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ENSAYO SOBRE TEORIA DEL DERECHO CATEDRA EXPUESTA POR EL DOCTOR ENRIQUE GHERSI


Enviado por   •  15 de Mayo de 2017  •  Ensayos  •  1.519 Palabras (7 Páginas)  •  510 Visitas

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ENSAYO SOBRE TEORIA DEL DERECHO CATEDRA EXPUESTA POR EL DOCTOR ENRIQUE GHERSI

CRISTIAN JULIAN PALACIO CUEVAS

INTRODUCCION AL DERECHO

2 SEMESTRE

UNIVERSIDAD DEL META

FACULTAD DERECHO

VILLAVICENCIO, META

2017

INTRODUCCION

El siguiente ensayo es para dar a conocer lo expuesto por el Dr. Enrique Ghersi abogado especializado en análisis económico del Derecho y en Derecho penal económico, que mediante un análisis nos adentró a conocer cuál ha sido el origen, desarrollo y cuales han sido los principales exponentes y estudiosos de las teorías de las fuentes del Derecho.

Ver lo que las teorías del Derecho  nos enseñan a aquellos que entramos en el estudio del Derecho, pero, que ciertamente sin olvidarnos de los aportes que históricamente dieron las escuelas Iusnaturalistas y Iuspositivistas que en el desarrollo del escrito veremos.

El Dr. Ghersi mantuvo su postura durante su charla expresando principalmente que el Derecho no es un desarrollo Jerárquico, sino que se desarrolla competitivamente obedeciendo los deseos de los ciudadanos dentro de una sociedad.

También notar desde el punto de vista de la Teoría Económica del Derecho, como el derecho se produce competitivamente y las normas producidas por la sociedad son producidas de distintas formas, y  la costumbre en colectividad humana en una forma de producir normas.

La doctrina de las fuentes del Derecho son aquellas que son enseñadas al introducirse en el Derecho, son las ciertamente difundidas en las facultades de Derecho, estas disfunciones son recientes y no se conocían en el Derecho antiguo, solo hasta el siglo XVIII  y siglo XIX.

Karl von Savigny utiliza el termino fuente de Derecho por primera vez en 1814 adoptando el termino en 1878, su influencia en el Derecho contemporáneo, uno de ellos en el Derecho de propiedad con la posesión donde expone el animus y el corpus y no solo influye para el Derecho en esto, también abarco el Derecho alemán, francés, italiano y latino americano, para Savigny la fuente del Derecho es el ‘’espíritu del pueblo’’ ya que los pueblos tenían características que fundamentaban al Derecho. Rudolf von Ihering también difunde el concepto de Savigny a pesar de sus discordancias.

No hay teoría general de la fuente del Derecho, los diferentes autores del Derecho tenían diferentes y sus propias teorías de la fuente del Derecho.

Durante el realismo jurídico escandinavo al profesor Axel Hagerstrom y sus discípulos Karl Olivecrona y Alf ross en un intento de desarrollar la doctrina general sobre las fuentes del Derecho y saber cómo funciona tuvo una ligera reacción iusnaturalista o antipositivista con la concepción de que la sociedad puede generar Derecho.

El Derecho civil reconoce unas fuentes para la enseñanza metodológica del Derecho, pero no tiene una teoría general del derecho.

El Derecho en general sostiene que hay cuatro fuentes principales, la costumbre, la ley, la jurisprudencia y la doctrina y hay algunos que le agregan los principios generales del derecho.

En el Common Law las fuentes principales la costumbre y la jurisprudencia y la legislación y la doctrina son las secundares.

En el mundo romano germánico la legislación y la doctrina son principales y la costumbre y la jurisprudencia secundarias.

También para continuar se hablan de fuentes formales y materiales, por ejemplo en la doctrina Italiana y las formales son aquellas que tienen un procedimiento establecido para su creación y la material aquella que ya estando legítimamente establecida será llevada a la realidad.

En general el Derecho supone que se crea monopólicamente, para positivistas el Derecho monopólicamente es la ley en un sistema lógico, jerárquicamente organizado y para los iusnaturalistas es la costumbre subordinado a principios generales a base a un principio de no contradicción.

El Dr. Enrique Ghersi enfatiza que ‘’el Derecho no es un sistema lógico, no se encuentra en un sistema jerárquicamente organizado, por que el Derecho no se crea monopólicamente sino competitivamente’’.

La fuente del Derecho trata de responder el cómo se produce el Derecho en la sociedad, y el Derecho responde con sus fuentes, y el primero es con el Iusnaturalismo: Iusnaturalismo religioso, el Derecho como producción de Dios, las leyes divinas que no pueden ser contradichas porque irían contra los principios de la creación y esto era antijurídico, Iusnaturalismo circular no religioso y Hugo Grocio sostiene que el Derecho se puede deducir racionalmente donde la voluntad del hombre prevalece para la creación de su propio Derecho;  el segundo Positivismo Jurídico ‘’el Derecho producido por el hombre’’, excluye el Derecho natural y todo derecho creado por el hombre es positivo, el desarrollo de este positivismo fue impulsado por Kelsen y Benthan a finales del siglo XIV, pero es este último que cualquier orden creado por la autoridad era suficiente para la seguridad de los súbditos y este fue quien creo un sistema penal con planos de penitenciarias ideales para latino américa , también, continuando con los estudios de Benthan,  Andrés Bello el Latino Americano desarrollo el código civil que hoy en día conocemos. Kelsen decía que la única fuente del Derecho es la ley y me diente su metafórica pirámide enseñaba que en el derecho hay una jerarquía y que en derecho hay una jerarquía y se crea monopólicamente  donde todo el sistema jurídico es un sistema orgánico lógico en base al principio de no contradicción y donde la constitución como norma base y todo el sistema jurídico está sometido a esa norma base, ósea que las normas de menor jerarquía no pueden contradecir a las de mayor jerarquía. Friedrich Puchta discípulo de Savigny inventa por primera vez la pirámide normativa y decía que la pirámide funcionaba en tres fuentes organizadas.

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