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Ley D Universidades


Enviado por   •  14 de Enero de 2015  •  12.098 Palabras (49 Páginas)  •  187 Visitas

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PROYECTO DE LEY DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

Capítulo I

Disposiciones Generales

Objeto

Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto desarrollar los principios, valores, fines y los procesos fundamentales de la educación universitaria y regular la organización, estructura , gestión y funcionamiento del Subsistema de Educación Universitaria, como parte integrante del Sistema Educativo de la República Bolivariana de Venezuela cuya rectoría ejerce el Estado Docente, para garantizar los fines de la educación universitaria.

Ámbito de aplicación

Artículo 2. Esta Ley se aplica a la sociedad y en particular a las personas naturales y jurídicas, instituciones universitarias de carácter oficial, las de gestión popular, las de gestión privada y demás organizaciones que componen el Subsistema de Educación Universitaria.

Definición de la educación universitaria

Artículo 3. La educación universitaria se define como:

1. Un derecho humano universal y un deber social fundamental, que debe estar orientada al desarrollo del potencial creativo, y liberador del ser humano y de la sociedad.

2. Un bien irrevocablemente público, al servicio de la transformación de la sociedad, en función de la consolidación de la soberanía, defensa integral e independencia nacional, el fortalecimiento del Poder Popular y del diálogo de saberes, el desarrollo territorial integral, el modelo productivo endógeno y sustentable, la unión e integración de los pueblos de América Latina y El Caribe de Nuestra América, la solidaridad y la cooperación con los pueblos del Sur y del mundo, la preservación de los equilibrios ecológicos y de todas las formas de vida en el planeta, en el marco de la construcción de una sociedad socialista.

3. Un proceso de formación integral e integrada para la creación intelectual y la interacción con las comunidades, en tanta totalidad que permite la producción, distribución, circulación y apropiación de conocimientos, saberes, valores y prácticas, expresados en el compromiso social, ético y político de las instituciones de educación

Universitaria con la consolidación de una sociedad radicalmente democrática y socialmente justa e igualitaria 4. Una estrategia organizada para explorar, estimular y desarrollar el pensamiento

Transformador, mediante la aplicación de diversas formas de creación, recreación y Transferencia de conocimientos en el marco del diálogo de saberes, valores, actitudes, habilidades, destrezas, normas, reglas, hábitos, creencias, prácticas morales formas de conducta, de interpretar, investigar, ver y actuar; orientado hacia la construcción del bien colectivo.

5. Conjunto de procesos, estructuras, programas y ambientes de formación flexibles y en permanente recreación, especialmente concebidos para la continuación y profundización de estudios posteriores al nivel de educación media, en la concepción de la educación permanente a lo largo de toda la vida.

6. Un proceso de construcción de hegemonía cultural para la superación de la sociedad capitalista.

Principios y Valores

Artículo 4. La educación universitaria se rige por los principios de autonomía, carácter público, gratuidad, democracia participativa y protagónica, calidad, pertinencia,innovación, interculturalidad, universalidad, territorialidad y propugna la conducta ética como sentido del bien común, eje vertebrador de los procesos fundamentales de la educación universitaria; así como por los otros principios y valores establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la Ley Orgánica de Educación. La universidad desarrolla los principios y valores en la educación, la cultura y el trabajo en un ambiente de justicia, por su ineludible compromiso y aporte en la consecución de los fines esenciales del Estado.

1. Autonomía: como principio y jerarquía que otorga a la universidad la competencia para dirigir la acción del gobierno universitario, en los términos establecidos en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en la Ley Orgánica de Educación, en la presente ley y demás leyes de la Republica y ajustada al Estado Democrático Social de Derecho y de Justicia; le demanda a la universidad el ejercicio ético de su competencia, regido por los principios de cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad en el cumplimiento de su elevada

Misión, para el resguardo de la identidad, la integridad territorial y la soberanía de la Nación.

2. Carácter público: la educación universitaria tiene carácter público, en todos sus niveles y modalidades, independientemente de las formas de gestión de sus instituciones; el conocimiento que crea, comunica, transforma y acciona, constituye un bien social común.

3. Gratuidad: la educación universitaria será gratuita en las instituciones de carácter oficial hasta el nivel de pregrado. 4. Democracia participativa y protagónica: la práctica de la democracia participativa y protagónica en la educación universitaria, constituye un principio orientador y organizador para la consecución de sus fines, funciones y procesos, desde el ejercicio protagónico de la participación de toda la comunidad universitaria, creando nuevas relaciones sociales democráticas y de cooperación.

5. Democratización del ingreso a las instituciones de educación universitaria: todo egresado y egresada del nivel de educación media tiene derecho a ingresar a cualquier institución de educación universitaria, de acuerdo a lo establecido por el Estado Docente. En consecuencia, ninguna institución universitaria podrá imponer otros requisitos o mecanismos que violen este principio.

6. Calidad: La educación universitaria es de calidad, en tanto logra sus fines y desarrolla procesos pedagógicos liberadores, mediante los cuales el pueblo alcanza mayores niveles de conciencia y de cultura, se apropia de saberes acerca de la realidad sociocultural que configura su vida y asume el compromiso de transformarla. La educación universitaria es de calidad cuando sus principios y valores son asumidos por la sociedad con el consentimiento de todos y todas.

7. Pertinencia: La educación universitaria es pertinente por su compromiso coresponsable con el desarrollo económico, social, político y cultural del país, así como en la seguridad y defensa integral de la soberanía.

8. Innovación: comprende la creación y re-creación permanente de saberes,

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