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La Defraudación Tributaria de Bacongesa y su Influencia en la Reputación de Instituciones Vinculadas a Lelio Balarezo Young


Enviado por   •  27 de Diciembre de 2015  •  Ensayos  •  1.306 Palabras (6 Páginas)  •  262 Visitas

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La Defraudación Tributaria de Bacongesa y su Influencia en la Reputación de Instituciones Vinculadas a Lelio Balarezo Young

Nelly Serna Doria

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que emitir facturas que corresponden a operaciones no realizadas puede generar una pérdida anual, para nuestro país en recaudación de impuestos, de hasta S/. 5,000 millones. Dichos comportamientos evasivos, no pertenecen exclusivamente a pequeños empresarios informales y profesionales, sino también a aquellos que son grandes e influyentes. Entre estos, Lelio Balarezo Young que ha generado mucha controversia por el delito de defraudación tributaria en agravio del Estado en el que se vio involucrado conjuntamente con su empresa Balarezo Contratistas Generales S.A. - Bacongesa en el cual ocupaba el cargo de gerente general. Su condena repercutió negativamente en su reputación personal, así como a instituciones a los cuales se encontraba vinculado, tales como la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales (Confiep) y la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco).

Para entender este caso es necesario conocer qué es el delito de defraudación tributaria en agravio del Estado. Según la Ley Penal Tributaria Decreto Legislativo N° 813 del Perú, comete defraudación tributaria “el que en provecho propio o de un tercero, valiéndose de cualquier artificio, engaño, astucia, ardid u otra forma fraudulenta, deja de pagar todo o en parte los tributos que establecen las leyes”. Este delito puede ejecutarse de dos modalidades, la primera está relacionada con ocultar información de ingresos y egresos que se efectúan en un determinado periodo de tiempo o considerar datos falsos para anular o reducir los tributos a pagar, y la segunda, es no entregar a las instancias correspondientes el monto de las retenciones o percepciones en el plazo establecido según las leyes y reglamentos de nuestro país.

La principal causa para incurrir en el delito de defraudación tributaria es la evasión, conceptualizada por Villegas (2001) como “toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas violatorias de disposiciones legales” (p. 382). Es así que numerosos empresarios buscan hacer uso indebido de su crédito fiscal realizando maniobras al momento de registrar sus ingresos y egresos, manipulando comprobantes de pago, siendo la creación de facturas “fantasmas” la que mayores incidencias registra.

Según las investigaciones, este comportamiento hacia la evasión de impuestos no se debe solamente a factores externos como la complejidad del sistema tributario sino también a factores internos como la actitud y la voluntad de los contribuyentes. Para reducir este comportamiento, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) realiza fiscalizaciones a empresas privadas del país. Es así que el año 2013, en una de estas intervenciones, detectó irregularidades en las facturas que presentó la empresa Bacongesa, empresa dedicada a la instalación y montaje de torres de alta tensión. Luego de ejecutado las investigaciones se comprobó que existían incompatibilidades entre los registros que éstos presentaron y lo que declararon sus proveedores en sus libros contables. Las compras “fantasmas” a las que hacían referencia las 176 facturas corresponden a comprobantes de pago de Negociaciones Aries SA y Syst’Pomen. Estas maniobras permitieron a Bacongesa omitir el pago de impuestos por 5 millones 934 mil soles entre 1995 y 1997.

En el Perú, según los Principios Contables Generalmente Aceptados, la gerencia de la empresa es la única responsable de la preparación de los estados financieros. Fonseca (2009) manifiesta que su responsabilidad va más allá de la preparación de dichos documentos. Además es responsable de que se implemente un sistema adecuado de control interno que asegure la confiabilidad de la información financiera y la mantenga lejos de fraudes y errores significativos. Asimismo, el contador debe acreditar que los documentos financieros contienen datos verídicos y que se prepararon de acuerdo a las normas contables correspondientes.

Los responsables del manejo contable y la preparación de los estados financieros que incurren en el delito de defraudación tributaria, son sancionados con pena privativa de la libertad y adicionalmente reciben una sanción tipo pecuniaria, es decir, está obligado a pagar en favor del estado un determinado monto de dinero fijada en días-multa. Por ello, Lelio Balarezo Young fue condenado a cinco años de cárcel efectiva y su contador Edmundo Acosta Santa Cruz, a cuatro años por ser cómplice primario del delito de defraudación tributaria en perjuicio del Estado. Ambos tendrán que pagar una reparación civil de 2 millones 212 mil 505 nuevos soles.

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