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Guia De Derecho Mercantil

123409876529 de Julio de 2013

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GUIA DE DERECHO MERCANTIL II

1) CUAL ES EL OBJETO DE LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL?

Articulo 1.- Proteger a los autores de obras literarias, artísticas y de programación. También protege esta Ley a los artistas-intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y organismos de radiodifusión.

2) LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL QUE CARACTERISTICAS TIENE EN LA CLASIFICACION DE ORDEN PUBLICO O DE ORDEN PRIVADO?

Articulo 4.- Es de Orden Publico e Interes Social

Ampara los derechos de los autores hondureños, de los extranjeros residentes en el país y las obras extranjeras publicadas por primera vez en Honduras, las obras audiovisuales cuyo productor sea hondureño o que tenga su residencia habitual o su sede en Honduras, así como las obras de arquitectura erigidas en Honduras o las obras de bellas artes que sean parte de un edificio situado en Honduras.

Los derechos de los extranjeros no residentes en el país, cuyas obras hayan sido publicadas por primera vez en el exterior, gozarán de la protección de esta Ley conforme a las convenciones internacionales de las cuales Honduras forma parte. A falta de convención se aplicará el principio de reciprocidad. Los apátridas y refugiados se les dará los derechos del Estado donde tengan su domicilio.

Tendrán validez frente a terceros los contratos celebrados en el extranjero sobre derecho de autor y de los derechos conexos que deban cumplirse en Honduras, cuando los mismos sean inscritos ante la Oficina Administrativa del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos. Dichos contratos se sujetarán a formalidades exigidas en el lugar de su celebración, a reserva de lo establecido en la legislación hondureña y sin perjuicio de lo estipulado en las convenciones internacionales, de las cuales Honduras forma parte.

3) DESCRIBA EL CAMPO DE REGULACION DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL?

Articulo 2.- Establecer las bases para que en las actividades industriales y comerciales del país, exista un sistema permanente de perfeccionamiento de sus procesos y productos;

Promover y fomentar la inventiva de aplicación industrial, las mejores técnicas y la difusión de conocimientos tecnológicos dentro de los sectores productivos;

Propiciar e impulsar el mejoramiento de la calidad de los bienes y servicios en la industria y en el comercio, conforme a los intereses de los consumidores;

Favorecer la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles;

Proteger la propiedad industrial mediante la regulación de patentes de invención; de registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y avisos comerciales, de denominaciones de origen y de secretos industriales; y,

Prevenir los actos que atenten contra la Propiedad Industrial o que constituyan competencia desleal relacionada con la misma; y, establecer las sanciones respecto de ellos.

4) LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL COMO DEFINE LA PATENTE DE INVENCION, QUE CONSIDERA INVENCION Y QUE NO CONSIDERA INVENCION?

Articulo 4.- Por Patente se entiende el derecho especial que concede el Estado con la relación a actos de explotación de una invención. Los efectos, alcances, obligaciones y limitaciones a la patente están determinadas por la Ley.

Es Invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento, a través de la satisfacción inmediata de una necesidad concreta.

No se considera invención y en tal virtud quedará excluida de protección por patente:

La materia que no se adecue a la definición del Artículo 4;

Los principios teóricos o científicos;

Los descubrimientos que consistan en dar a conocer o revelar algo que ya existía en la naturaleza, aún cuando anteriormente fuese desconocido para el hombre;

El material biológico que existe en la naturaleza;

Los esquemas, planes, reglas y métodos para realizar actos mentales, juegos o negocios;

Los programas de computación aisladamente considerados;

Las formas de presentación de información;

Las creaciones estéticas y las obras artísticas o literarias;

Los métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicables al cuerpo humano y los relativos a animales; y

La yuxtaposición de invenciones conocidas o mezclas de productos conocidos, su variación de forma, de dimensiones o de materiales, salvo que en realidad se trate de su combinación o fusión de tal manera que no puedan funcionar separadamente o que las cualidades o funciones características de las mismas sean modificadas para obtener un resultado industrial no obvio para un técnico en la materia.

5) CUANDO SEGÚN ESTA LEY SE CONSIDERA PATENTABLE Y CUANDO NO?

Articulo 6.- Una invención será patente cuando sea susceptible de aplicación industrial, sea novedosa y tenga nivel inventivo.

Articulo 7.- No serán Patentables; Los procesos esencialmente biológicos para la obtención o reproducción de plantas animales o sus variedades, incluyendo los proceso genéticos o relativos a material capaz de conducir su propia duplicación, por si mismo o por cualquier otra manera indirecta, cuando consistan en seleccionar o aislar material biológico disponible y dejarlo que actúe en condiciones naturales; y,

Las variedades y especies vegetales y las especies y razas animales.

6) CUALES SON LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y LIMITACIONES DE LA PATENTE DE INVENCION?

ARTICULO 15.- Las patentes de invención serán concedidas por un plazo de veinte (20) años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de su solicitud En la Oficina de Registro de Propiedad Industrial en Honduras.

ARTICULO 16.- Para mantener en vigencia una patente o una solicitud de patente en trámite deberá pagarse tasas anuales. Los pagos se harán antes de comenzar e período anual correspondiente. La primera tasa anual se pagará antes de comenzar el tercer año contado desde la fecha de presentación de la solicitud de patente. Podrá pagarse dos (2) o más tasas anuales por anticipado.

Se concederá un plazo de gracia de seis (6) meses para el pago de la tasa anual, debiendo pagar la sobretasa establecida. Durante el plazo de gracia, la patente o la solicitud de patente, según el caso, mantendrá su vigencia plena.

La falta de pago de alguna de las tasas anuales de conformidad con lo dispuesto en el presente Artículo, producirá de pleno derecho la caducidad de la patente o de la solicitud de patente, según fuese el caso.

ARTICULO 17.- La patente conferirá a su titular el derecho de excluir a terceras personas de la explotación de la invención patentada. En tal virtud, y con las limitaciones previstas en la presente Ley, el titular de la patente tendrá el derecho de actuar contra cualquier persona que sin su acuerdo, realice cualesquiera de los actos siguientes:

Cuando patente se haya concedido par aun producto:

Fabricar el producto; y,

Ofrecer en venta, vender o utilizar el producto o importado o almacenarlo para alguno de estos fines.

Cuando la patente se haya concedido para un procedimiento:

Emplear el procedimiento; y,

Ejecutar cualquiera de los actos indicados en el numeral 1) inciso b) de este Artículo respecto a un producto resultante directamente de la utilización del procedimiento.

El alcance de la protección conferida por la patente estará determinado por las reivindicaciones. Las reivindicaciones se interpretarán a la luz de la descripción y los dibujos.

ARTICULO 18. - Los derechos conferidos por la patente sólo podrán hacerse valer contra actos realizados por terceros con fines industriales o comerciales. En particular, tales derechos no podrán hacerse valer contra actos realizados exclusivamente en el ámbito privado y con fines no comerciales, o con fines de experimentación, investigación científica o enseñanza relativos al objeto de la invención patentada.

Los derechos conferidos por la patente no podrán hacerse valer contra cualquier persona que comercialice, adquiera o use el producto patentado u obtenido por el proceso patentado, luego de que dicho producto hubiera sido introducido lícitamente en el comercio nacional o internacional por el titular de la patente o por sus licenciatarios.

La patente no confiere el derecho de impedir los actos referidos en el artículo 5to del Convenio de Paris para la protección de la Propiedad Industrial.

ARTICULO 19. - Los derechos conferidos por la patente no podrán hacerse valer contra una persona que pruebe que, con anterioridad a la falta de presentación, o, en su caso, de prioridad de la solicitud de patente correspondiente, ya se encontraba produciendo el producto o usando el procedimiento que constituye la invención en el país.

Esa persona tendrá derecho de continuar produciendo el producto o empleando el procedimiento como venía haciéndolo, pero este derecho solo podrá cederse o transferirse junto con el establecimiento o la empresa en que estuviese realizando tal producción o empleo.

Esta excepción no será aplicable si la persona hubiese adquirido conocimiento de la intervención por acta de mala fe.

ARTICULO 20. - Una patente o una solicitud de patente podrá ser cedida por actos entre vivos o transferida por vía sucesora.

Toda cesión o transferencia relativa a una patente

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