La neuva Explicación de leyes ambientales Puerto Rico
César López Rivera Documentos de Investigación 16 de Enero de 2018
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- Ley Núm. 416 - Ley sobre Política Pública Ambiental de 2004
Esta ley tiene como propósitos el actualizar las disposiciones de la Ley Sobre Política Pública Ambiental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; promover una mayor y más eficaz protección del ambiente; crear un banco de datos ambientales y sistema de información digitalizada; asegurar la integración y consideración de los aspectos ambientales en los esfuerzos gubernamentales por atender las necesidades sociales y económicas de nuestra población, entre otras; promover la evaluación de otras políticas, programas y gestiones gubernamentales que puedan estar confligiendo o impidiendo el logro de los objetivos de esta Ley; crear la Comisión para la Planificación de Respuestas a Emergencias Ambientales adscrita a la Junta de Calidad Ambiental, la cual existe desde 1987 por disposición de Orden Ejecutiva para cumplir con requisitos federales y establecer sus deberes y responsabilidades.
Extraído el 29 de septiembre de 2016, de la fuente: http://www.lexjuris.com/lexambiente.htm
Opinión:
Esta ley es de gran importancia, ya que ayuda a una mejor manera de protección del ambiente. Es muy importante que cuidemos el ambiente porque en este es donde nos encontramos día tras día. La protección al ambiente debería ser una de las acciones que debería hacer todo humano diariamente, porque este necesita estar conservado. De él depende la vida de todos los animales y de nosotros mismos. Sin un ambiente limpio y conservado no podemos lograr obtener el alimento necesario, u otros factores y productos producidos por la naturaleza para cubrir o sufragar nuestras necesidades. Este necesita ser conservado, y esta ley lo protege, creando una consideración de los aspectos ambientales en nuestra vida diaria.
- Ley de Política Pública Ambiental (Ley 9, 1970) (Derogada)
El propósito de esta ley era establecer una política pública que estimulara una deseable y conveniente armonía entre el hombre y su medio ambiente; fomentar los esfuerzos que impedirían o eliminarían daños al ambiente y la biósfera y estimular la salud y el bienestar del hombre; enriquecer la comprensión de los sistemas ecológicos y fuentes naturales importantes para Puerto Rico, y establecer una Junta de Calidad Ambiental.
- Enmienda en la ley 316, 1998
Para enmendar el Artículo 4, inciso C (v) de la Ley Núm. 9 de 18 de junio de 1970, según enmendada, para que las Declaraciones de Impacto Ambiental sometidas a la Junta de Calidad Ambiental estén disponibles al público a través de la red Internet.
- Enmienda en la ley 324, 1999
Para añadir un nuevo tercer párrafo al inciso (c), del Artículo 4, de la Ley Núm. 9 de 18 de junio de 1970, según enmendada, a los fines de aclarar la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico respecto al impacto ambiental de proyectos que constituyan fases autosuficientes de un plan de infraestructura a largo plazo, y para enmendar el Artículo 19 de la Ley Número 9 de 18 de julio de 1970, según enmendada, a los fines de disponer que el recurso de Mandamus no procederá para cuestionar una decisión de la Junta de Calidad Ambiental al cuestionar el cumplimiento de los requisitos dispuestos en el Artículo 4 (c) de esta Ley al considerar un documento ambiental.
Extraído el 29 de septiembre de 2016, de la fuente: http://www.lexjuris.com/lexambiente.htm
Opinión:
Esta ley puede ser que tenga efectos positivos en la actualidad sino estuviera anulada. Podría ser de gran beneficio porque en la actualidad se está viendo de manera notable la contaminación en el planeta. La contaminación está provocando efectos negativos a nuestro ambiente y todo esto es causado por el hombre. Esta ley estimulaba al hombre a tener el cuidado y la atención necesaria hacia nuestra naturaleza y ambiente donde vivimos. Con esta ley se puede educar y adiestrar a las personas para que sientan la responsabilidad que deben sentir por cuidar nuestro ambiente, y así tener un mundo limpio de toda contaminación, en el cual puedan habitar especies por muchos años.
- Ley de Delitos Contra la Paz Pública, (Ley 71, 1940)
El objetivo de esta ley es el de prohibir los ruidos innecesarios de todas clases provenientes del claxon u ocasionados por falta de amortiguador de sonido en los vehículos de motor o por sistema de alarma en la zona urbana, radios, componentes y amplificadores o altoparlantes que circulen por las calles con fines comerciales, y cualesquiera otros también innecesarios que se produzcan por medio de cualquier otro aparato, utensilio o instrumento, no importa su nombre, naturaleza o denominación. Se entenderá como ruido innecesario todo sonido fuerte, perturbante, intenso y frecuente que, a la luz de la totalidad de las circunstancias, resulte intolerable, afectando la tranquilidad y el pacífico vivir.
Extraído el 29 de septiembre de 2016, de la fuente: http://www.lexjuris.com/lexambiente.htm
Opinión:
Los sonidos indeseados constituyen el estorbo público más generalizado en la sociedad actual. El ruido es un peligro real y efectivo para la salud del pueblo. Donde quiera que estemos, el ruido puede ocasionarnos serias tensiones físicas y emocionales. Por otro lado, este afecta también a los animales, los cuales pueden cambiar su patrón de alimentación y así poder surgir su extinción. También puede afectar el crecimiento y producción de alimentos en plantas y árboles. Por eso es importante tener esta ley vigente en nuestro país.
- Ley de agua (Ley 5, 1977)
El propósito de esta ley es el de proteger la pureza de las aguas potables de Puerto Rico. Ésta busca especificar los contaminantes que puedan tener un efecto nocivo en la salud de los humanos; el nivel máximo permitido, si a juicio del Secretario es factible determinar desde el punto de vista económico y tecnológico, el grado de contaminación del agua en los sistemas de agua potable; determinar el grado de contaminación y reducir sustancialmente el nivel del contaminante para satisfacer los requisitos de este Capítulo, y contenga los criterios y procedimientos que aseguren el suplir agua potable que satisfaga a cabalidad con el nivel máximo permitido, incluyendo control de calidad y procedimientos de prueba que aseguren el cumplimiento con dichos niveles, una operación y mantenimiento adecuado del sistema.
Extraído el 29 de septiembre de 2016, de la fuente: http://www.lexjuris.com/lexambiente.htm
Opinión:
Esta ley es de gran importancia para los seres vivos que habitan en nuestro país, ya que todos dependemos del consumo del agua. La mayoría del agua en la tierra es salada, pero ésta no es apta para el consumo, y solo un poco por ciento es dulce. Por eso es importante tratar mantener en condiciones el agua que tenemos, para librarla de contaminantes y así pueda satisfacer nuestras necesidades. El agua es indispensable para el desarrollo y la vida en países y pueblos.
- Ley de Recursos Naturales (Ley 23, 1972)
El propósito de esta ley es crear un Departamento de Recursos Naturales, establecer su organización, facultades y deberes, transferir funciones, disponer penalidades y asignar fondos para su operación y para disponer que el Secretario de Recursos Naturales sea miembro de la Junta de Calidad Ambiental. Con ella se pondrán en vigor programas para la utilización y conservación de los recursos naturales de Puerto Rico, siempre dentro de las normas que establezca la Junta de Calidad Ambiental.
Extraído el 29 de septiembre de 2016, de la fuente: http://www.lexjuris.com/lexambiente.htm
Opinión:
Esta ley es importante porque trata de crear organizaciones que se encarguen de la conservación de los recursos naturales, así como programas que alienten a las personas a cuidar lo que nos rodea para tener una vida saludable, con una buena calidad. Los recursos naturales son de gran importancia, porque ellos nos brindan muchos beneficios. Mediante lo que nos ofrece la naturaleza (minerales, rocas, suelos, biodiversidad, etc.) podemos obtener y crear objetos o utensilios que facilitan nuestra vida diaria, además se utilizan estos recursos en la medicina.
- Ley de Navegación y Seguridad Acuática (Ley 430, 2000)
El objetivo de esta ley es propiciar y garantizar la seguridad a la ciudadanía, en las prácticas recreativas marítimas y acuáticas y deportes relacionados y en el disfrute de las playas, lagos, lagunas y cuerpos de agua de Puerto Rico, así como el proteger la fauna, la flora y otros recursos naturales y ambientales que puedan afectarse por las actividades recreativas o de otra índole que se desarrollen allí. También busca propiciar el uso ordenado del recurso de forma que estimule su uso comercial y recreativo, facilitando el acceso y la navegabilidad de las aguas.
Extraído el 29 de septiembre de 2016, de la fuente: http://www.lexjuris.com/lexambiente.htm
Opinión:
Es necesario mantener una seguridad acuática para conservar y cuidar nuestros ecosistemas acuáticos. Últimamente a las personas les gusta llevar a cabo actividades recreativas en los cuerpos de agua de Puerto Rico, pero éstas solo se encargan de disfrutar de ellos y no mantenerlos limpios. Actualmente muchas de nuestras playas y ríos se encuentran contaminados por la mala actividad del ser humano. La vida marina se está viendo afectada también por las fábricas y embarcaciones que depositan los desperdicios en el mar. Todas estas acciones pueden causar la desaparición de la vida marina y destrucción de ecosistemas, generar enfermedades peligrosas para los humanos y la muerte de plantas. Es importante que tratemos de cumplir con esta ley, manteniendo y cuidando nuestros cuerpos de agua.
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