La Genética Organismos Genéticamente Modificados, en Venezuela
marialilanaEnsayo24 de Septiembre de 2014
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La Genética
Organismos Genéticamente Modificados, en Venezuela
En Venezuela, pocas personas entienden lo que representan los Organismos Genéticamente Modificados; dado que es un tema que por lo complejo de su conceptualización, se circunscribe a especialistas en el área.
El 18 de abril de 2004 el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, consciente del peligro representado por los Organismos Genéticamente Modificados y la falta de legislación que los regulen, se comprometió públicamente a anular cualquier acuerdo que tuviera el gobierno de Venezuela para la producción y comercialización de transgénicos.
Por otra parte, Venezuela es firmante de convenio internacional Protocolo de Cartagena, así llamado, vigente desde 11 septiembre 2003, que constituye un piso mínimo para la regulación de actividades con Organismos Genéticamente Modificados. Es importante señalar que este Protocolo existe porque se reconoce mundialmente que los Organismos Genéticamente Modificados introducen nuevos riesgos para la salud y el ambiente y que deben ser tratados de un modo diferente de los demás organismos y sus productos.
Es conveniente destacar también, que no existe legislación que regule específicamente actividades con transgénicos pero, si existen disposiciones generales en el articulado de tratados y Leyes nacionales.
PROYECTO DE LEY DE SEMILLAS
En Venezuela se menciona que en la Asamblea Nacional se discute un anteproyecto de Ley de Semillas que según vocerías de algunos legisladores, el anteproyecto de ley de semillas contribuirá a preservar la diversidad biológica e incrementar la producción nacional, "El anteproyecto impedirá el uso de transgénicos en el país y busca garantizar la soberanía y seguridad alimentaria", pero este es un anteproyecto discutido en secreto sin la participación de los actores directos como son nuestros agricultores y productores agrícolas, porque resulta que de acuerdo a los datos obtenidos se evidencia que Venezuela es neto importador de productos agrícolas, procedentes de muchos países que a su vez han legalizado la producción y comercio de productos transgénicos. Venezuela importa cantidades de productos agrícolas, particularmente de países donde la producción de cultivos transgénicos es ya una práctica común.
EXPOSICION DE MOTIVOS
El objetivo general del presente Proyecto de Ley es regular desde una perspectiva agroecológica la promoción, certificación, distribución y comercialización de semillas en la República Bolivariana de Venezuela, como base estratégica del desarrollo rural integral a fin de consolidar nuestra soberanía alimentaria y contribuir con ello al desarrollo económico y social nacional, de conformidad con el artículo 305 de la Constitución. Esta propuesta de ley promueve el desarrollo de un sistema de producción de semillas: moderno, antitransgénico, de calidad, soberano, democrático, participativo, corresponsable y solidario; que propugne la protección a la diversidad biológica y ayude a la preservación de la vida en el planeta Con esta propuesta antitransgénico y antipatentes de semillas en el territorio nacional se promueve una de las condiciones necesarias para el desarrollo rural integral, que garantizará a la población campesina un nivel adecuado de bienestar, un uso óptimo de la tierra y sus insumos, un fomento de la actividad agrícola sustentable y saludable, y en definitiva la soberanía alimentaria de nuestra población presente y futura, todo de conformidad con los artículos 98, 127, 305 y 306 de la Constitución de la República.
Este proyecto de Ley constituye una fórmula jurídica al legado del Comandante Supremo Hugo Chávez; quien planteó que las leyes debían estar subordinadas a las necesidades del pueblo, al igual de cumplir con el “deber de buscar mil maneras y más de darle al pueblo la vida que necesita” pues de lo contrario, no sólo la salud de todos los habitantes y de todas las habitantes de Venezuela estaría en juego sino que se estaría permitiendo a las grandes trasnacionales de la agricultura y de la alimentación acabar con la soberanía alimentaria nacional. En virtud de lo anterior, la regulación de semillas que se propone ahora se alinea con las concepciones que sustentan el Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna la primacía de los derechos humanos, concebidos como inherentes e indivisibles, todos amparados por el ordenamiento jurídico venezolano. En consecuencia, el presente proyecto busca derogar la vigente “Ley de Semillas y Material para la Reproducción Animal e Insumos Biológicos” publicada en la Gaceta Oficial Número 37.552 del 18 de Octubre de 2002, que supo dar un paso al derogar el decreto denominado “Normas Generales de Semillas” expedido el 23 de abril de 1986, el cual estaba desfasado por los avances en las ciencias agroecológicas del momento.
Ley de Gestión de la Biodiversidad Biológica (Gaceta Oficial 39.070 del 1 de diciembre del 2008)
AL señalar que en el caso de las semillas, tomadas como insumos biológicos, seguirá aplicando sin excepción alguna la regla constitucional que establece que “el genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticas regulará la materia.
En tal sentido, se propone el presente proyecto de ley para detener radical y totalmente en Venezuela la posible entrada de los alimentos transgénicos pues, estos en vez de mejorar la seguridad alimentaria, la colocan gravemente en riesgo. Toda vez, que se tienen estudios sobre su impacto en la salud que los asocian con enfermedades tales como el cáncer, las malformaciones y otras patologías de severas consecuencias para la salud pública.
Es preciso observar que se encuentra enmarcada en los objetivos que se propone la República lograr, según lo previsto en el Plan de la Patria para los años 2013-2019. Por otra parte, Venezuela desarrolló su propio marco de bioseguridad, durante la celebración de los Talleres subregionales para América Latina sobre la elaboración de sistemas reglamentarios y administrativos en relación con el proyecto del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), sobre el Desarrollo de Marcos Nacionales de Bioseguridad (MNB). A groso modo, se evidencia la necesidad de: (a) Valorar las bondades que aporta la biotecnología moderna ante los efectos adversos para la subsistencia, utilización de la diversidad biológica y los riesgos a la salud, considerando que Venezuela es uno de los países con mayor diversidad biológica; (b) Realizar programas educativos y de información que fomenten y faciliten una conciencia ecológica y la participación ciudadana en todo lo relativo a la seguridad de la transferencia, manipulación y utilización de los OGMs y la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica, teniendo en cuenta los riesgos para la salud; (c) Alcanzar verdaderos elementos de coordinación institucional y de asociaciones estratégicas con los organismos y entes con inherencia en la materia; (d) Desarrollar un marco legal en la materia de OGMs y Transgénicos. (e) Realizar un sistema para la gestión de riesgo; (f) Establecer efectivos controles para evitar la importación ilegal de organismos genéticamente modificados; (g) Creación de Capacidades y fortalecimiento institucional; y (h) Desarrollar sistemas convenientes de información. (PNUMA/ FMAM, 2003)
Beneficios y perjuicios de los transgénicos en la producción agrícola de Venezuela en comparación con los países Latinoamericano y Caribeños.
Beneficios:
Para la agricultura: (a) Creación de cultivos con mayor rendimiento productivo; (b) Creación de plantas resistentes a plagas y productos químicos; (c) Creación de plantas resistentes a las variedades climáticas.
Para el medio ambiente: (a) Menos utilización de productos fitosanitarios.
Para la salud: (a) Creación de alimentos con propiedades terapéuticas; (b) Creación de alimentos con mayor valor nutritivo; (c) Creación de plantas con fines farmacológicos.
Para la alimentación: (a) Las plantas transgénicas pueden producir mayor cantidad de alimento por hectárea. (Monsanto Company, 2004)
Perjuicios:
Para la agricultura: (a) Aparición de resistencias:
Los organismos atacados por las toxinas de las plantas transgénicas se vuelven resistentes. Entonces esta toxina pierde su eficacia y ya no se puede utilizar como plaguicida en la agricultura. El gen de resistencia a un herbicida se transfiere a otras plantas; (b) Contaminación Genética acelerada; (c) Pérdida de semillas tradicionales; (d) Dependencia de los agricultores hacia pocas empresas que controlan el monopolio de los transgénicos. (Amigos de la Tierra, 2004).
Para el medio ambiente: (a) Incremento de la contaminación química para los suelos y la flora; (b) Contaminación genética; (c) Desaparición de biodiversidad. (UICN, ob. cit.).
Para la salud: (a) Incremento de la contaminación de los alimentos; (b) Aparición de nuevas toxinas de los alimentos; (c) Aparición de alergias producidas por nuevas toxinas; (d) Resistencia de las bacterias patógenas para el hombre a los antibióticos y reducción de la eficacia de estos medicamentos para combatir las enfermedades humanas. La transferencia genética de alimentos Genéticamente modificados a células del organismo o a bacterias del tracto gastrointestinal pudiera causar preocupación si el material genético transferido afectara en forma desfavorable a la salud humana. Esto sería particularmente relevante si fueran a transferirse genes de resistencia a antibióticos
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