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Legal de la ciencia

carworkhchTutorial25 de Junio de 2015

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TEMA Nº 1

EL DERECHO

ETIMOLOGÍA.

DIRECTUS (latín) = directo. Derecho es seguir una línea recta sin inclinarse.

DIRIGERE (latín) = enderezar o alinear. Norma reparadora o sancionadora.

ACEPCIONES DE LA PALABRA DERECHO Acepción: «sentido en que se toma una palabra» Las acepciones de la palabra derecho son:

Derecho subjetivo

Derecho objetivo

Derecho ciencia

DERECHO SUBJETIVO

Facultad que tiene una persona de dar, hacer o no hacer algo

Potencia física o moral que hace a un ser capaz de obrar

Art. 115. I. Cód. Civil «La propiedad es un poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa, compatible con el interés colectivo y dentro de los límites y obligaciones del O. J.»

DERECHO OBJETIVO

Es el derecho norma o el conjunto de normas que regulan la conducta humana en base a la coercibilidad

Es el conjunto del ordenamiento jurídico del E a partir de la CPE, leyes, decretos, reglamentos y las normas de los P.I.O.C.

Pirámide normativa

DERECHO CIENCIA

Ciencia es un saber ordenado, metódico y sistemático de un conjunto determinado de fenómenos

DERECHO CIENCIA es un saber ordenado, metódico y sistemático del Derecho. O SEA ES EL ESTUDIO Y LA EXPLICACION CIENTIFICA DEL DERECHO. EN ESTA ACEPCIÓN SE USA LA PALABRA DERECHO CUANDO SE DICE FACULTAD DERECHO, QUIERE DECIR QUE, ES LA FACULTAD DONDE SE ENSEÑA Y APRENDA CIENTIFICAMENTE EL DERECHO.

Todas las ciencias están basadas en teorías, la ciencia del Derecho también

ESCUELAS JURÍDICAS.

EL DERECHO NATURAL

CONCEPTO: La escuela del Derecho Natural afirma que: «Existiría un Derecho anterior a toda ley positiva humana, que estaría fundado en la naturaleza misma del hombre y del mundo y proporcionaría un conjunto de reglas de comportamiento de pleno valor jurídico que todo ser humano podría conocer con su sola razón»

CLASES DE DERECHO NATURAL

IUSNATURALISMO O DERECHO NATURAL CRISTIANO

San Pablo. La ley natural es común a todos los hombres porque todos ellos son iguales

San Agustín. El DN es la «ley eterna», la razón misma de Dios como su voluntad que manda la conservación del orden por él creado y prohíbe que sea destruido

Santo Tomás de Aquino. La ln es el modo humano de realizar la ley eterna Derecho natural profano

Sócrates, Platón y Aristóteles distinguen entre la ley verdadera y justa, por un lado, y la ley positiva por otro

Lo mismo hacen los ESTOICOS que a su vez influirán en el jurista romano CICERÓN q aceptará una ley verdadera que es la recta razón conforme a la naturaleza, eterna e inmutable

Hugo Grocio. El DN es el dictado de la recta razón que indica un acto, según sea o no conforme a la naturaleza racional y social

IDEAS CENTRALES DEL IUSNATURALISMO

El Derecho es producto de la inspiración divina . Dios coloca en la mente de los hombres los principios y normas jurídicas.

El Derecho es producto de la naturaleza humana, esto quiere decir, es producto de la racionalidad humana. El ser humano como ser racional crea, enseña y aplica los principios y normas jurídicas que regulan su conducta en forma anterior a la ley positiva.

El Derecho es universal, es válido para todos los lugares y tiempos.

Es inmutable, no cambia con el tiempo ni con el lugar.

El Derecho natural, por la inspiración divina o la racionalidad humana, expresa los valores de justicia. El Derecho positivo humano es un medio para llegar y realizar dicha JUSTICIA.

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EL POSITIVISMO JURÍDICO

CONCEPTO. El Positivismo Jurídico es una teoría que explica el Derecho de la siguiente manera:

El Derecho es el Derecho positivo

El Derecho positivo es el Derecho aprobado por el Estado

El Derecho positivo es independiente de la religión, independiente de la moral e independiente de los valores.

CORRIENTES POSITIVISTAS DEL DERECHO

VOLUNTARISMO JURIDICO. «El Derecho es, ante todo, lo mandado por la autoridad. El acto de imperio por el cual la autoridad declara obligatoria una determinada conducta».

SOCIOLOGISMO JURIDICO. «El Derecho está constituido por realidades sociales. Tiene una visión empírica del Derecho».

EMPIRISMO JURÍDICO «El Derecho es algo externo, real, dado, objetivo: se conoce solo por la experiencia».

EL FORMALISMO JURIDICO-RACIONALISTA. Hans Kelsen (1881-1973). TEORIA PURA DEL DERECHO

LA TEORIA MARXISTA DEL DERECHO. Todos los sistemas jurídicos desde el inicio de la Historia hasta nuestros días han sido creados por la clase económica dominante.

LA CIENCIA JURIDICA VIVA. «El estudio de los fenómenos económicos, políticos, sociales, culturales y naturales que tienen expresión normativa».

DEFINICIÓN DE DERECHO

CONJUNTO DE NORMAS JURÍDICAS QUE REGULAN LA CONDUCTA HUMANA EN BASE AL PRINCIPIO DE COERCIBILIDAD

TEMA Nº 2

HISTORIA DEL DERECHO

CONCEPTO. La Historia del Derecho es el estudio ordenado, metódico y sistemático del Derecho del pasado.

CLASIFICACION.

 HISTORIA EXTERNA DEL DERECHO. Es el estudio en forma ordenada, metódica y sistemática, de las fuentes del Derecho. Esto quiere decir es el estudio de la ley, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina del pasado.

 HISTORIA INTERNA DEL DERECHO. Es el estudio, en la misma forma, de las instituciones jurídicas del pasado, como por ej. la familia, el matrimonio, la propiedad, desde el punto de vista jurídico.

CONCEPTOS DE SISTEMA JURÍDICO

SISTEMA JURÍDICO DESDE EL PUNTO DE VISTA JURÍDICO POSITIVISTA.

«El sistema jurídico u orden jurídico es el conjunto de normas jurídicas vinculadas lógicamente entre sí, de manera que se considera que las normas especiales deban pensarse como derivadas de normas generales»

CONCEPTO AMPLIO E INTEGRADO DE SISTEMA JURIDICO

«Es el conjunto de principios y normas jurídicas que se formulan y se aplican en una o varias regiones geográficas, que tienen una determinada concepción del mundo y una manera de vivir y hacer su vida. En otros términos es el conjunto de la visión del mundo que tiene un pueblo o varios pueblos de la humanidad, su manera de vivir y hacer su vida y su forma y manera de regular normativamente su v existencia” (Raúl Aráoz Velasco)

LOS GRANDES SISTEMAS JURÍDICOS

Los grandes sistemas jurídicos son:

 EL SISTEMA JURIDICO ROMANO-GERMANICO

 EL SISTEMA JURIDICO DEL COMMON LAW

 EL SISTEMA JURIDICO SOCIALISTA

 LOS SISTEMAS FILOSOFICOS-RELIGIOSOS

 LOS SISTEMAS JURIDICOS DE LOS PUEBLOS Y NACIONES INDIGENA ORIGINARIOS CAMPESINOS

EL SISTEMA ROMANO-GERMANICO

CONTEXTO. Roma tuvo la capacidad de crear un derecho que llegó a una gran parte de la humanidad.

La máxima expresión del Derecho Romano es obra del Emperador Justiniano que logró construir con sus jurisconsultos los siguientes textos: EL DIGESTO, EL CODIGO, LAS NOVELAS Y LAS INSTITUTAS.

Roma fue invadida por los bárbaros que hicieron desaparecer el imperio romano del occidente, sólo quedó una parte el imperio romano del oriente

Con la caída del imperio romano los pueblos siguen viviendo con sus propias leyes. En el oriente la obra de Justiniano fue sustituida por textos más sencillos y accesibles.

El Derecho de los bárbaros se basó en sus costumbres diferentes de acuerdo a las tribus (poco estables), no regulaban la totalidad de las relaciones sociales.

Es la época de la Edad Media (oscurantismo), en que no existe la libertad de pensamiento ni expresión. El dominio dogmático de la iglesia católica castiga en la hoguera todo nuevo pensamiento mediante el tribunal de la Inquisición.

En la Edad Media “el reinado del Derecho cesó de existir, tanto entre particulares como entre grupos sociales, los litigios se resuelven de acuerdo con la ley del mas fuerte”

El cristianismo propone construir una sociedad basada en la solidaridad y la caridad, mediante el arbitraje antes de llegar a los tribunales…el propio Derecho es considerado un mal

Aparece el Renacimiento en los siglos XII y XIII, empieza a resurgir la libertad de pensamiento , la libertad de expresión, esta libertad busca recuperar el pensamiento clásico de los griegos y los romanos y sobre esa base construir nuevas ideas y nuevos pensamientos que significan el avance de la humanidad.

«La nueva sociedad, la sociedad del Renacimiento, «toma otra vez conciencia de la necesidad del Derecho, piensa que únicamente el Derecho puede garantizar el orden y la seguridad que exige el plan Divino y que hace posible el progreso»

 El sistema jurídico romano germánico (SJR-G) aparece en el siglo XIII cuando un monje de la Universidad de Bolonia-Italia, un filólogo llamado IRNERIO, al buscar papeles antiguos encontró un ejemplar de Digesto en tres volúmenes llamando la atención de los juristas, se puso a estudiar el Digesto y consiguientemente el Derecho Romano

Las universidades principalmente italianas y germanas consideran que, el Derecho Romano es digno de ser estudiado, construido y enseñado

LA ESCUELA DE LOS GLOSADORES. Con Irnerio a la cabeza se ocupa de estudiar e interpretar el Derecho Romano, como resultado de tal estudio e interpretación escribían

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