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Ensayo Responsabilidad Medica

dianitadaza13 de Noviembre de 2013

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LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO, POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO HOSPITALARIOS

DARLING GRECIA VILLEGAS DAZA

LUIS EFREN BERMUDEZ JOAQUI

UNIVERSIDAD SANTIAGO DE CALI

INSTITUTO DE POSTGRADOS

ESPECIALIZACION EN DERECHO ADMINISTRATIVO

SANTIAGO DE CALI, OCTUBRE

2012

LA RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO, POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO HOSPITALARIOS

DARLING GRECIA VILLEGAS DAZA

LUIS EFREN BERMUDEZ JOAQUI

Ensayo, requisito para optar al título de Especialistas en Derecho Administrativo.

Director:

Abogado

UNIVERSIDAD SANTIAGO DE CALI

INSTITUTO DE POSTGRADOS

ESPECIALIZACION EN DERECHO ADMINISTRATIVO

SANTIAGO DE CALI, OCTUBRE

2012

CONTENIDO

Pág.

INTRODUCCION ¡Error! Marcador no definido.

1. GENERALIDADES ACERCA DE LA RESPONSABILIDAD 5

1.1. CONCEPTO 5

1.2. RESPONSABILIDAD JURIDICA DESDE EL PUNTO ETICO-MEDICO 8

1.2.1.RESPONSABILIDAD JURIDICA ¡Error! Marcador no definido.

1.2.2. DERECHO MEDICO ¡Error! Marcador no definido.

2. FUNDAMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD MÉDICA EN COLOMBIA 8

3. RESPONSABILIDAD DE MEDIOS Y DE RESULTADO 9

4. EXIMIENTES DE RESPONSABILIDAD 10

4.1. FUERZA MAYOR, 14

4.2 . EL CASO FORTUITO, 15

4.3. CULPA EXCLUSIVA DE LA VÍCTIMA, 16

4.4. HECHO EXCLUSIVO Y DETERMINANTE DE UN TERCERO, 15

5.0 CAUSAS MÁS FRECUENTES DE MUERTE DE PACIENTES POR MALA PRAXIS

6.0. IMPUTABILIDAD DEL DAÑO ANTIJURÍDICO A LAS INSTITUCIONES DE SALUD………………………………………………………………………………….. 21

CONCLUSIONES ¡Error! Marcador no definido.

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BIBLIOGRAFÍA ¡Error! Marcador no definido.

INTRODUCCIÓN

La Medicina es una de las ramas de la ciencia que mas desarrollo ha tenido a lo largo de la vida. Se ha avanzado en esta ciencia con innumerables investigaciones de laboratorio con el objeto de descubrir la causa de nuevas enfermedades, la precisa determinación de su etiología, las posibilidades de diagnósticos ciertos y las intervenciones quirúrgicas son cada vez mas avanzadas y audaces.

Lo que ha llevado a que este desarrollo de la ciencia y la técnica, así como las condiciones de la vida moderna, aumenten los riesgos de daños y exponen al hombre a un destino incierto, lo que hace que nos enfrentemos día a día con la realidad inesperada y fatal.

Es decir, si bien es cierto trae consigo “la mejoría”, obviamente acompañada de todas la consecuencias, ponderadas que esto trae consigo. Por otro lado conlleva al aumento de los riesgos propios de dicha actividad, con la consiguiente responsabilidad médico profesional que a raíz de ello se genera. Por ejemplo: reclamaciones por errores médicos, negligencias médicas, sanitarias, hospitalarias, daños en tratamientos y situaciones de incapacidad laboral, en hospitales, clínicas particulares y otros centros de salud. Todo esto genera consecuencias en todas las áreas del derecho: civiles, penales o administrativas.

Hay actuaciones médicas correctas y dotadas de las medidas precautorias adecuadas de forma general pero que sin embargo desembocan en un grave e irreparable resultado, que afectan de manera negativa e irremediable a la salud del enfermo.

Con este trabajo hemos realizado un estudio analítico interpretativo a través del cual se pretende determinar la Responsabilidad Extracontractual del Estado por la prestación de servicios médico hospitalarios.

La información, fue lograda bajo el análisis de investigaciones ya recolectadas, como reportes médicos estadísticos, de las muertes más frecuentes, informes estadísticos de demandas contra el Estado por reparación directa contra entidades prestadoras de servicios médicos , jurisprudencia del Consejo de Estado, quienes a partir de la aplicación de las distintas estrategias y técnicas metodológicas, nos facilitaron el acercamiento a una realidad humana y jurídica, generada en la forma como se llevan a cabo los procesos de atención en los diferentes centros asistenciales a cargo del Estado, en procura de la preservación de la salud de quienes asisten a ellos.

En la presente investigación encontraran un pequeño recorrido por las definiciones más importantes sobre el tema, con el objeto de entrar a comprender las consecuencias que generan esta clase de responsabilidad para el Estado.

1. GENERALIDADES ACERCA DE LA RESPONSABILIDAD

1.1. CONCEPTO

El diccionario de la Real Academia española de la Lengua nos define la responsabilidad como la obligación de reparar o satisfacer, por si o por otro, a consecuencia del delito, de una culpa o de otra causa legal.

Algunos tratadistas, principalmente de derecho civil, estudian el tema de la responsabilidad, y definen lo que se entiende por la noción de responsabilidad, la mayoría de estos tratadistas llegan a la misma conclusión, y es que la obligación que tiene una persona que ha hecho daño a otra, es la de reparar dicho daño.

De esa manera, para Arturo Alessandri Rodríguez “en derecho civil la expresión responsabilidad no se define por su fundamento que puede variar, sino por su resultado, es decir, por las consecuencias jurídicas que el hecho acarrea para el autor. En este sentido se dice que un individuo es responsable cuando está obligado a indemnizar el daño. En derecho civil hay responsabilidad cada vez que una persona debe reparar el perjuicio o daño sufrido por otra. Puede definírsela diciendo que es la obligación que pesa sobre una persona de indemnizar el daño sufrido por otra”

Para los hermanos Mazeaud , “una persona es responsable civilmente cuando queda obligada a reparar un daño sufrido por otro”.

Y Planiol y Ripert expresan que “existe responsabilidad en todos los casos en que una persona queda obligada a reparar un daño sufrido por otra.”

1.2. RESPONSABILIDAD JURIDICA DESDE EL PUNTO ETICO-MEDICO

Los principios básicos del ejercicio de la medicina se encuentran en el Juramento Hipocrático; ya después escritores de la bio-ética proporcionaron normas y teorías sobre aspectos relacionados con ésta rama del conocimiento y, finalmente, los organismos internacionales y los estados establecieron sus propios códigos, señalando internamente los principios que rigen el ejercicio médico.

En Colombia, la Ley 23 de 1981 y el Decreto 3380 de 1981 son las normas que rigen la ética médica prescribiendo "(...) la ética, entonces, deja de ser pura filosofía y se plasma en unos cuerpos normativos completos que nos están señalando de manera específica como debe ser el comportamiento del profesional de la medicina o del profesional de la odontología para sostener que el mismo ha estado ajustado a la ética".

La ética, que pertenece tanto a la medicina como a las otras actividades humanas, tiene estrecha relación con la moral: "desde que el hombre se agrupó en sociedades tuvo la necesidad de desarrollar una serie de reglas que le permitieran regular su conducta frente a los otros miembros de la comunidad. De manera que la moral es una constante de la vida humana. Los hombres no pueden vivir sin normas ni valores."

La ética médica deja de lado su responsabilidad moral y se convierte en jurídica cuando el comportamiento del profesional llega a ser examinado por el tribunal del Estado. Por tanto, el análisis de la responsabilidad médica es de sumo interés por comprometer los valores de la vida y la integridad personal, que son especialmente apreciados por el Estado y por toda la comunidad.

Indudablemente el distinto valor o sentido atribuido a la vida humana condicionan el modo de tratarla; esto se verifica no solo en el campo de la biología o de la medicina, sino en cualquier terreno. Si se puede demostrar que la vida humana tiene un valor y una dignidad superior y exclusiva habremos encontrado el fundamento para exigir, éticamente, que se tenga hacia ella un relevante respeto.

En el campo de la ética-disciplinaria, la responsabilidad solamente es aplicable a los profesionales que son médicos titulados, por lo tanto no es imputable a estudiantes de esa profesión, enfermeras o personas jurídicas como clínicas o sociedades. Es decir, existe para ellos una responsabilidad personal e intransmisible; no es susceptible de desistir, transar o conciliar, dado el carácter inajenable e indisponible del contenido ético.

En estos eventos, el juzgador es el Tribunal de Ética Médica, el cual se integra por profesionales

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