las partes deben tener capacidad : es decir, aptitud legal para adquirir derechos, para poder ejercerlos y poder contraer obligaciones .

Ejemplo, los menores de 18 años son incapaces , para contratar a menos que lo hagan

Autorizados por sus padres.

3º.- El Objeto debe ser Licito

4º.- La Causa debe ser Licita

En ciertos actos se agregan elementos accidentales, que ni esencial ni naturalmente les pertenecen y que la ley los exige por medio de declaraciones o cláusulas especiales, que vienen a hacer variar o modificar los efectos normales que debieran producirse, son : la condición, el plazo, el modo.

Los actos jurídicos crean, modifican o extinguen derechos y obligaciones, normalmente respecto de quienes concurren a la formación del acto, que son las partes que han participado por si mismas o que han sido debidamente representadas, no alcanzando a terceros ajenos a dicha relación jurídica, salvo en ciertos casos especiales, por ej. estipulación a favor de otro, convenio colectivo de trabajo, contrato colectivo de trabajo.

Contrato : se celebra formalmente y siguiendo las normas del C. del Trabajo.

Convenio : es cuando un grupo de trabajadores acuerdan informalmente con uno o más empleadores ciertas condiciones, fuera de la normativa del trabajo.

Como se manifestó dos son los pilares básicos sobre los cuales se constituye el concepto el Dº del Trabajo:

1º.- Derecho integrado por relaciones

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (51 Kb)
Leer 33 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com