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Ley del Aborto en la Ciudad de México

kar1986Documentos de Investigación22 de Julio de 2013

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Ley de la despenalización del Aborto hasta las 12 primeras semanas

Ley del Aborto en la Ciudad de México

EL ABORTO ES LEGAL HASTA LAS 12 SEMANAS DE EMBARAZO por decisión voluntaria de las mujeres. Existen otras causales que lo permiten hasta la semana 20.

El pasado 24 de abril la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó con 46 votos a favor (PRD, Panal, PRI y Coalición Socialdemócrata), 19 en contra (PAN, PVEM) y una abstención (del prísta Martín Olavarrieta) la reforma de ley que despenaliza el aborto hasta la semana doce de gestación.

LA NUEVA REFORMA EN MATERIA DE ABORTO ESTABLECIÓ:

• La despenalización del aborto mediante una reformulación de la definición jurídica del mismo, ahora sólo se castiga si se realiza después de la semana doce de gestación.

• Que el embarazo es la parte del proceso de la reproducción humana que comienza con la implantación del embrión en el endometrio.

• La disminución de la pena para las mujeres que se practiquen voluntariamente un aborto después de la semana doce, ahora será de tres a seis meses de prisión o cien a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad.

• Se estableció el tipo penal del aborto forzado como la interrupción del embarazo (en cualquier etapa) sin consentimiento de la mujer embarazada, haciendo énfasis en que esta figura delictiva no sólo protege la vida en gestación, sino que atiende al artículo 4° de la Constitución para garantizar la integridad física, la autonomía personal, la libertad reproductiva y el derecho a la maternidad libre y consciente de las mujeres.

• Se modificó la ley de Salud para establecer que las instituciones públicas de salud del gobierno del Distrito Federal atenderán las solicitudes de aborto aún cuando la mujer que lo solicite cuente con algún otro servicio de salud público o privado, y que la atención a la salud sexual y reproductiva tiene un carácter prioritario.

• Además se estableció que el gobierno del DF promoverá permanentemente y de manera intensiva, políticas integrales tendientes a promover la salud sexual, los derechos reproductivos, así como la maternidad y la paternidad responsables y coadyuvar al pleno ejercicio de los derechos reproductivos de las personas con una visión de género, de respeto a la diversidad sexual y de conformidad a las características particulares de los diversos grupos poblacionales, especialmente para las niñas y niños, adolescentes y jóvenes.

Capítulo I. Antecedentes históricos de la despenalización del aborto en México.

2009

26 de febrero: La Suprema Corte de Justicia de la Nación publica en su micrositio de internet sobre la despenalización del aborto en el Distrito Federal, la "Sentencia definitiva acerca de la Acción de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007" cuyo engrose fue elaborado por el Ministro José Ramón Cossío.

2008

31 de marzo: El presidente Ministro de la Suprema Corte de Justicia anuncia la celebración de seis audiencias públicas para escuchar opiniones en torno a las Acciones de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007 contra las reformas en el DF que despenalizaron el aborto en las primeras 12 semanas de gestación por parte de los promoventes, demandados, organizaciones y particulares. Las audiencias se establecen por considerarlas de interés jurídico y relevantes a nivel nacional.

11 de abril-27 de junio: Se llevan a cabo las seis audiencias públicas (tres a favor de las reformas y tres en contra). Por ser de gran interés, las audiencias públicas se transmiten en vivo por canales de televisión de paga, y por medio de internet en el sitio web de la Suprema Corte.

21 de abril: Se publican modificaciones al Código Penal para el Estado de Hidalgo donde se incluye una nueva excluyente de responsabilidad penal para el aborto: Por malformaciones genéticas o congénitas graves del producto e igualmente amplía de 75 a 90 días el plazo permitido para efectuar el aborto por motivos de violación o inseminación artificial no consentida.

25-27 de agosto: El pleno de la Suprema Corte de Justicia analiza las Acciones de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007.

28 de agosto: El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó, mediante una votación de 8 votos a favor, declarar la constitucionalidad de la despenalización del aborto en el DF antes de las 12 semanas de gestación. Esta decisión histórica constituye la sentencia más importante en el reconocimiento al derecho de las mujeres en México.

2007

Marzo: En el Distrito Federal se discute ampliamente, en la sociedad y en los medios de comunicación, una iniciativa para la despenalización del aborto, sin restricción alguna, en las primeras doce semanas de gestación.

El PRD presenta sendas iniciativas en la Cámara de Diputados y en la Cámara de Senadores con la finalidad de despenalizar el aborto voluntario en las primeras semanas de gestación. Ambas propuestas buscan la modificación del Código Penal Federal.

24 de abril: En un hecho histórico, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprueba la ley que despenaliza el aborto hasta la semana 12 de gestación. Esta ley incluye mecanismos para la impartición de servicios de salud adecuados y mejora los mecanismos para la protección a una maternidad libre, informada y responsable.

26 de abril: A dos días de la aprobación de la despenalización del aborto en la ALDF, se publica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el "Decreto por el que se reforma el Código Penal para el Distrito Federal y se adiciona la Ley de Salud para el Distrito Federal" con las modificaciones relacionadas al aborto y servicios de salud.

4 de mayo: La Secretaría de Salud del DF publica, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los nuevos Lineamientos Generales de Organización de los Servicios de Salud relacionados con la Interrupción del Embarazo en el Distrito Federal, reformando, adicionando y derogando diversos puntos de la Circular GDF/SSDF/01/06 publicada el 15 de noviembre de 2006. Estos Lineamientos reglamentan la prestación de servicios para la interrupción del embarazo hasta la 12a semana de acuerdo con lo publicado el 26 de abril en la Gaceta Oficial del DF.

24-29 de mayo: El día 24 de mayo, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el día 25, el titular de la Procuraduría General de la República (PGR) interpusieron sendas demandas de inconstitucionalidad en contra de las reformas que despenalizaron la interrupción legal del embarazo en la Ciudad de México. El día 29, el ministro de la Suprema Corte de Justicia, Sergio Salvador Aguirre Anguiano, admitió dichas demandas. Se les denominaron Acciones de Inconstitucionalidad 146/2007 y su acumulada 147/2007.

2006

15 de noviembre: La Secretaría de Salud del DF publica, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, los nuevos Lineamientos Generales de Organización de los Servicios de Salud relacionados con la Interrupción del Embarazo en el Distrito Federal, sustituyendo a los Lineamientos publicados el 23 de abril de 2002.

29 de diciembre: Se publica el nuevo Código Penal para el Estado de Chihuahua donde se incluye una nueva excluyente de responsabilidad penal para el aborto: en casos de inseminación artificial no consentida y se suprime el castigo por aborto imprudencial o culposo.

2005

1 de marzo: El Congreso Estatal de Baja California Sur aprueba nuevos códigos: Penal y de Procedimientos Penales. El nuevo Código Penal de Baja California Sur establece una de las penas más bajas en la práctica de un aborto para la República Mexicana: de dos meses a dos años. Asimismo, se agrega una nueva causal de no punibilidad: cuando la salud de la mujer sufra grave afectación si no es practicado el aborto.También se reglamentó el aborto legal por violación o inseminación artificial en el Código de Procedimientos Penales. En éste, se señala la facultad del Ministerio Público de autorizar en un término de 24 horas el aborto cuando se cumplen cinco requisitos.

20 de marzo: Se publica en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Código Penal y de Procedimientos Penales para el estado de Baja California Sur.

20 de septiembre: Entran en vigencia el nuevo Código Penal y de Procedimientos Penales para el estado de Baja California Sur.

2004

27 de enero: Las reformas del 2003 se publican en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y entran en vigor al día siguiente.

2 de diciembre: Se aprueba una nueva Ley de Salud para el Estado de Baja California Sur, la cual establece un plazo para proceder a la interrupción del embarazo cuando haya sido autorizado por el Ministerio Público bajo condiciones de gratuidad y calidad. Obliga, de igual manera, a los servicios de salud del estado a suministrar anticoncepción de emergencia, en las siguientes 72 horas de sucedida una relación sexual no protegida, efectuada o no mediante violencia.

31 de diciembre: Se publica en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de Salud para el estado de Baja California Sur.

2003

13 de octubre: Se aprueba una reforma al Código Penal de Veracruz en donde se disminuye la sanción al delito de aborto cuando hay consentimiento de la mujer. Las penas aumentan cuando falta el consentimiento de la mujer y cuando hay violencia física o moral. La reforma añade además la inseminación artificial no consentida y la

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