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Desarrollo Del Delito (fases Del Iter Criminis)


Enviado por   •  4 de Mayo de 2014  •  523 Palabras (3 Páginas)  •  1.025 Visitas

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El iter criminis o camino del delito, consiste en las diferentes etapas que atraviesa una persona desde que en su mente se produce la idea de cometer un delito hasta que, efectivamente, lo lleva a cabo, es decir, el desarrollo de la conducta delictiva, desde su planeación en el aspecto interno, hasta su exteriorización, con la ejecución de la conducta delictiva.

Lo importante del iter criminis para el Derecho Penal, es diferenciar el aspecto externo del aspecto interno, esto es la planeación del delito, sin que se llegue a exteriorizar dicha conducta, la cual no es de interés para las ciencias penales, ya que los pensamientos no son objeto del Derecho Penal. Sin embargo, el aspecto externo, considerado como la materialización y ejecución del delito, sí incumbe al Derecho Penal, por que inevitablemente acaba en un hacer o no hacer que afecta un bien jurídico protegido por la norma penal.

3.1.1. Fase interna

Desde el punto de vista de este curso, la fase interna del delito tiene que ver fundamentalmente con la planeación o premeditación de la conducta delictiva, antes de materializarse en los hechos, características que excluyen a esta fase del estudio del Derecho Penal, siempre y cuando dicho aspecto interno no repercuta en acciones de hacer o no hacer, que sí son sancionables por los códigos penales. Esta fase incluye:

Ideación Deliberación Resolución

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3.1.2. Fase externa

La fase externa es la concreción del aspecto interno del desarrollo del delito, mediante conductas que afectan un bien jurídico tutelado por el derecho, que pueden consistir en una acción o en una omisión. En este sentido la fase externa se subdivide en dos momentos:

Los actos preparatorios a la manifestación y ejecución del delito, como podrían ser la compra de las armas o de los objetos materiales necesarios para la comisión del delito.

Los actos de ejecución que evidentemente constituyen el daño provocado materialmente, ya sea en la salud o en el patrimonio del sujeto pasivo, son todas las conductas u omisiones que dañan un bien jurídico.

Tentativa

Vale la pena resaltar que en los actos externos de ejecución existe la posibilidad de que el delito no se consume. En dicho caso, se habla de tentativa y se puede suscitar:

a) Por causas ajenas al sujeto activo (un tercero evitó la comisión del delito).

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