Derecho Procesal Cosntituacional
Pachaconas2 de Diciembre de 2013
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U N I V E R S I D A D A L A S P E R U A N A S
Dirección Universitaria de Educación a Distancia
0703-Escuela Académico Profesional de Derecho
0703-07311 | DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
2013-IB Docente: ABOG. CARLOS BULNES TARAZONA Nota:
Ciclo: V Módulo II
Datos del alumno: FECHA DE ENVIO: HASTA EL DOM. 14 de julio de 2013 A las 23.59 PM
Apellidos y nombres:
FORMA DE ENVIO: Comprimir el archivo original de su trabajo académico en WINZIP y publicarlo en el CAMPUS VIRTUAL, mediante la opción:
Código de matrícula: 2008147907 TAMAÑO DEL ARCHIVO: Capacidad Máxima del archivo comprimido: 4 MB
Uded de matrícula: Madrid
Recomendaciones:
1. Recuerde verificar la correcta publicación de su Trabajo Académico en el Campus Virtual.
Revisar la opción:
No se aceptará el Trabajo Académico después del DOM. 14 de julio 2013
2. A las 23.59 PM
3. Las actividades que se encuentran en el libro servirán para su autoaprendizaje mas no para la calificación, por lo que no deberán ser remitidas. Usted sólo deberá realizar y remitir obligatoriamente el Trabajo Académico que adjuntamos aquí.
Guía del
Trabajo Académico 4. Recuerde: NO DEBE COPIAR DEL INTERNET, el Internet es únicamente una fuente de consulta. Los trabajos copias de internet serán calificados con “00” (cero).
5. Estimado alumno:
El presente trabajo académico tiene por finalidad medir los logros alcanzados en el desarrollo del curso.
Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hasta la pregunta Nº 04 y para el examen final debe haber desarrollado el trabajo completo.
Criterios de evaluación del trabajo académico:
1 Presentación adecuada del trabajo Considera la evaluación de la redacción, ortografía, y presentación del trabajo en este formato. Valor: 2 ptos
2 Investigación bibliográfica: Considera la consulta de libros virtuales, a través de la Biblioteca virtual DUED UAP, entre otras fuentes. Valor: 3 ptos
3 Situación problemática o caso práctico: Considera el análisis de casos o la solución de situaciones problematizadoras por parte del alumno. Valor: 5 ptos
4 Otros contenidos considerando los niveles cognitivos de orden superior: Valor: 10 ptos
PREGUNTAS
1. ¿Qué Asuntos se tramitan en los Procesos Constitucionales?
a) Los definidos en el art. 51 de la Constitución Política.
b) Los enumerados en el Art. 139 de la Constitución Política
c) La acción de amparo
d) La acción de Habeas Corpus
e) El proceso de Inconstitucionalidad
EXPLIQUE SU RESPUESTA (VALOR 1 PUNTO)
c.-La acción de amparo.- Es una acción de garantía constitucional que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza cualquier derecho reconocido por la Constitución (Art. 200 inc. 2); que no sea la libertad individual - protegido por la acción de Habeas Corpus; la misma que se ejerce con la finalidad de reponer las cosas al estado anterior a la violación o amenaza de violación del derecho. (Ley 23506, Art. 1).
d.-La acción de Habeas Corpus.- Iidentifica al derecho que posee todo ciudadano que se encuentra detenido y a la espera de comparecer de manera inmediata y pública ante un tribunal o una autoridad. Los jueces, al oír el testimonio del detenido, determinan si el arresto es legal o ilegal y, por lo tanto, pueden decretar que finalice.
El Hábeas Corpus, por lo tanto, constituye una institución de orden jurídico que busca evitar los arrestos arbitrarios y que garantiza la libertad personal del individuo. El recurso suele emplearse para impedir abusos por parte de las autoridades ya que obliga a dar a conocer la situación del detenido ante un juez.
e.- El proceso de Inconstitucionalidad.- Es un proceso constitucional especial que se entabla ante el Tribunal Constitucional. Es especial no sólo porque se entabla ante un organismo sui generis y de alto nivel, sino también por su objeto: procede contra las leyes, los decretos legislativos, los decretos de urgencia, los tratados, el reglamento del Congreso, las normas regionales de carácter general y las ordenanzas municipales, que contravienen la Constitución.
La acción de inconstitucionalidad puede ser de tres clases:
• Por la forma.- Referida al procedimiento de aprobación de la norma.
• Por el fondo.- Referida al contenido de la norma.
• Por omisión.- No es reconocido por el ordenamiento jurídico peruano, por lo que en nuestro país tiene un tratamiento íntegramente doctrinario. Esta variante de inconstitucionalidad existe cuando la norma constitucional señala una determinada acción para el legislador o cualquier autoridad y éste no lo realiza por ocio, desidia, negligencia o cualquier otra circunstancia.
2.- Se puede afirmar respecto al valor normativo de la Constitución:
a. Toda Constitución debe contener una norma que garantice su supremacía normativa respecto de las demás normas legales.
b. El valor normativo de una Constitución tiene como base la existencia misma del texto Constitucional sin que requiera de norma expresa que lo reconozca.
c. Es una cualidad per se que posee un texto constitucional y que se representa en una norma de necesaria presencia dentro del texto constitucional que así lo consagre.
d. Es el mismo valor normativo que tienen todas las normas legales de un sistema legal.
EXPLIQUE SU RESPUESTA (VALOR 1 PUNTO)
La constitución política del estado es la base fundamental de toda sociedad Demócrata y no requiere de normas que la hagan prevalecer por encima de las demás.
3.- Existe un proceso de amparo interpuesto en contra de un Gobierno Regional en el que se pretende que se deje sin efecto un acto administrativo. En dicho proceso, se ha presentado una solicitud cautelar que busca que el acto administrativo cuestionado no produzca efectos mientras dure el trámite del proceso. Además, una vez concedida la medida cautelar el Gobierno Regional apela dicha decisión ¿Cómo actuaría?
a). Para resolver la solicitud cautelar correría traslado a la otra parte y, una vez concedida la medida cautelar, la apelación la concedería con efecto suspensivo.
b). Para resolver la solicitud cautelar correría traslado a la otra parte y, una vez concedida la medida cautelar, la apelación la concedería sin efecto suspensivo.
c). Para resolver la solicitud cautelar no correría traslado a la otra parte y, una vez concedida la medida cautelar, la apelación la concedería sin efecto suspensivo.
d). Para resolver la solicitud cautelar no correría traslado a la otra parte y, una vez concedida la medida cautelar, la apelación la concedería con efecto suspensivo.
EXPLIQUE SU RESPUESTA (VALOR 1 PUNTO)
Que, tiene derecho a apelar o reclamar por un fallo o sentencia que le es perjudicial pero que en el ejercicio de dicha acción por su parte no paraliza o suspende la ejecución del fallo.
4.- Respecto al proceso de habeas corpus, señale la alternativa correcta:
a). Se debe citar al Ministerio Público debido al interés en conflicto.
b). Ambas partes pueden recusar al juez.
c). Únicamente se puede apelar la decisión que pone fin a la instancia.
d). La demanda necesariamente debe presentarse por escrito.
EXPLIQUE SU RESPUESTA (VALOR 1 PUNTO)
Plazo 2 días.
Interpuesta la apelación el juez elevará en el día los autos al Superior quien resolverá en el plazo de cinco días bajo responsabilidad, los abogados pueden informar en la vista.
5. Explique usted las diferencias existentes entre la Ley 23506 y la actual Ley 28237 Nuevo Código Procesal Constitucional.
El lunes 31 de mayo de 2004 fue publicado en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley 28237 por la cual se aprobaba lo que constituye para el Perú —y al menos también para Latinoamérica— el primer Código Procesal Constitucional (CPC) de alcance general. Esta norma, cuya vigencia efectiva fue postergada hasta el 1o. de diciembre de 2004 y que viene a sustituir normas como la Ley 23506 (Ley de hábeas corpus y amparo), la Ley 23568 (Ley complementaria de las disposiciones sobre hábeas corpus y amparo) y la Ley 26301 (Ley de hábeas data y acción de cumplimiento), regula las seis garantías constitucionales recogidas en el artículo 200 de la Constitución peruana (CP): el hábeas corpus, el amparo, el hábeas data, la acción de inconstitucionalidad, la acción popular y la acción de cumplimiento. Asimismo, y complementariamente, regula el proceso constitucional de conflictos de competencia recogido en el artículo 202.3 CP. La novísima norma procesal se compone de un título preliminar (artículo I al artículo IX); 13 títulos que agrupa 121 artículos (título I al título XI), siete disposiciones finales (título XII) y dos disposiciones transitorias y derogatorias (título XIII).
El CPC se inicia definiendo cuáles serán sus alcances: regular las garantías constitucionales del artículo
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