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Derecho Penal II


Enviado por   •  15 de Enero de 2013  •  876 Palabras (4 Páginas)  •  691 Visitas

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Universidad Técnica Particular de Loja

Modalidad Abierta y a Distancia.

Escuela de Jurisprudencia

Nombre: Janeth de Lourdes Borja Cordero

Asignatura: Derecho Penal II

Nivel: sexto semestre

PRUEBA DE ENSAYO

1. Realice un cuadro sinóptico de los delitos contra la seguridad pública.

2. Realice un ensayo sobre los delitos contra las personas

Según el código penal en el Título VI, Capitulo innumerado, I, II,IV, Artículos 440.4 hasta 488 indica, que son delitos contra las personas: Genocidio, Etnocidio, Delitos contra la vida, Lesiones, Abandono de personas y Del abuso de armas.

Me centraré para éste ensayo en el Genocidio y Etnocidio. Pese a que estas conductas ya se las consideraba como delito en otros países hace muchos años, en el Ecuador, recién con las reformas al Código Penal del 27 de abril de 2009 se tipifica el delito de genocidio y etnocidio.

Genocidio es cualquiera de los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial, religioso o político como tal con algún propósito particular” . Y por, etnocidio a la “destrucción de la cultura de un pueblo.

El Código Penal tipifica a quien, con propósito de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religiosos: perpetre actos que ocasionaren la muerte o lesiones en alguno de sus miembros; sometiere intencionalmente al grupo a condiciones de existencia que acarren su destrucción física total o parcial; tomare medidas destinadas a impedir nacimientos del seno del grupo; y, traslade por la fuerza a niños y niñas del grupo a otro grupo.

Por otra parte, se sanciona a quien irrespetare la autodeterminación de un grupo o su voluntad de permanecer en asilamiento voluntario. Finalmente reprime a quien realizare, con conciencia de que puede producirse la desaparición total o parcial de grupos humanos actividades tendientes a influir, alterar, o de cualquier forma la vida o identidad de los pueblos en aislamiento voluntario.

Hay que tomar en cuenta dos cosas importantes en los delitos previstos en este capítulo. En primer lugar, que si las infracciones han sido cometidas por algún subordinado, no eximirá de responsabilidad penal al superior que la ordenó ni al subordinado que la ejecutó. Y, segundo, que las acciones y las penas de estos delitos serán imprescriptibles.

La Comisión Legislativa ecuatoriana, que funge de poder legislativo, aprobó en el mes de marzo de 2009, una ley denominada “Ley de tipificación

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