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Espacialidad del mar caribe


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2015  •  Apuntes  •  2.519 Palabras (11 Páginas)  •  117 Visitas

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UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

“HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS”

SEDE MONAGAS

LA ESPACIALIDAD VENEZOLANA EN EL MAR CARIBE:

Una Visión Geopolítica y Ambiental

P.F.G. Gestión Ambiental

Profesor Eliseo E Acuña.

soyvenezolano@hispavista.com

soyvenezolano2@gmail.com

     Hablar de la espacialidad de nuestro país es introducirse en un mundo por lo demás escabroso. Desde aquel momento de 1777 cuando se identifica a la Capitanía General de Venezuela como ente territorial adscrito a la Corona Española, puedo decir que nacemos como identidad que, a pesar de todos los avatares, ha trascendido en el tiempo.

     ¿Problemas? Pues, incontables. Como resultado, sólo comparemos aquella Venezuela inicial con la de hoy, y nos daremos cuenta de la cantidad de espacio que hemos perdido. ¿Causas? Múltiples, que van desde las campañas “terrófagas” de las grandes potencias del momento y las complicidades de nuestros vecinos; a eso agrego las condiciones inhóspitas de las áreas perdidas y, muchas veces, las “ingenuidades” de nuestros litigantes. Sin embargo, hoy tenemos nociones de lo que es nuestro territorio, con todo y lo que significan las divergencias por la mal llamada “Zona en Reclamación” y el diferendo con Colombia.

     Lo que planteo en este trabajo sólo se orienta hacia la presentación de contenidos sencillos, bajo criterios de reflexión. No abundo en detalles técnicos en profundidad; sólo guío la exposición de aspectos legales-históricos que permiten mostrar la soberanía litoral de nuestro país en el mar Caribe. Asimismo, busco expresar el valor estratégico-económico-ambiental que ese mar representa para nuestro país. De fondo, el trabajo tiene una propensión didáctica.

     Pero, ¿dónde se localiza el Mar Caribe? Y, ¿cuánto conocemos del extenso mar localizado al norte de nuestro país? Respuesta obvia y lamentable a esta última interrogante: poco; tal vez, muy poco.

     El mar Caribe o de Las Antillas ocupa una extensa cuenca comprendida entre el arco insular de las Antillas Menores, exactamente en las costas occidentales de Santa Lucía y Martinica, (extremo este), y las costas orientales de la república de Belice y la costa oriental de la península de Yucatán, en México (extremo occidental); su punto más norte está localizado en un rosario de Cayos al sur oeste de la república de Cuba; y el más sur, en la entrada del golfo de Urabá, en la república de Colombia.

     Los países que limitan con tienen costas en el Mar Caribe son: Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Belice, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dominica, República Dominicana, Estados Unidos, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, St. Kitts y Nevis, Santa Lucia, San Vicente y las Granadinas, Trinidad y Tobago, Venezuela y los territorios en ultramar de Francia, Países bajos y Reino Unido.

     Con esta panorámica del Caribe, podemos estimar lo que de él corresponde a nuestro país. Sí, aproximadamente un área de 30%, por supuesto, considerando todas las condiciones físico-legales existentes.

     La exposición anterior muestra lo que en la actualidad nos corresponde del Caribe. Fue necesario para ello, no sólo buscar apoyo en lineamientos legales sino, también, acudir a instancias internacionales para enfrentar hasta demandas de países que se sentían vulnerados en su territorialidad. Lo físico ha sido siempre el soporte básico para las distintas delimitaciones; sin embargo, los cambios naturales que participan en la evolución geomorfológica, o el desconocimiento de los mismos, se han constituido siempre en elementos “perturbadores” para lograr acuerdos.

     La territorialidad en los espacios acuáticos de todo país ribereño comienza por el conocimiento de su mar territorial. Este término a lo largo de su evolución, pasó por las propuestas de distintos enfoques. Como ejemplos, el criterio referente al “alcance de la vista”; asimismo, el que consideraba “el alcance del arma defensiva”. Fue luego de un muy largo tiempo de discusiones que se llega a considerar el que queda delimitado por la cantidad de millas náuticas. En tal sentido se agregan, luego, los aspectos jurídicos Zona Contigua, Zona Económica Exclusiva y Plataforma Continental. En el caso venezolano, todo ello está amparado en la LEY APROBATORIA DE LA CONVENCIÓN DEL MAR TERRITORIAL Y LA ZONA CONTIGUA, Gaceta Oficial N° 26.615, del 31-07-61; y la LEY APROBATORIA DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA PLATAFORMA CONTINENTAL, Gaceta Oficial 26.614 del 29-07-61. Todas estas leyes establecen los derechos y deberes a considerar en la aplicación de las mismas; asimismo, con apoyo de lo establecido en los acuerdos de la Convención de Ginebra del 29 de Abril de 1958, sobre Mar Territorial y Zona Contigua.

     En tal sentido, el espacio insular Caribeño de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, isla de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.

     Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.

     El Mar Territorial en nuestro país se estableció en la LEY SOBRE MAR TERRITORIAL, PLATAFORMA CONTINENTAL Y ESPACIO AÉREO, del 23-07-56, según Gaceta Oficial 496, Extraordinaria, cuando se extiende por primera vez a 12 millas náuticas. Abarca, a todo lo largo de las costas continentales e insulares de la República una anchura de doce millas náuticas (12 Mn) y se medirá ordinariamente a partir de la línea de más baja marea. La soberanía nacional en el Mar Territorial se ejerce sobre el espacio aéreo, las aguas, el suelo y subsuelo, y sobre todos los recursos que en ellos se encuentren [Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares, Artículos Nos. 10 y 11].

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