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Formulacion y Evaluacion de Proyectos de Ingenieria


Enviado por   •  30 de Abril de 2017  •  Tareas  •  3.648 Palabras (15 Páginas)  •  280 Visitas

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FACULTAD DE INGENIERÍA[pic 3]

CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL

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Autores:

Infante Chipile Denis

Sánchez Chávez Herlin Noé.

Curso:

Formulacion y Evaluacion de Proyectos de Ingenieria.

Docente:

Fabián Sánchez Portal

CAJAMARCA – PERÚ

2017-1


Contenido

CAPÍTULO 1.        POR CUANTO:        3

1.1.        DECRETO LEGISLATIVO QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES Y DEROGA LA LEY N° 27293, LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA.        3

1.1.1.        Artículo 1        3

1.1.2.        Articulo 2        4

1.1.3.1.  Principios rectores.        4

1.2.        DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES.        8

1.3.        DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS        11

1.4.        DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA.        12

DECRETO LEGISLATIVO N° 1252

  1. POR CUANTO:

El Congreso de la República mediante Ley Nº 30506 ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar, por un plazo de noventa (90) días calendario, sobre diversas materias relacionadas con la reactivación económica y formalización, seguridad ciudadana, lucha contra la corrupción, agua y saneamiento y reorganización de PETROPERÚ S.A; Que, el literal e) del inciso 1 del artículo 2 de la citada Ley otorga la facultad de legislar a fin de reorganizar el Sistema Nacional de Inversión Pública, otorgándole una estructura de sistema administrativo efectivamente descentralizado, incorporando a los actores regionales para garantizar la eficiencia y eficacia del proceso de descentralización con el fin de agilizar e incrementar la calidad de la inversión pública; restructurar los procesos del Sistema Nacional de Inversión Pública, vinculando la cartera de proyectos al desarrollo territorial o sectorial y priorizando el cierre de brechas de infraestructura; mejorar y simplificar la formulación y evaluación de proyectos, modificando las metodologías y parámetros asociados al nivel de servicios; y aprobar medidas para hacer más eficiente la ejecución de los proyectos; Que, en ese marco, corresponde emitir una norma con rango de Ley que reorganice el Sistema Nacional de Inversión Pública, sustituyéndolo por un sistema descentralizado y articulado al cierre de brechas de infraestructura y de acceso a servicios a cargo del Estado, para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y en ejercicio de las facultades delegadas en el literal e) del inciso 1 del artículo 2 de la Ley N° 30506.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

COMENTARIO N°1.

  • El decreto legislativo se crea para evitar la corrupción en las licitaciones de proyectos, así mismo la reorganización de PETROPERU S.A.
  • Como otra de las finalidades del decreto legislativo es la reorganización del SNIP (Sistema Nacional de Inversión Pública) de acurdo a la ley N° 30506.

  1. DECRETO LEGISLATIVO QUE CREA EL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES Y DEROGA LA LEY N° 27293, LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA.

  1. Artículo 1

  1. Objeto.

Créase el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país y derógase la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública.

COMENTARIO N° 2

  • La finalidad del Sistema Nacional Multianual y Gestión de Inversiones  es orientar el uso de los recursos públicos  destinados a la inversión

  1. Artículo 2.

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  1. Ámbito de aplicación

El presente Decreto Legislativo y sus normas reglamentarias y complementarias son de aplicación obligatoria a las entidades del Sector Público No Financiero a que se refiere la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Dichas entidades son agrupadas por sectores solo para efectos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se agrupan según su nivel de gobierno respectivo, conforme lo establezca el Reglamento del presente Decreto Legislativo.

COMENTARIO N° 3

  • Se realiza  para instituciones públicas como gobiernos regionales y gobiernos locales según su nivel de gobierno respectivo.

1.1.3. Articulo 3

1.1.3.1.  Principios rectores.

La programación multianual de inversiones y la ejecución de los proyectos de inversión respectivos se sujetan a los principios rectores siguientes:

 a) La programación multianual de la inversión debe ser realizada considerando como principal objetivo el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios públicos para la población.

b) La programación multianual de la inversión vincula los objetivos nacionales, planes sectoriales nacionales, así como los planes de desarrollos concertados regionales y locales, respectivamente, con la identificación de la cartera de proyectos a ejecutarse y debe realizarse en concordancia con las proyecciones del Marco Macroeconómico Multianual.

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