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Estimados alumnos recuerda que el siguiente documento digitalizado electrónicamente tiene fines educativos


Enviado por   •  4 de Marzo de 2016  •  Tareas  •  5.151 Palabras (21 Páginas)  •  312 Visitas

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Estimados alumnos recuerda que el siguiente documento digitalizado electrónicamente tiene fines educativos, no tiene fines lucrativos y nuestro deber es no alterarlo y citar la referencia bibliográfica.

Introducción al derecho Civil, Javier Tapia Ramirez Edit. Mc. Graw Hill, México 2002 pp.99-112

V. Persona física

SUMARIO

Adquisición de la personalidad • Extinción de la personalidad.

OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

Identificar el momento en que inicia la personalidad de las personas físicas por los efectos que produce una vez nacido.

 Conocer el concepto de la viabilidad y la protecci6n que tiene el concebido par las consecuencias que surgen a partir de determinar si es viable o no.

Analizar el momento en que se extingue la personalidad y la manera en que se prueba, así como la importancia de conocer los sistemas de premoriencia y comoriencia, para identificar cual adopta la legislación civil en México.


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V. PERSONA Física 99

ADQUISICION DE LA PERSONALIDAD

La personalidad de las personas físicas (el c6digo dice capacidad), se inicia con el nacimiento y termina con la muerte. Así lo dispone el artículo 22 del C6digo Civil. Sin embargo, este precepto también establece que desde el momento de la concepci6n se le considera nacido para los efectos legales, de lo que se desprende que aun antes de nacer, al concebido se le reconoce como persona. Al respecto, cabe señalar que se confunde a la vida con la persona humana, puesto que lo que hace la ley es proteger a la vida desde su concepci6n, lo cual no indica que se deba aceptar la existencia de la persona, debido a que esta solo existe cuando se ha separado del seno materna y tiene vida propia independiente de la madre.'

Ahora bien, el nasciturus (el que esta por nacer) en tanto no nazca con determinados requisitos, no tiene personalidad y, por tanto, no es sujeto de derechos y obligaciones, estos están subordinados al hecho de que nazca vivo y viable. EI derecho tan solo conserva a favor del nasciturus la expectativa de derechos que esta en posibilidad de adquirir, estableciendo que se le tendrá por nacido desde el momento de la concepci6n. Es el nacimiento el hecho jurídico que le hará adquirir la categoría de persona. Es necesario que después del alumbramiento nazca vivo y viable, es decir, que el feto viva veinticuatro horas o sea presentado vivo al oficial del Registro Civil para que la persona nacida adquiera la personalidad jurídica.

En este sentido, determinar el momento de la concepción es importante porque, de acuerdo con el artículo 22 del C6digo Civil, al concebido se e tiene por nacido, es decir, se le considera como persona y, por tanto, desde ese momento es sujeto de derechos y obligaciones, principalmente n los siguientes casos:

  1. Cuando el c6nyuge muere y su viuda contrae nupcias antes de que transcurran diez meses del deceso de su marido y resulta embarazada, surge la dificultad de establecer quien es el padre, si el difunto 0 el nuevo consorte.

Además, desde el punto de vista patrimonial, la adquisici6n de derechos por donaci6n, herencia 0 legado s610 se puede determinar cuando cualquiera de estas liberalidades se hubiese ejecutado una vez que fue concebida la persona y antes de que falleciera el autor de la sucesi6n, donaci6n 0 legado.

I Guillermo Borda, Tratado de derecho civil, 9a. ed., Perrot, Buenos Aires, t. I, p. 246.

Nasciturus. El producto que esta par nacer, es decir. el que esta concebido Perú aun no ha nacido.


100 SEGUNDA PARTE PERSONAS, FAMILIA Y CONCUBINATO

Se presumen hijos de matrimonio. Los nacidos después de 180 días del matrimonio y los nacidos dentro de los 300 días posteriores a la disolución del mismo.

Relación de filiación. Se refiere a determinar si una persona es descendiente de otra genéticamente.

  1. Aun cuando el Código Civil no dispone nada para proteger la vida del concebido y evitar que por cualquier causa se impida su natural desarrollo y, como consecuencia, su nacimiento como persona y adquiera los derechos que le correspondan, el ordenamiento penal y diversas leyes especiales de carácter administrativo, como la Ley General de Salud? otorgan tal protecci6n mediante la prohibici6n del aborto. Al respecto, es importante mencionar que en el sistema de derecho privado italiano se le puede nombrar un "curador especial (denominado curator ventris) para la protecci6n del nasciturus, con el fin de que no se le impida el proceso de gestaci6n y administre los bienes que, con posterioridad a su nacimiento, pudiera adquirir [ ... ]"3
  2. Por su parte, el C6digo Civil determina el momento de la concepci6n de los que naciesen vivos, en sus artículos 324, 325, 326 y 383, en los cuales establece los plazos máximos y mínimos de la duraci6n del embarazo.

Así, se presumen hijos de matrimonio (y también del concubinato, Art. 383) los nacidos después de 180 días de la celebración del matrimonio y los nacidos dentro de los 300 días posteriores a la fecha de disoluci6n del mismo, ya sea por nulidad, fallecimiento 0 divorcio. El plazo corre a partir de que los c6nyuges hayan quedado separados por orden judicial, a causa de nulidad de matrimonio o divorcio, o de que ces61a vida en común, en el caso de los concubinos. Esta presunci6n admite prueba en contrario s610 cuando se demuestre que hubo imposibilidad de que los c6nyuges (0 concubinos) pudieran haber tenido relaciones carnales, "en los primeros 120 días de los trescientos que han precedido al nacimiento".

Al respecto, es interesante destacar que gracias a los avances científicos y tecnol6gicos, en la actualidad se ha demostrado que puede haber embarazos de menos de 180 días y de más de trescientos. Además, ahora se puede establecer con un 99% de certeza la relación de .filiación, es decir, determinar si una persona es descendiente de otra.

En otro orden de ideas, las personas interesadas en conocer el momento de la concepci6n de una persona y su protecci6n 4 son los parientes del nasciturus y todas las personas a quienes pasarían los bienes si no se rea-

...

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