ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO PENAL II


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2011  •  861 Palabras (4 Páginas)  •  983 Visitas

Página 1 de 4

CONCEPTO GENERAL:

"Privación de vida de un ser humano por la acción de otro"

"Acción de causar la muerte a una persona".

CONCEPTO DOCTRINAL:

Homicidio es la muerte de un hombre cometida por otro hombre.

PRESUPUESTO DEL TIPO:

1.- La vida del ser humano.

La protección penal inicia a partir de cuando el nuevo ser haya sido extraído completamente del claustro materno, con independencia de que no se haya cortado el cordón umbilical.

La pérdida de la vida ocurre cuando:

I. Se presente la muerte cerebral; o

II. Se presenten los siguientes signos de muerte:

a. La ausencia completa y permanente de conciencia;

b. La ausencia permanente de respiración espontánea;

c. La ausencia de los reflejos del tallo cerebral, y;

d. El paro cardiaco irreversible.

Para la certificación de la pérdida de la vida deberá comprobarse previamente la existencia de los siguientes signos de muerte:

I. La ausencia completa y permanente de conciencia;

II. La ausencia permanente de respiración espontánea;

OBJETO MATERIAL:

Es la persona viva.

BIEN JURIDICO:

La vida de la persona.

El tipo objetivo del homicidio está integrado por la descripción de la conducta prohibida (ya sea por acción u omisión), estando constituida por la actividad dirigida a matar a otro y por el resultado que es, precisamente, privar de la vida a una persona.

El homicidio también admite la acción comisiva y omisiva impropia, es decir, la comisión por omisión (art. 7° CPF) regulando las causas por las que se pueden imputar resultados al omitente.

ELEMENTOS DEL TIPO:

• Admite la forma dolosa y culposa de comisión, se trata de un delito penal básico.

• En su consideración de "simple intencional", es descriptivo y autónomo.

• Se admite en su comisión tanto la autoría como la participación.

• Es unipersonal y puede ser pluripersonal.

• Es un tipo genérico y de lesión.

• Es de resultado e instantáneo.

• Por su grado de ejecución admite la tentativa y puede se consumado.

• Es de ejecución instantánea.

• Se persigue de oficio, a excepción del supuesto previsto en el artículo 222 del CPE, en cuyo caso se persigue previa querella.

• Se trata de un delito grave en la mayoría de los casos.

• En cuando al autor como al pasivo, pueden ser comunes (homicidio en razón del parentesco (art. 323 CPF) o parricidio CPE)

CONCEPTO DOCTRINAL.

Es un tipo particular de homicidio individualizado por la relación de parentesco entre el sujeto pasivo y el activo del hecho.

LEGISLACION ESTATAL

Artículo 223. Se impondrán de veinticinco a cuarenta años de prisión al que dolosamente prive de la vida al cónyuge o a cualquier ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta, sabiendo el delincuente esta relación.

PRESUPUESTOS DEL TIPO.

1.-

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.8 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com