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Entre los principales conceptos jurídicos encontramos los siguientes


Enviado por   •  14 de Enero de 2016  •  Ensayos  •  1.320 Palabras (6 Páginas)  •  251 Visitas

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En los últimos años del siglo XIX se inició una intensa actividad en el campo de la teoría del conocimiento jurídico y se conformó que la ciencia del derecho no puede existir desligada de ésta misma, además de que los grandes problemas de aquella ciencia se relacionan con dificultades epistemológicas. Esta relación es lo que ha dado inicio a la elaboración de una doctrina de los conceptos jurídicos fundamentales. Los conceptos jurídicos son instrumentos para el estudio y la práctica del derecho, además de ser la base teórica para la construcción de otros conceptos. La dogmática jurídica se divide para su estudio en derecho interno y externo. Se dice que los conceptos jurídicos fundamentales forman un sistema en el que algunos términos son primitivos, puesto que no se definen por ninguno de los restantes, mientras que los demás son derivados ya que su definición aparece directa o indirectamente.

Los conceptos jurídicos fundamentales, en el derecho se nos aparecen como los elementos que se encuentran en la estructura y en contenido de toda norma jurídica y en cuya ausencia no se entendería un orden jurídico determinado históricamente. Estando en todo orden coactivo concreto, se transforman en categorías de conocimiento, en conceptos básicos. De ahí que sean elementos del derecho y conceptos que se encuentran en la reflexión teórica.

Para el jurista húngaro Félix Somló, el análisis de las normas jurídicas atiende a dos aspectos diferentes. Por un lado, se puede inquirir que es lo que las normas en determinado ordenamiento establecen, y que es lo que de acuerdo con ellas pueden hacerse u omitirse lícitamente. Por otro lado también podemos preguntarnos por los caracteres formales coincidentes en toda norma jurídica, esto es, no los contenidos materiales de las normas sino la estructura básica, para abstraer los elementos formales de la implicación formativa.

Podemos decir que la teoría kelseniana es rica en conceptos jurídicos fundamentales, tales como antecedentes, copula deber ser, consecuencia jurídica, persona, etcétera. El concepto más importante de esta teoría es el termino sanción, que define en esa concepción teórica, la juricidad de la norma.

Entre los principales conceptos jurídicos encontramos los siguientes:

La relación jurídica es un concepto jurídico fundamental, en tanto que en la vida de las personas en sociedad consiste en un cumulo de relaciones sociales. Nosotros podemos entender como relación jurídica al vínculo, establecido y regulado de manera legal, entre dos o más sujetos respecto a determinados intereses. Se trata de una relación que, por su regulación jurídica, genera efectos legales.

Los hecho jurídicos son acontecimientos instantáneos o estados, situaciones más duraderas que por sí mismo o junto con otros y de acuerdo a lo previo en las normas jurídicas, producen efectos jurídicos.

El acto jurídico implica la participación libre de la voluntad humana en acontecimientos a los que el derecho atribuye consecuencias jurídicas. Se clasifica en unilateral y bilateral. En el primero interviene para su formación una sola voluntad, o varias, pero concurrentes a un idéntico fin. El bilateral requiere para su formación la concurrencia de dos o más voluntades que buscan efectos jurídicos diversos entre sí. El acto bilateral se subdivide en dos, contrato y convenio.                        

El negocio jurídico es muy importante porque el fundamento del contrato y del testamento y está garantizado por el principio de la autonomía de la voluntad. En el derecho existen actos no negociables, que son aquellos en donde el agente no busca o pretende la consecuencia jurídica, esta se genera porque las normas la establecen.

El iusnaturalismo entendió al derecho subjetivo como un poder o facultad innata e inherente del individuo y previa a las normas positivas. El concepto de derecho subjetivo fue la base para reducir al derecho en su conjunto al ámbito del derecho privado y desde el mismo explicar todas las categorías jurídicas, al grado de identificar el derecho civil con los derechos subjetivos.

El deber jurídico se reduce a un deber moral indirectamente recogido y establecido en una norma jurídica. Según John Austin, es la obligación moral que ordena acatar la prescripción o norma jurídica. En las teorías contemporáneas del deber jurídico de lo que se trata es de darle autonomía respecto al deber moral; Para Kelsen el deber jurídico es la norma jurídica vista desde el punto de vista del obligado es decir la conducta opuesta al acto antijurídico

Jurídicamente el termino persona alude al conjunto de derechos y obligaciones que el derecho concede al ser humano o a una determinada colectividad de individuos. La persona física es el haz de derechos y obligaciones que se imputa a un ser humano en lo individual o también se puede decir que con ese término se designa a todos aquellos seres humanos que pertenecen al ámbito personal de validez de un sistema jurídico.

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