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La Etica Profesional

laxus1014 de Enero de 2014

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Definiciones de Ética Profesional

Etimológicamente la palabra ética proviene del griego ethikos (“carácter”). Se trata del estudio de la moral y del accionar humano para promover los comportamientos deseables. Una sentencia ética supone la elaboración de un juicio moral y una norma que señala cómo deberían actuar los integrantes de una sociedad.

Por profesión se entiende una ocupación que se desarrolla con el fin de colaborar con el bienestar de una sociedad. Para realizar dicha labor es necesario que el profesional (persona que ejerce la misma) actúe con responsabilidad, siguiendo los requisitos que la ley vigente plantee para el desarrollo de esa actividad.

"La Ética se considera como una ciencia práctica y normativa que estudia el comportamiento de los hombres, que conviven socialmente bajo una serie de normas que le permiten ordenar sus actuaciones y que el mismo grupo social ha establecido, así mismo estudia actos voluntarios, que el hombre controla consciente y deliberadamente y de los que es fundamentalmente responsable y los actos involuntarios, son los que obviamente ejecuta inconsciente o involuntariamente y no poseen significado Ético alguno" – Autor Desconocido.

"Se define como parte de la filosofía que comprende al estudio de la moral y de las obligaciones del hombre. Por su parte el adjetivo profesional, gramaticalmente alude a lo perteneciente a una profesión" – Autor Desconocido.

"La ética de una profesión es el conjunto de normas, en términos de los cuales definimos como buenas o malas, una práctica y relaciones profesionales. El bien se refiere aquí, a que la profesión constituye una comunidad dirigida al logro de una cierta finalidad: la prestación de un servicio" – Vaillarini

Podemos definir a la ética profesional como una reflexión filosófica acerca de la moralidad de acuerdo con el ejercicio profesional; es la rectitud moral de la profesión. De otro nivel, se podría decir que es el examen de las posibilidades morales que enfrenta el profesional en el desempeño de sus actividades.

Importancia de la Ética Profesional

De acuerdo a lo aprendido en el último semestre de mi carrera de desarrollador de software he logrado comprender que la ética profesional funciona como un regulador en el comportamiento de los profesionales, es una guía que nos orienta a actuar de forma correcta frente a diferentes circunstancias, dejando a un lado la definición y tomando la práctica. Sin la Ética profesional, sin su práctica, la administración en las instituciones sería un caos de corrupción, no habría ley que juzgara el mal comportamiento de las personas, no habría igualdad de derechos y la equidad tendría que “comprarse”.

Todo oficio o profesión exige de sus miembros una conducta moral, que es algo distinto al desempeño técnico y eficiente de una profesión, para esto se requiere del desempeño para que se respete y se cumpla con las normas morales. La importancia de esta es que descubre en los hombres un valor en la actuación profesional. Este valor surge como una exigencia de la persona, cualquiera sea su trabajo. La ética profesional no debería ser motivo de asombro o presunción, ya que debe ser algo con lo que debemos convivir diariamente, debemos de estar plenamente conscientes y convencidos de que la ética se rige bajo principios universales básicos, por lo tanto depende de nosotros mismos, el establecer un entorno ético, con nuestra familia, amigos, y principalmente con nuestros colaboradores.

El objetivo de la ética en el terreno de la práctica profesional es principalmente la aplicación de las normas morales, fundadas en la honradez, la cortesía y el honor

Los profesionales al realizar su trabajo lo deben hacer siguiendo algunas reglas establecidas por la corrección e idoneidad de las personas, aparte de las normas y leyes.

La ética es el auto control que un buen profesional pone en su trabajo para no defraudar a su cliente, el no ser ético da lugar a la corrupción, el engaño, la mentira, la estafa y todas las malas prácticas que arruinan la convivencia social.

Interpretación del Decreto Ejecutivo No. 246 de 15 de diciembre de 2004

El Decreto Ejecutivo No. 246 de 15 de diciembre de 2004 dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos que laboran en las entidades del Gobierno Central. En el que considerando el artículo 27 de la ley No. 6 de 22 de enero de 2002, “Que dicta normas para la transparencia en la gestión pública” facultó a toda agencia o dependencia del Estado, incluyendo las pertenecientes a los Órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial, lo mismo que a los municipios, los gobiernos locales y las juntas comunales, para dictar dentro de un plazo no mayor de seis meses un Código de Ética considerado indispensable para el correcto ejercicio de la función pública, como un instrumento que recoja de manera uniforme las normas y principios éticos y morales que, en todo momento, deben orientar la conducta de los servidores públicos que laboran en tales entidades.

A continuación citaré cada artículo colocándolo entre comillas y daré mi propia interpretación del mismo después de cada uno.

Capítulo I

Ámbito de Aplicación y Definiciones

En este capítulo se explica la extensión de aplicación del decreto ejecutivo No. 246 de 15 de diciembre de 2004, es decir las instituciones en donde debe ejecutarse, como también ciertas definiciones para evitar ambigüedades en su cumplimiento.

“ARTÍCULO 1: Las disposiciones de este decreto son de obligatorio cumplimiento para todos los funcionarios o servidores públicos, sin perjuicio de su nivel jerárquico, que presten servicios en las diferentes instituciones del gobierno central, entidades autónomas o semiautónomas, lo mismo que en empresas y sociedades con participación estatal mayoritaria.”

Según este artículo las disposiciones establecidas en el decreto ejecutivo No. 246 de 15 de diciembre de 2004 son de carácter obligatorio para todas las instituciones gubernamentales, públicas sin distinción de jerarquía en el personal que labora en ellas dejando fuera la posibilidad del abuso de autoridad y resaltando la igualdad del valor de la ética para todos.

“ARTÍCULO 2: Para los efectos del presente decreto, se entiende por Función Pública toda actividad permanente o temporal, remunerada o ad honorem, realizada por una persona natural en nombre o al servicio del Estado en cualquiera de las instituciones a que se refiere el artículo anterior, con independencia de su nivel jerárquico.”

En el artículo 2 se aclara la definición de “función pública” siendo específico en la concepción que debe tenerse de ella como una actividad remunerada o no remunerada (Ad honorem) económicamente sin importar la jerarquía del colaborador a en la institución. Ad honorem es una locución latina que se usa para caracterizar cualquier actividad que se lleva a cabo sin percibir ninguna retribución económica. Literalmente, significa por la honra, el prestigio o la satisfacción personal que la tarea brinda.

Capítulo II

Principios Generales

En este capítulo se establece una lista de valores o principios con los que debe cumplir completamente todo funcionario público, dando una definición de cada uno y explicando el comportamiento que el funcionario debe tener con cada principio.

“ARTÍCULO 3: PROBIDAD. El servidor público debe actuar con rectitud y honradez, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona. Tampoco aceptará prestación o compensación alguna por parte de terceros que le pueda llevar a incurrir en falta a sus deberes y obligaciones.”

En el artículo 3 se establece que el funcionario público debe servirle a la ética vetando todo interés personal, propio o inducido por otra persona, debe rechazarse soborno o extorción, se establece en este artículo que el funcionario público debe entregarse a sus deberes y obligaciones únicamente.

Probidad significa rectitud, integridad y honradez en el actuar, de donde se deriva que carece de ella el sujeto de la relación laboral que adopta una conducta dolosa contraria a los principios que han quedado enunciados, a resultas de la cual se produce o puede producirse un resultado dañoso o un perjuicio a fin de obtener un beneficio para sí o para otro.

“ARTÍCULO 4: PRUDENCIA. El servidor público debe actuar con pleno conocimiento de las materias sometidas a su consideración y con la misma diligencia que un buen administrador emplearía para con sus propios bienes, dado que el ejercicio de la función pública debe inspirar confianza en la comunidad. Asimismo, debe evitar acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad de la función pública, el patrimonio del Estado o la imagen que debe tener la sociedad respecto de sus servidores.”

El artículo 4 señala que el funcionario público debe actuar de forma justa, adecuada y con cautela, en virtud de comunicarse siendo cauteloso y adecuado, así como actuar respetando las materias sometidas a su consideración en la institución, sin comprometerla de forma negativa.

“ARTÍCULO 5: JUSTICIA. El servidor público debe tener permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones y coadyuvará a la realización plena de los derechos de que goza el ciudadano en sus relaciones con el Estado.”

El

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