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Derecho Presentar la clasificación de las normas éticas y técnicas


Enviado por   •  28 de Febrero de 2018  •  Síntesis  •  675 Palabras (3 Páginas)  •  106 Visitas

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INTRODUCCION

El presente informe está dedicado a la investigación de las normas en su sentido amplio, las cuales se clasifican en dos grandes grupos: técnicas y éticas.  Tratándose de este un informe, comprende también ejemplos de tanto normas éticas como técnicas. El informe pretende dar una visión de las leyes puestas en práctica por el país de honduras. Por otra parte, también el artículo de esa ley que le ayuda a determinar porque esa ley se aplica a dicha categoría.

OBJETIVOS

Presentar la clasificación de las normas éticas y técnicas

citar una ley como ejemplo para cada una de las categorías de las normas

establecer el nombre de la ley

establecer el artículo de esa ley que le ayuda a determinar porque esa ley se aplica a dicha categoría.

CONTENIDO

Las normas en su sentido amplio, se clasifican en dos grandes grupos: técnicas y éticas.

  1. Las normas técnicas son aquellas que nos dicen cómo debemos actuar para llegar a un fin determinado, y si no las cumplimos no llegamos a ese fin. Por lo que pienso que sería un buen ejemplo la siguiente ley.

Ley del Fondo para la Reducción de la Pobreza

Considerando que los niveles de pobreza y marginación social imperantes en el país son causa de una necesidad urgente de aumentar la eficiencia del gasto público y resolver los problemas de calidad del mismo, como un medio para aumentar los niveles de productividad de la mano de obra hondureña y con ella, su nivel de ingreso y Que para atender esta necesidad, el Gobierno de Honduras ha diseñado una Estrategia para la Reducción de la Pobreza (ERP), misma que cuenta con el apoyo de la comunidad internacional,  mediante la declaración de elegibilidad de Honduras en el marco de la iniciativa de Países Pobres Altamente Endeudados (HIPC), para la reducción de la deuda externa y de condonaciones totales o parciales de los saldos adeuda los que permitirá aliviar la restricción que ha impuesto esta obligación financiera sobre la disponibilidad presupuestaria gubernamental, para la asignación de fondos a programas del área social.

ARTICULO 5.- La administración de los recursos del FRP, estará sujeta a la fiscalización de los entes controladores del Estado. Asimismo, a los medios de verificación y examen que se definan por parte de los Organismos y Países cooperantes en el marco de la iniciativa de los países pobres altamente endeudados en coordinación con el Gabinete Social. Cuando los recursos provengan de otros países donantes o de organismos internacionales prevalecerán los acuerdos contenidos en los respectivos programas conjuntamente con la fiscalización de los antes contralores de Estado

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